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Documento BOE-A-2016-5828

Orden ECC/946/2016, de 6 de junio, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación, en el Instituto de Salud Carlos III.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 15 de junio de 2016, páginas 39749 a 39751 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-5828

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 3), modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29); en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 52 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios públicos que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.

Segunda.

Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que figura como Anexo II de la presente Orden y se dirigirán a la Dirección General del Instituto de Salud Carlos III (Registro General), calle Monforte de Lemos, n.º 5, Pabellón 4, 28029 Madrid, o en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta.

Los aspirantes acompañarán a la solicitud:

a) el currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados tanto en la Administración Pública, como en la empresa privada, estudios y cursos realizados e impartidos, actividad científica, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

b) una Memoria que describa su proyecto de desarrollo futuro del Centro de destino.

Quinta.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo establecido en los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, de conformidad con los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 6 de junio de 2016.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de Julio), el Director del Instituto de Salud Carlos III, Jesus Fernández Crespo.

ANEXO I

N.º de Orden

Código puesto

Centro directivo

Puesto de trabajo

Localidad

Provincia

Nivel

Complemento específico

Requisitos de adscripción

Méritos

AD.

GR.

1

4935491

Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias;

Director/a de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias

Madrid

29

15.880,90

AE

A1

– Licenciatura relacionada con Ciencias de la Salud o Biomedicina;

– Formación postgrado en dirección de organizaciones;

– Experiencia en el ámbito sanitario;

– Experiencia en proyectos de tecnologías sanitarias;

– Experiencia en coordinación con otras Administraciones, Comunidades Autónomas e instituciones públicas y privadas en el ámbito sanitario y de investigación.

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