Según lo previsto en el apartado 5 del artículo 13 de la Resolución de 15 de julio de 2015 de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones que se financiarán con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, se dictó la Resolución de 28 de diciembre de 2015 («BOE» de 5 de enero de 2016), por la que se publicaba la relación definitiva de los proyectos aprobados. Declarada nula dicha disposición por la Resolución de 25 de febrero de 2016 del Secretario de Estado de Empleo como consecuencia de la estimación de un recurso de alzada, una vez subsanado el vicio procedimental preexistente, procede publicar la nueva relación de proyectos aprobados:
N.º Proyecto |
Entidad solicitante |
Nombre del proyecto |
Presupuesto de Ayuda FSE Asignado – Euros |
---|---|---|---|
39509 |
YMCA |
Itinerarios de orientación |
5.000.728,00 |
39511 |
Cruz Roja Española |
Pulsa empleo |
6.630.691,00 |
39513 |
Cruz Roja Española |
Segundas oportunidades |
13.374.886,00 |
39575 |
Fundación Secretariado Gitano |
Itinerarios acceder |
7.319.039,00 |
39576 |
Fundación Secretariado Gitano |
Aprender trabajando |
5.001.831,00 |
39587 |
Fundación ONCE |
Activa tu talento |
7.230.059,00 |
39588 |
Fundación ONCE |
Entrena tu talento |
5.441.940,00 |
La asignación de ayuda Fondo Social Europeo recogida en el cuadro precedente no genera derecho al cobro del presupuesto señalado, el cual queda sujeto, en última instancia, al reembolso efectivo de los gastos por parte de la Comisión Europea, siempre que se cumplan las normas de elegibilidad, justificación y reembolso de gastos, establecidas a tal efecto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y en el Reglamento (UE) 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al Fondo Social Europeo.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Empleo, en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente a la recepción de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 11 de marzo de 2016.–La Directora General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de la Empresas, Carmen Casero González.
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