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Documento BOE-A-2017-10093

Resolución de 4 de agosto de 2017, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 9 de mayo de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 1 de septiembre de 2017, páginas 86377 a 86383 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2017-10093

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 9 de mayo de 2017 («Boletín Oficial del Estado» núm. 115, del 15), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base sexta de la citada orden, este Ministerio acuerda la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en la misma.

En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la valoración de los méritos de los participantes, tal y como prevé el Título III, capítulo II, artículos 39 y siguientes del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

En su virtud, se acuerda aprobar la propuesta elevada por la Comisión y

Primero.

Resolver la adjudicación de puestos de trabajo contenidos en el anexo I-A y I-B de esta resolución.

Segundo.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 4 de agosto de 2017.–El Subsecretario de Energía, Turismo y Agenda Digital, Pablo García-Manzano Jiménez de Andrade.

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