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Documento BOE-A-2016-7221

Resolución de 1 de julio de 2016, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a doña Lydia Esther Bolaños Medina.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 27 de julio de 2016, páginas 52282 a 52282 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2016-7221

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de la disposición adicional segunda de la Ley 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, que prevé:

«A los efectos del acceso de estos Profesores al Cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad, los Profesores titulares de Escuela Universitaria que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas. Para la acreditación de Profesores titulares de Escuela Universitaria se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.»

Solicitada por la funcionaria del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, que se relaciona a continuación, la integración en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad y, en uso de las facultades que confiere el artículo 84 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria al Rector, aprobados por Decreto 30/2003, de 10 de marzo, de la Presidencia del Gobierno de Canarias (BOC de 24 de marzo), ha resuelto integrarla en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, con efectos de 1 de julio de 2016:

Doña Lydia Esther Bolaños Medina, con DNI 52843361X.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la LOU, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la presente publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de julio de 2016.–El Rector, P.D. (Resolución de 6 de junio de 2012), la Vicerrectora de Profesorado y Planificación Académica, Belén López Brito.

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