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Documento BOE-A-2016-2859

Resolución de 10 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de cuatro captadores solares, modelos Termicol T 8 S, Termicol T 8 SH, Termicol T 10 SH y Termicol 10 S, fabricados por Termicol Energía Solar SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2016, páginas 21396 a 21399 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-2859

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de renovación de certificación de los captadores solares térmicos presentada por:

Titular: Termicol Energía Solar, SL.

Domicilio Social: Calle Río viejo 39, 41730 Dos Hermanas, Sevilla.

Fabricante: Termicol Energía Solar, SL.

Lugar de fabricación: Dos Hermanas.

De los captadores solares que fue certificados con la contraseña y la fecha de resolución que se relaciona a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha de resolución

Termicol T 8 S

NPS-48113

30/11/2013

Termicol T 8 SH

NPS-48213

30/11/2013

Termicol T 10 SH

NPS-48313

30/11/2013

Termicol 10 S

NPS-48413

30/11/2013

Conforme a los ensayos emitidos por:

Laboratorio emisor

Clave

Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial

CA/RPT/4451/009/INTA/11

Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

Termicol T 8 S

NPS-30715

Termicol T 8 SH

NPS-30815

Termicol T 10 SH

NPS-30915

Termicol 10 S

NPS-31015

y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución, definiendo como características del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El titular de esta resolución presentará dentro del período fijado para someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta resolución conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, conforme la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

1. Modelo con contraseña NPS-30715

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: Termicol T 8 S.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 2.130 mm.

Ancho: 970 mm.

Altura: 100 mm.

Área de apertura: 1,9 m2.

Área de absorbedor: 1,9 m2.

Área total: 2 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 30 kg.

Presión de funcionamiento máximo: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

2. Modelo con contraseña NPS-30815

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: Termicol T 8 SH.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 970 mm.

Ancho: 2.129 mm.

Altura: 100 mm.

Área de apertura: 1,9 m2.

Área de absorbedor: 1,9 m2.

Área total: 2 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 30 kg.

Presión de funcionamiento máximo: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

3. Modelo con contraseña NPS-30915

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: Termicol T 10 SH.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 1.200 mm.

Ancho: 2.120 mm.

Altura: 100 mm.

Área de apertura: 2,4 m2.

Área de absorbedor: 2,4 m2.

Área total: 2,5 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 37 kg.

Presión de funcionamiento máximo: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

4. Modelo con contraseña NPS-31015

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: Termicol 10 S.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 2.130 mm.

Ancho: 1.200 mm.

Altura: 100 mm.

Área de apertura: 2,4 m2.

Área de absorbedor: 2,4 m2.

Área total: 2,5 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 37 kg.

Presión de funcionamiento máximo: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: agua.

Resultados de ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia.

Rendimiento térmico:

η0

0,803

 

a1

3,66

W/m2K

a2

0,015

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

535,3

990,77

1.446,23

30

374,74

830,2

1.285,67

50

192,05

647,51

1.102,98

Rendimiento térmico:

η0

0,818

 

a1

4,1

W/m2K

a2

0,001

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

627,7

1.249,55

1.826,39

30

478,9

1.055,75

1.632,6

50

283,87

860,72

1.437,57

Madrid, 10 de noviembre de 2015.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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