Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 15 de julio de 2016.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con los artículos 6.1) y 2), 27.3), 30.2), 31.2), 32.4), 38, 40, 68, 80.5, 80.6, 82, 115, 116, la disposición adicional primera y la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi (LILE).
Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial del País Vasco».
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