Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-2848

Orden HAP/370/2016, de 11 de marzo, por la que se autoriza la ampliación del ámbito territorial de la Zona Franca de Cádiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2016, páginas 21267 a 21268 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2016-2848
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2016/03/11/hap370

TEXTO ORIGINAL

El Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, titular de la Zona Franca de Cádiz, cuya constitución fue autorizada por el Real Decreto-Ley de 11 de junio de 1929, de bases reguladoras de los Puertos, Zonas y Depósitos francos, solicita su ampliación con la incorporación de unos terrenos anexos a la misma, cuya titularidad corresponde al Consorcio en propiedad, salvo una superficie de 11.819,45 metros cuadrados que son de dominio público portuario y sobre los que tiene una concesión para el uso de su superficie.

El terreno de propiedad del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz para el que se solicita su inclusión en la Zona Franca de Cádiz se corresponde con el que figura en la escritura pública de 8 de junio de 2015, otorgada por el notario José Ramón Castro Reina y con número de protocolo 1028.

La disponibilidad de los terrenos de dominio público por concesión en favor del Consorcio de un derecho de superficie se corresponden con los que figuran en el Convenio entre el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz y la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz para la utilización de una superficie de 11.819,45 metros cuadrados situada en el puerto de la Zona Franca de Cádiz, de fecha 25 de agosto de 2015.

Al respecto, existen informes favorables de los órganos competentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en relación con el control aduanero de las instalaciones correspondientes al ámbito territorial de la Zona Franca cuya ampliación se solicita y sobre su cerramiento.

Por todo lo anterior, se considera que se cumplen las condiciones exigidas por el Reglamento (CEE) n.º 2913/1992, del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario y en el Reglamento (CEE) n.º 2454/1993, de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Código Aduanero Comunitario, así como en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 2 de diciembre de 1992, por la que se establecen normas sobre zonas y depósitos francos.

Al ser la delimitación territorial de una zona franca el elemento sustancial de la autorización de la misma, su modificación debe seguir la regulación establecida para su autorización. De acuerdo con el artículo 80.3 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española, la autorización para la constitución de una zona franca corresponde al Ministro Hacienda y Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta motivada del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dispongo:

Primero. Ampliación de la Zona Franca de Cádiz.

1. Se autoriza la ampliación del ámbito territorial de la Zona Franca de Cádiz con la incorporación de los terrenos que figuran en la escritura pública de 8 de junio de 2015, otorgada por el notario José Ramón Castro Reina y con número de protocolo 1028, y en el Convenio entre el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz y la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz para la utilización de una superficie de 11.819,45 metros cuadrados situada en el puerto de la Zona Franca de Cádiz, de fecha 25 de agosto de 2015.

2. La Zona Franca de Cádiz queda delimitada según las coordenadas UTM que figuran en el anexo.

3. La autorización de la ampliación del ámbito territorial de la Zona Franca de Cádiz no podrá generar incremento ni de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal al servicio del sector público.

Segundo. Efectos.

Esta autorización surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de marzo de 2016.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.

ANEXO
Coordenadas UTM que delimitan la Zona Franca de Cádiz

X= 745113.7061

Y= 4043363.6536

X= 745126.2784

Y= 4043350.4418

X= 745136.0758

Y= 4043353.8326

X= 745148.4740

Y= 4043351.0300

X= 745269.5267

Y= 4043224.6112

X= 745417.9900

Y= 4043079.7100

X= 745566.7348

Y= 4042924.4134

X= 745531.6320

Y= 4042897.7770

X= 745522.6480

Y= 4042898.5825

X= 745508.0310

Y= 4042883.4879

X= 745507.0570

Y= 4042879.3510

X= 745346.2310

Y= 4042758.5790

X= 745332.9330

Y= 4042759.6540

X= 745307.7510

Y= 4042735.9200

X= 745297.4826

Y= 4042749.6300

X= 745286.7503

Y= 4042751.3426

X= 745186.9110

Y= 4042678.6070

X= 745179.9660

Y= 4042675.1010

X= 745040.5400

Y= 4043020.8890

X= 744979.8849

Y= 4043169.8033

X= 744973.0449

Y= 4043172.6533

X= 744806.4749

Y= 4043104.9333

X= 744801.3849

Y= 4043108.9033

X= 744771.0349

Y= 4043183.3733

X= 744774.4349

Y= 4043190.3833

X= 744756.5649

Y= 4043234.7333

X= 744752.4759

Y= 4043236.7763

X= 744684.3749

Y= 4043403.5733

X= 744818.2549

Y= 4043530.4133

X= 744789.6100

Y= 4043560.5800

X= 744871.5349

Y= 4043638.2333

X= 744808.0128

Y= 4043705.2905

X= 744908.5079

Y= 4043702.3033

X= 745101.3130

Y= 4043786.9700

X= 745228.9130

Y= 4043871.4900

X= 745240.1330

Y= 4043867.7300

X= 745248.7192

Y= 4043870.6764

X= 745292.2979

Y= 4043760.9233

X= 745321.8630

Y= 4043744.3200

X= 745305.9573

Y= 4043715.2825

X= 745304.4730

Y= 4043715.0900

X= 745177.0100

Y= 4043482.9800

X= 745176.1920

Y= 4043483.4242

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/03/2016
  • Fecha de publicación: 22/03/2016
  • Efectos desde el 23 de marzo de 2016.
Referencias anteriores
Materias
  • Cádiz
  • Ordenación del territorio
  • Zonas francas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid