Contenu non disponible en français
La Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su sesión de fecha 23 de septiembre de 2016 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: «Suspender temporalmente la actividad como entidad de pago de Pay-One 911 EP, S.A., con publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, con comunicación al Registro Mercantil y anotación en el Registro de Entidades del Banco de España, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 111 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, aplicable en virtud de lo previsto en el artículo 51 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, así como los artículos 72 y 136 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Esta medida se mantendrá hasta que se resuelva el expediente disciplinario incoado en el presente acuerdo.
Frente a la medida provisional podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el Ministro de Economía y Competitividad, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común.»
A la vista del citado acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 111 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada medida de suspensión temporal de la actividad de Pay-One 911 EP, S.A.
Madrid, 7 de octubre de 2016.–El Secretario General del Banco de España, Francisco Javier Priego Pérez.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid