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Documento BOE-A-2016-5802

Acuerdo de 9 de junio de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Juezas sustitutas para el año judicial 2015/2016, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 15 de junio de 2016, páginas 39694 a 39694 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2016-5802

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado nombrar para el año judicial 2015/2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 en relación con el 105.3 y 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a las Juezas sustitutas que a continuación se relacionan, en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid:

Doña Isabel Sánchez Peña, Jueza sustituta de los Juzgados de Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Aranjuez, Arganda del Rey, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Majadahonda, Móstoles, Navalcarnero, Parla, Pozuelo de Alarcón, San Lorenzo de El Escorial, Torrejón de Ardoz, Torrelaguna y Valdemoro (orden jurisdiccional social).

Doña María de las Maravillas Carreras Rodríguez, Jueza sustituta de los Juzgados de Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Aranjuez, Arganda del Rey, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Majadahonda, Móstoles, Navalcarnero, Parla, Pozuelo de Alarcón, San Lorenzo de El Escorial, Torrejón de Ardoz, Torrelaguna y Valdemoro (órdenes jurisdiccionales civil y penal: Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, Juzgados de Menores y Juzgados de Violencia sobre la Mujer).

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 9 de junio de 2016.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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