Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-7726

Orden ECC/1365/2016, de 18 de julio, de autorización administrativa de la cesión global de activos y pasivos de Aseq Vida y Accidentes, SA, Seguros y Reaseguros, a Seguros Catalana Occidente, SA, de Seguros y Reaseguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 10 de agosto de 2016, páginas 57750 a 57750 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-7726

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Aseq Vida y Accidentes, S.A., Seguros y Reaseguros, y Seguros Catalana Occidente, S.A., de Seguros y Reaseguros, han presentado, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión global de activos y pasivos de la entidad Aseq Vida y Accidentes, S.A., Seguros y Reaseguros, a la entidad Seguros Catalana Occidente, S.A., de Seguros y Reaseguros.

Dicha operación de cesión, en aplicación de los artículos 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y 110 y 112 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, origina la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora por parte de la entidad cedente, incurriendo en causa de disolución.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante dicho Centro, se desprende que las entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015, y a lo dispuesto en los artículos 110 y 112 del Real Decreto 1060/2016, por lo que he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión global de activos y pasivos de la entidad Aseq Vida y Accidentes, S.A., Seguros y Reaseguros, a la entidad Seguros Catalana Occidente, S.A., de Seguros y Reaseguros.

Segundo.

Revocar a la entidad Aseq Vida y Accidentes, S.A., Seguros y Reaseguros, la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora.

Tercero.

Declarar la cancelación y extinción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad, Aseq Vida y Accidentes, S.A., Seguros y Reaseguros.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Competitividad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 18 de julio de 2016.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid