Por Orden HAP/1584/2014, de 26 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del día 6 de septiembre), del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, fueron convocados procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Concluidas las pruebas selectivas, por Orden HAP/2779/2015, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del día 22), del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se dio publicidad a la relación de aprobados en los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. Por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de fecha 12 de enero de 2016, se procedió al nombramiento de dichos aspirantes como funcionarios en prácticas del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado,
Esta Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 y 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del día 10 de abril), y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, resuelve:
Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les adjudican.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del día 31), para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.
Madrid, 8 de septiembre de 2016.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.
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