Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Rosado Aguilera, promovido por la Real Hermandad de Jesús Atado a La Columna y de Nuestra Señora de la Esperanza de Teruel, condenado por la Audiencia Provincial de Teruel, sección primera, en sentencia de 27 de enero de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, multa de 1.762 euros, y suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, así como los muy favorables emitidos por el Centro Penitenciario, estimando que, atendiendo además a la antigüedad de los hechos, al avanzado cumplimiento de la condena y a las circunstancias personales del condenado, y de acuerdo con el resto de informaciones que obran en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2016,
Vengo en indultar a don Francisco Javier Rosado Aguilera la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2016.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
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