Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-5575

Resolución de 22 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se designan las autoridades de gestión y de certificación del programa operativo Iniciativa PYME 2014-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2016, páginas 38165 a 38166 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2016-5575

TEXTO ORIGINAL

El artículo 39 Reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) número 1083/2006 del Consejo, establece la posibilidad de utilizar el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para constituir instrumentos financieros con tareas de ejecución confiadas al Banco Europeo de Inversiones (BEI).

Los instrumentos para poner en marcha esta iniciativa son el Programa Operativo y la firma de un Acuerdo de Financiación entre el Estado y el grupo BEI. Asimismo, estaba prevista la firma de un «Intercreditor Agreement» entre la Unión Europea, el grupo BEI y el Estado. El Programa Operativo Iniciativa PYME 2014-2020 fue aprobado por la Comisión el 12 de diciembre de 2014 y el 26 de enero de 2015 se firmaron con el grupo BEI el Acuerdo de Financiación y el «Intercreditor Agreement».

El Reglamento (UE, EURATOM) número 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) número 1605/2002 del Consejo, en el caso de ejecución del presupuesto en régimen de gestión compartida, establece en su artículo 59 que los Estados miembros designarán, al nivel adecuado, a los organismos responsables de la gestión y del control de los fondos de la Unión.

El Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su artículo 123, establece la obligación de designar como autoridad de gestión, para cada Programa Operativo del FEDER, a una autoridad u organismo público o un organismo privado nacional, regional o local. Igualmente, también para cada programa operativo, se prevé la designación como autoridad de certificación de una autoridad u organismo público nacional, regional o local.

El artículo 124 del mencionado Reglamento contempla el procedimiento para la designación de las autoridades de gestión y de certificación, que se basará en un informe y un dictamen de un organismo de auditoría independiente que evalúe el cumplimiento por las autoridades de los criterios establecidos su anexo XIII. La designación ha de ser notificada a la Comisión antes de presentarle la primera solicitud de pago intermedio de cada Programa Operativo.

La disposición adicional quinta del Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, dispone que corresponde a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos la designación de las autoridades de gestión y de certificación de los Programas Operativos financiados por el FEDER.

El Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, modificado por el Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, atribuye a la Dirección General de Fondos Comunitarios, a través de la Subdirección General de Gestión del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, las funciones que, según los distintos Reglamentos Comunitarios, corresponden a la Autoridad de Gestión de los Programas Operativos financiados por el FEDER, salvo el objetivo de Cooperación Territorial Europea. También le atribuye, a través de la Subdirección General de Certificación y Pagos, las funciones relacionadas con la certificación y los pagos que según los distintos Reglamentos Comunitarios y para los distintos periodos de Programación correspondan a la Autoridad de Certificación de los Programas Operativos cofinanciados por el FEDER.

Se ha realizado, por parte de la Intervención General de la Administración del Estado en su condición de organismo de auditoría independiente, un estudio con arreglo a lo dispuesto en el artículo 124, apartado 2, del Reglamento (UE) número 1303/2013, que abarcó a las autoridades de gestión y de certificación propuestas para su designación al objeto de verificar que cumplen los criterios de designación relacionados con el entorno de control interno, la gestión de riesgos, las actividades de gestión y control y la supervisión establecidos en el anexo XIII del citado Reglamento.

En su virtud, y de conformidad con la disposición adicional quinta del Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, resuelvo:

1. Designar a la Subdirección General de Gestión del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Dirección General de Fondos Comunitarios como autoridad de gestión del Programa Operativo Iniciativa PYME 2014-2020 a efectos del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

2. Designar a la Subdirección General de Certificación y Pagos como autoridad de certificación del Programa Operativo Iniciativa PYME 2014-2020 a efectos del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Las designaciones otorgadas surtirán efectos desde el día 22 de julio de 2015.

Madrid, 22 de julio de 2015.–La Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, Marta Fernández Currás.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid