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Documento BOE-A-2016-7120

Orden ECD/1233/2016, de 15 de julio, por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos a partir del curso 2016/2017 de los centros docentes privados de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 22 de julio de 2016, páginas 51597 a 51599 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-7120

TEXTO ORIGINAL

Vistos los expedientes de modificación de los conciertos educativos, incoados a instancia de la titularidad de los centros, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/85, de 18 de diciembre, y conforme a lo establecido en la Orden ECD/273/2013, de 12 de febrero (BOE de 20 de febrero 2013), por la que se dictan normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 2013/2014, en las ciudades de Ceuta y Melilla, previstos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y una vez cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Denegar la modificación de los conciertos educativos solicitados por los centros docentes privados en las ciudades de Ceuta y Melilla que se relacionan en el anexo de esta Orden en el que se indican los motivos de denegación de aquellas unidades cuya ampliación se solicita.

Segundo.

Los Directores Provinciales notificarán a los interesados el contenido de esta Orden, en el plazo de diez días desde su publicación según el artículo 58, apartado 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercero.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Asimismo podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 15 de julio de 2016.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Martín Hellín.

ANEXO
Modificación de los conciertos educativos para el curso 2016/2017

Enseñanzas: Educación Infantil/Educación Primaria/Educación Secundaria Obligatoria/Ciclos de Formación Profesional Básica

Provincia: Ceuta

Número

de código

Denominación domicilio municipio y localidad

Concierto

Educación Infantil (de 2.º ciclo)

Educación Primaria

Educación Secundaria Obligatoria

Ciclo

Motivos

de la resolución

Unidades

Apoyos

Unidades

Apoyos

Unidades

Apoyos

FPB

PT y AL

Apoyo educativo (antigua compensación)

PT y AL

Apoyo educativo (antigua compensación)

PT y AL

Apoyo educativo (antigua compensación)

51000432

Beatriz de Silva. C/ Salud Tejero, 3. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2015/2016

6

12

0,5 PT y 0,5 AL

2

8

1

*

Concertadas 2016-/2017

6

12

0,5 PT y 0,5 AL

2

8

1

51000055

La Inmaculada. C/ Millán Astray, 3. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2015/2016

6

12

0,5 PT y 0,5 AL

1

8

*

Concertadas 2016-/2017

6

12

0,5 PT y 0,5 AL

1

8

5100043

San Agustín. C/ Méndez Núñez, 3. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2015/2016

6

12

0,5 PT Y 0,5 AL

1

8

*

Concertadas 2016-/2017

6

12

0,5PT Y 0,5 AL

1

8

51000675

San Daniel. Avda. de España, s/n. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2015/2016

6

12

0,5 PT y 0,5 AL

2

8

1

*

Concertadas 2016-/2017

6

12

0,5 PT y 0,5 AL

2

8

1

51000067

Severo Ochoa. C/ Baro Alegret, 14. Ceuta-Ceuta.

Concertadas 2015/2016

3

6

0,5 PT y 0,5 AL

3

4

2

2

*

Concertadas 2016-/2017

3

6

0,5 PT y 0,5 AL

3

4

2

2

Provincia: Melilla

Numero

de código

Denominación domicilio municipio y localidad

Concierto

Educación Infantil (de 2.º ciclo)

Educación Primaria

Educación Secundaria Obligatoria

Ciclo

Motivos

de la resolución

Unidades

Apoyos

Unidades

Apoyos

Unidades

Apoyos

PCPI/FPB

PT y AL

Apoyo educativo (antigua compensación)

PT y AL

Apoyo

educativo

(antigua compensación)

PT y AL

Apoyo

educativo

(antigua compensación)

52000671

Enrique Soler C/ Escultor Mustafá Arruf, 8. Melilla-Melilla.

Concertadas 2015/2016

12

24

3 PT y 2 AL

3

****

Concertadas 2016-/2017

12

24

3 PT y 2 AL

3

52000129

Nuestra Señora del Buen Consejo. Ctra. de Farhana, 98. Melilla-Melilla.

Concertadas 2015/2016

6

12

1 PT y 1 AL

1

8

-

0,5

**

Concertadas 2016-/2017

6

12

1 PT y 1 AL

1

8

-

0,5

52000142

La Salle-El Carmen. Pl. San Juan Bautista La Salle, 3. Melilla.

Concertadas 2015/2016

6

0,5 PT y 0,5 AL

12

1,5 PT y 1,5 AL

1

8

0,5 PT

1

**

***

Concertadas 2016-/2017

6

0,5 PT y 0,5 AL

12

1,5 PT y 1,5 AL

1

8

0,5 PT

1

Motivos de la resolución:

* En la denegación de Unidades de Apoyo se han tenido en cuenta las dotaciones ya existentes para atender a este alumnado además de la firma del acuerdo autonómico de 11-2-2016 entre patronal y sindicatos dotando a los centros de Educación Primaria de un orientador por cada 24 Unidades y los recursos presupuestarios destinados a la financiación de los centros concertados.

** No procede la concesión de acceso al concierto educativo de Bachillerato toda vez que las necesidades educativas en esta etapa no obligatoria están suficientemente cubiertas en los centros públicos. Asimismo los recursos presupuestarios existentes se destinan a concertar las Unidades de las enseñanzas declaradas gratuitas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y las Unidades de Apoyo a las mismas.

*** No procede la financiación, a través de la partida de Otros Gastos de un Oficial de Actividades Educativas en el centro.

**** No procede la financiación, a través de la partida de Otros Gastos de un Auxiliar Técnico Educativo en el centro.

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