Edukia ez dago euskaraz
El Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla en su artículo 13 el procedimiento de homologación de los planes de estudios del título de Máster de las enseñanzas artísticas superiores, modificado en sus apartados 3, 5, 7 y 8 conforme el Real Decreto 21/2015, de 23 de enero.
De acuerdo con la mencionada disposición, la Generalitat de Catalunya ha presentado la propuesta de plan de estudios del título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Creación y Desarrollo de Proyectos Digitales del Centro Autorizado de Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño Felicidad Duce-LCI de Barcelona para su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 del citado Real Decreto, el plan de estudios del citado Máster ha sido enviado para su evaluación a la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU), que ha remitido informe favorable al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
De conformidad con lo establecido en el citado procedimiento, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha enviado dicho plan de estudios al Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, que ha emitido informe favorable en su reunión del 6 de abril de 2016.
En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 13.5 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, y vistos los informes del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña, resuelvo:
Homologar el plan de estudios del título de Máster en Enseñanzas Artísticas en Creación y Desarrollo de Proyectos Digitales del Centro Autorizado de Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño Felicidad Duce-LCI de Barcelona, inscrito en el Registro de Centros docentes no universitarios con el código 08058398, a propuesta de la Generalitat de Catalunya. La inscripción en el Registro Central de Títulos tendrá como efecto la consideración inicial de título acreditado.
Madrid, 7 de abril de 2016.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, José Luis Blanco López.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril