Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-9465

Resolución de 21 de mayo de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de cuatro captadores solares fabricados por Termicol Energía Solar SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 14 de octubre de 2016, páginas 72863 a 72866 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-9465

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de renovación de certificación de los captadores solares térmicos presentada por:

Titular: Los 7 hermanos del Bonillo.

Domicilio social: Camino de los Caleros, s/n, 02610 El Bonillo (Albacete).

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Lugar de fabricación: Dos Hermanas (Sevilla).

De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y de la fecha de resolución que se relaciona a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha Resolución

SH 20 H

NPS-48913

16/12/2013

SH 25 H

NPS-49013

16/12/2013

SH 20 V

NPS-49113

16/12/2013

SH 25 V

NPS-49213

16/12/2013

Conforme a los ensayos emitidos por:

Laboratorio

Clave

Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial.

CA/RPT/4451/009/INTA/11

Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

SH 20 H

NPS-20916

SH 25 H

NPS-21016

SH 20 V

NPS-21116

SH 25 V

NPS-21516

y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la resolución definiendo como características del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente renovación y no cumpliesen las citadas normas.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta resolución conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, conforme la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

1. Modelo con contraseña NPS-20916

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: SH 20 H.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 970 mm.

Área de apertura: 1,9 m2.

Ancho: 2.129 mm.

Área de absorbedor: 1,9 m2.

Altura: 100 mm.

Área total: 2,0 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 30 kg.

Presión de funcionamiento máx.: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: Agua.

2. Modelo con contraseña NPS-21016

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: SH 25 H.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 1.200 mm.

Área de apertura: 2,4 m2.

Ancho: 2.129 mm.

Área de absorbedor: 2,4 m2.

Altura: 100 mm.

Área total: 2,5 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 37 kg.

Presión de funcionamiento máx.: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: Agua.

3. Modelo con contraseña NPS-21116

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: SH 20 V.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 2.130 mm.

Área de apertura: 1,9 m2.

Ancho: 970 mm.

Área de absorbedor: 1,9 m2.

Altura: 100 mm.

Área total: 2,0 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 30 kg.

Presión de funcionamiento máx.: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: Agua.

4. Modelo con contraseña NPS-21516

Identificación:

Fabricante: Termicol Energía Solar, S.L.

Nombre comercial: SH 25 V.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 2.130 mm.

Área de apertura: 2,4 m2.

Ancho: 1.200 mm.

Área de absorbedor: 2,4 m2.

Altura: 100 mm.

Área total: 2,5 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 37 kg.

Presión de funcionamiento máx.: 1.000 Pa.

Fluido de transferencia de calor: Agua.

Resultados de ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia:

Rendimiento térmico:

η0

0,803

a1

3,66

W/m2K

a2

0,015

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

535,3

990,77

1.446,23

30

374,74

830,20

1.285,67

50

192,05

647,51

1.102,98

Resultados de ensayo para el modelo de mayor tamaño de la familia:

Rendimiento térmico:

η0

0,818

a1

4,10

W/m2K

a2

0,001

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

672,7

1.249,55

1.826,39

30

478,9

1.055,75

1.632,60

50

283,87

860,72

1.437,57

Madrid, 21 de mayo de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid