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Documento BOE-A-2017-10465

Resolución de 6 de septiembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 13 de septiembre de 2017, páginas 89967 a 89992 (26 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-10465

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 8), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus organismos públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 22).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web www.mapama.gob.es y www.administracion.gob.es.y en el Portal Funciona.

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 11 plazas del Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado, código 0101, por el sistema general de acceso libre y dos por el sistema de promoción interna.

Del total de las plazas convocadas por el sistema general de acceso libre se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con dicha condición que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por el citado cupo, y siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éstos serán incluidos por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas en el proceso de acceso libre no se acumularán a las del turno general.

Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

La fase de oposición tendrá una duración máxima de 12 meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de 4 meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Este proceso incluirá también la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero de Montes o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Requisitos específicos para los aspirantes por promoción interna

Los aspirantes deberán cumplir además:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las del Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Antigüedad:

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como personal laboral fijo en la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del III Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las del Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

6. Acceso de personas con discapacidad

6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

6.2 Los aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

6.3 A los aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre, por el turno de reserva de discapacidad y que superen el primer ejercicio, con una nota superior al 60 por 100 de la calificación máxima prevista para ese ejercicio, se les conservará esta puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean idénticos, salvo actualización normativa.

6.4 Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

7. Solicitudes

7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.

La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», preferentemente por vía electrónica.

a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

La inscripción en línea del modelo oficial.

Anexar documentos a la solicitud.

El pago electrónico de las tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

El ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

b) Igualmente, podrán presentarse las solicitudes en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.

Una vez cumplimentados, en la citada página, todos los datos de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).

Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en los Registros Generales del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (paseo Infanta Isabel, 1, Madrid y plaza de San Juan de la Cruz, s/n, Madrid), o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen:

Directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

Mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria extranjera (aquellos cuyo código IBAN no empiece por ES), a la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público Derechos de examen».

7.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.3 Los aspirantes que tengan la condición de personal laboral fijo, deberán aportar, junto con la solicitud, certificado de la unidad de personal competente en el que se especifiquen las funciones desarrolladas, a efectos de verificar que cumplen con el requisito de la base 5.

7.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

8. Tribunal

8.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria.

8.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

8.4 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal que tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, calle Gran Vía de San Francisco, 4-8, 28071 Madrid, teléfono 913474145, dirección de correo electrónico seleccion.montes@mapama.es.

9. Desarrollo del proceso selectivo

9.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido que comience por la letra «Ñ», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 18 de abril de 2017 («Boletín Oficial del Estado» del 20).

9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente: http://www.mapama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/default.aspx, así como en la página web: http://administracion.gob.es/ y en el Portal Funciona.

Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico weboposiciones@mapama.es.

10. Destinos

Con el fin de canalizar los principios contenidos el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que los aspirantes que superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

El nombramiento como funcionarios de carrera, de los aspirantes que superen este proceso selectivo por el sistema de promoción interna, tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a los centros directivos y organismos autónomos de este Departamento.

11. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 6 de septiembre de 2017.–El Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio, para los aspirantes por el turno libre, y de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio, para los aspirantes por promoción interna.

Las puntuaciones mínimas de cada ejercicio resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el tribunal.

El órgano de selección dará difusión, con anterioridad a la realización de cada prueba, a los criterios generales de valoración, superación y acceso a los siguientes ejercicios.

Turno libre

Primer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias tanto del grupo de temas específicos como del grupo de temas generales, que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un máximo de 100 preguntas de las que el 50 %, como mínimo, corresponderán al grupo de temas específicos y el resto al grupo de temas generales. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 3 horas.

En el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.

La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 15 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.

Segundo ejercicio:

Constará de dos pruebas de idiomas, la primera de carácter obligatorio y eliminatorio en el idioma inglés, y la segunda de carácter voluntario y no eliminatorio a elegir entre los idiomas francés o alemán.

Primera prueba: inglés.

La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión:

A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en inglés, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

B) Un resumen en inglés de un texto que les será leído a los opositores en inglés. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

Estos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, para lo que serán convocados. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con el aspirante en inglés.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.

Esta primera prueba se calificará con una única puntuación y un máximo de 30 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 15 puntos.

Solo los aspirantes que hayan superado esta primera prueba podrán realizar la segunda.

Segunda prueba: los aspirantes podrán elegir entre los idiomas francés o alemán.

La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión:

A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en el idioma elegido, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

B) Un resumen en el idioma elegido de un texto que les será leído a los opositores en el idioma elegido. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

Estos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, para lo que serán convocados. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con el aspirante en el idioma elegido.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma elegido, la capacidad de compresión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.

Esta segunda prueba se calificará sobre 10 puntos. Los puntos por encima de 6 que obtuviera el opositor se sumarán a la puntuación de la primera prueba de este ejercicio.

Tercer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico, a elegir por los aspirantes de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre las materias del grupo de temas específicos de la oposición y que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 4 horas, pudiendo disponer los opositores de la documentación y material de trabajo, únicamente en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en exponer oralmente, en sesión pública, durante 30 minutos, dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al grupo de temas específicos y el otro al grupo de temas generales. Cada uno de estos temas será elegido por el opositor de entre dos extraídos al azar.

Los opositores dispondrán de un período de 10 minutos para la preparación de esta parte, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes. Durante la exposición podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado durante el referido tiempo de preparación.

En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá formular a los aspirantes preguntas sobre los temas desarrollados o sobre otros que tengan relación con ellos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.

Los aspirantes que superen este cuarto ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Alguno de los ejercicios puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid.

Promoción interna

Primer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico a elegir por los aspirantes de entre dos propuestos por el tribunal, que versará sobre grupo de temas específicos que figura en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 4 horas, pudiendo disponer los opositores de la documentación y material de trabajo, en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.

Segundo ejercicio:

Constará de dos pruebas de idiomas, la primera de carácter obligatorio y eliminatorio en el idioma inglés o francés y la segunda de carácter voluntario y no eliminatorio en el idioma inglés, francés o alemán.

Primera prueba: Idioma inglés o francés.

La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión:

A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en el idioma elegido por el aspirante, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

B) Un resumen en el idioma elegido por el aspirante de un texto que les será leído a los opositores en el idioma elegido por el aspirante. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

Estos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en sesión pública ante el tribunal, para lo que serán convocados. El tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con el aspirante en el idioma elegido.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.

Esta primera prueba se calificará con una única puntuación y un máximo de 15 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 7,5 puntos.

Solo los aspirantes que hayan superado esta primera prueba podrán realizar la segunda.

Segunda prueba: Idioma inglés, francés o alemán, siempre que no se haya elegido para la primera prueba de este ejercicio.

La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión:

A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en el idioma elegido por el aspirante, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

B) Un resumen en el idioma elegido por el aspirante de un texto que les será leído a los opositores en el idioma elegido por el aspirante. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.

Estos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en sesión pública ante el tribunal, para lo que serán convocados. El tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con el aspirante en el idioma elegido.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.

Esta segunda prueba se calificará sobre 8 puntos. Los puntos por encima de 5 de la calificación que obtuviera el opositor, se sumarán a la puntuación de la primera prueba de este ejercicio.

Tercer ejercicio:

Consistirá en exponer oralmente, en sesión pública, durante 30 minutos, dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al grupo de temas generales y el otro grupo de temas específicos. Cada uno de estos temas será elegido por el opositor de entre dos extraídos al azar.

Los opositores dispondrán de un período de 10 minutos para la preparación de los mismos, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes. Durante la exposición podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado durante el referido tiempo de preparación.

En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.

Finalizada la exposición, el tribunal podrá realizar preguntas sobre el contenido de los temas que haya desarrollado el opositor.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.

Los aspirantes que superen este tercer ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Alguno de los ejercicios puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

Todos los ejercicios se realizarán en la provincia de Madrid.

2. Fase de concurso

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el turno de promoción interna que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que han superado la fase de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos (anexo V) debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio u organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 22).

Si alguno de los aspirantes funcionarios, en servicio activo en la Administración del Estado en el cuerpo o escala desde el que participa por promoción interna, únicamente va a solicitar la valoración de los méritos que figuren inscritos en el Registro Centro de Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, el aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VI de esta Resolución.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.

A los aspirantes por el sistema de promoción interna se les valorarán como méritos los siguientes conceptos:

2.1 Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el cuerpo o escala desde el que se participa en estas pruebas.

Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:

Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos

Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 24: 3 puntos.

Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 22: 2 puntos.

Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 19: 1 punto.

Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados por el funcionario y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del cuerpo objeto de esta convocatoria.

Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.

2.2 Al personal laboral fijo se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

b) Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: Hasta un máximo de 4 puntos.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados por el personal laboral y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del cuerpo objeto de esta convocatoria.

Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

d) Experiencia: Se valorará la experiencia acreditada por los candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.

La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como anexo V de esta Resolución.

La calificación final del concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

3. El curso selectivo

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, cuya duración máxima será de 4 meses.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.

Los funcionarios personal laboral fijo que hubieran superado estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.

La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 20 puntos.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado. Los aspirantes que ya fueran funcionarios o personal laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, para los aspirantes por el sistema de acceso libre, y en el primer ejercicio para los aspirantes por el turno de promoción interna.

3. Mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio, para los aspirantes por el sistema de acceso libre.

4. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

5. Mayor puntuación en la fase de concurso, para los aspirantes por el sistema de promoción interna.

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Los funcionarios españoles de organismos internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.

La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el cuerpo o escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.

ANEXO II

Grupo de temas específicos

1. Los montes en la Constitución Española. Situación actual de la Legislación forestal española. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Modificaciones posteriores.

2. Distribución competencial en materia forestal, el papel de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas. Leyes forestales autonómicas.

3. La propiedad forestal española. Titularidad de los terrenos forestales. Montes demaniales y montes privados. Montes vecinales en mano común. Convenios y consorcios.

4. El Catálogo de montes de Utilidad Pública y su papel protector. El Dominio Público Forestal. Otros montes públicos.

5. La Gestión forestal sostenible en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y sus modificaciones. Los instrumentos de gestión y de ordenación de montes, la regulación de los aprovechamientos forestales.

6. Órganos de coordinación de la política forestal española: la Conferencia Sectorial y el Consejo Forestal Nacional.

7. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Principales características, instrumentos. Órganos de coordinación de la política de la biodiversidad en España: la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y sus comités especializados.

8. Instrumentos financieros para la cofinanciación de políticas en la Unión Europea, los Fondos Estructurales y de Cohesión. Su aplicación en España a las actividades forestales y ambientales.

9. La política agrícola común europea y el sector forestal. Medidas forestales y agroambientales en la política europea de desarrollo rural. Aplicación en España. La Ley 45/2007 para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

10. Fuentes de cofinanciación comunitaria para la gestión forestal. Evolución y situación actual. Implicaciones de los instrumentos financieros FEADER y LIFE+ en el ámbito forestal.

11. Evolución y situación actual de la política ambiental de la Unión Europea. Incidencia sobre la política forestal.

12. La Estrategia Forestal Europea. Plan de Acción Forestal de la UE. Principales disposiciones de aplicación. Evaluación. Libro verde sobre protección de los bosques e información forestal en la UE.

13. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en la Unión Europea. Las Directivas Hábitats 92/43/CEE y de Aves 2009/147/CE. Desarrollo y aplicación en España. La Red Europea Natura 2000. Relaciones entre los Espacios Protegidos Red Natura 2000 y los Espacios Naturales Protegidos.

14. Conferencias ministeriales para la protección de bosques en Europa. (Forest Europe) Resoluciones sobre la gestión forestal sostenible en Europa. Criterios e indicadores de gestión forestal sostenible.

15. Los bosques en la cumbre de Río. Principios forestales y Agenda 21. Panel y Foro Intergubernamental sobre bosques.

16. Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Los bosques como sumideros de carbono. Medidas LULUCF a nivel europeo. Aplicación en España.

17. Convenio de Diversidad Biológica. Protocolo de Nagoya. Programa de trabajo sobre diversidad biológica forestal. Aplicación en España.

18. Convenio de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación. El anexo de los países del mediterráneo norte, Aplicación en España.

19. Los montes en el mundo. Principales foros de discusión sobre gestión forestal sostenible a escala global y regional. El Foro Forestal de Naciones Unidas, los órganos estatutarios forestales de la FAO.

20. Los principales documentos estratégicos que afectan a los montes españoles: la Estrategia Forestal Española y el Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

21. La planificación forestal en España: Plan Forestal Español. Objetivos y ejes prioritarios. Los planes forestales de las comunidades autónomas. Los planes de Ordenación de Recursos Forestales. Proyectos de Ordenación, planes técnicos o instrumentos equivalentes.

22. Características del medio físico en España. Geología general, geomorfología, clima y suelos según latitudes y altitudes. Características principales, tipología y distribución geográfica de las masas forestales.

23. Los ecosistemas forestales españoles: bosques y otras formaciones eurosiberianas. Características ecológicas y distribución geográfica.

24. Los ecosistemas forestales españoles: bosques y otras formaciones mediterráneas. Características ecológicas y distribución geográfica.

25. Los ecosistemas forestales españoles: bosques y otras formaciones de las Islas Canarias. Características ecológicas y distribución geográfica.

26. Las zonas húmedas. El Convenio de Ramsar. Tipos y clasificación de zonas húmedas ibéricas. Principales problemas de conservación. Recuperación y gestión de humedales.

27. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales especies de frondosas en España.

28. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales especies de coníferas en España.

29. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales especies arbustivas y de matorrales en España.

30. Pastizales españoles. Clasificación. Características de las principales especies herbáceas españolas. Su aprovechamiento y regulación.

31. Especies singulares o amenazadas de la flora española. Bosques u otras formaciones vegetales singulares o amenazadas en España. Situación, perspectivas y problemática de gestión. Especies exóticas invasoras, definición, control y erradicación.

32. La ganadería extensiva, su valor económico, ecológico y cultural. El catálogo Oficial de Razas de Ganado de España. Las vías pecuarias: la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.

33. Características generales de la fauna autóctona española. Evaluación general de la situación de la biodiversidad faunística española. Especies singulares, endémicas, protegidas: sus principales amenazas, regímenes de protección y programas de conservación. Conservación in situ y ex situ. Atlas y libros rojos de especies. Catálogo Español de Especies Amenazadas. Estrategias para la conservación de especies en España: planes de recuperación y conservación.

34. La actividad cinegética en España. Legislación. Contribución a la diversificación económica del medio rural. Características de las principales especies cinegéticas. Ordenación y Planes cinegéticos. Caza selectiva. Cría en cautividad. Repoblaciones e introducción de especies. Cotos y Reservas. Incidencia de la Directiva 2009/147/CEE de Aves silvestres sobre la caza. La Junta Nacional de homologación de trofeos de caza.

35. Los ecosistemas fluviales españoles. Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación. La actividad pesca deportiva. Importancia económica. Principales especies susceptibles de pesca continental en España. Ordenación piscícola de aguas continentales. Acuicultura y astacicultura continentales.

36. El paisaje y la actividad humana. Convenio europeo del paisaje. El paisaje como recurso. Tipología de paisajes españoles.

37. La gestión forestal en montes incluidos dentro de Parques Nacionales. La inclusión de gestión dentro de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y Gestión, y otros instrumentos de planificación. Influencia de estos instrumentos sobre la explotación de los recursos forestales.

38. Gestión forestal en espacios de la Red Natura 2000. Implicaciones de los artículos 6 y 12 de la Directiva 92/43/CEE de Hábitats en la gestión forestal.

39. Técnicas de repoblación forestal. Introducción y elección de especies forestales. Impacto ambiental de las repoblaciones. Técnicas de preparación del terreno para repoblación forestal. Criterios de elección de la técnica más adecuada a cada condición. Maquinaria a emplear. Métodos de plantación. Criterios de elección.

40. Cuidados culturales de las masas forestales. Limpias, clareos, claras, podas, labores del suelo. Maquinaria a emplear.

41. Diagnóstico socioeconómico del sector forestal español: situación socioeconómica del sector forestal. Tamaño de las explotaciones, grado de asociacionismo, formación de los trabajadores. Tipología empresarial, tamaño y naturaleza de las industrias de transformación. Empleo, aportación al PIB. Relaciones contractuales productores-industrias. Principales amenazas y oportunidades para la sostenibilidad económica, social y medioambiental del sector. El Plan de Activación Socioeconómica del sector forestal.

42. Aprovechamientos maderables. Apeo y extracciones de los productos maderables. Formas de corta, a hecho, aclareos, entresacas, huroneos. Técnicas de aprovechamiento, árbol completo, fuste completo. Tratamiento de los restos de corta. Maquinaria a emplear en cada caso. Criterios de selección de la forma y la técnica.

43. Aprovechamiento energético de la madera. Técnicas de preparación. Técnicas de generación de energía térmica y de energía eléctrica. Cogeneración. Ventajas e inconvenientes del uso de biomasa forestal con fines energéticos. Aportación a la activación socioeconómica del sector. Impacto sobre el ecosistema forestal y el suelo. Retos y oportunidades.

44. Extracción de la madera fuera del monte. Vías de saca. Movimiento de tierras, cálculo. Caminos forestales. El problema del transporte de madera, cálculos económicos.

45. Aprovechamiento del corcho: dimensión del sector. Planificación. Tipos de corcho que se obtienen. Técnicas de elaboración. Productos de corcho natural. Aglomerados. Situación actual. Aprovechamiento resinero: dimensiones del sector. Planificación y organización de la resinación. Técnicas de resinado. Posibilidades de mecanización. Obtención y usos de la colofonia y el aguarrás. Situación actual.

46. Aprovechamientos forestales de frutos, hongos, plantas aromáticas y medicinales. Aportación a la activación socioeconómica del sector forestal. Retos y oportunidades.

47. Aprovechamientos forestales ligados al ocio, la cultura, el paisaje y la biodiversidad: caza, turismo rural, deportes y actividades de aventura, caminos naturales y vías verdes. Aportación a la activación socioeconómica del sector.

48. La producción forestal española maderable y no maderable. Su importancia económica y social.

49. La industria forestal de primera y de segunda transformación. Investigación y desarrollo forestal. Nuevas tecnologías aplicables a los aprovechamientos forestales y la industria forestal. La prevención y gestión de los residuos.

50. La industria del aserrío. Estructura del sector. Dimensiones. La industria del mueble y la de los prefabricados de madera.

51. La industria de fabricación de tableros. Dimensiones del sector. Tipos de tablero en el mercado. Técnicas básicas de fabricación de cada uno de ellos. Aplicaciones estructurales y no estructurales.

52. La industria de la pasta y el papel. Dimensiones del sector. Distintos tipos de pasta mecánica, semiquímica y química. Pasta de fibra larga y pasta de fibra corta. Reciclado y destintado. Fabricación de papel tissue, de impresión y escritura, estucados, prensa.

53. La innovación en el sector forestal. Política de investigación e innovación agroalimentaria y forestal. Instrumentos legales y financieros, tendencias, retos y oportunidades.

54. El mercado internacional de la madera. La ITTO. Los productos forestales en la Unión Europea y en la Organización Mundial de Comercio. El comité de la Madera de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas.

55. El problema de la tala ilegal. Sus consecuencias económicas y ambientales. El Plan de lucha contra la tala ilegal y su comercio asociado (FLEGT) de la Unión Europea. Líneas de acción. Consecuencias esperadas.

56. El Reglamento CE 2173/2005 (FLEGT). Legislación derivada. Sistema de licencias. Desarrollo de los acuerdos voluntarios de asociación con países en desarrollo exportadores de madera. Aplicación en España. El Reglamento UE 995/2010 de la madera (EUTR). Legislación derivada. Sistemas de diligencia debida y Entidades de supervisión. Aplicación en España.

57. Sanidad forestal: principales enfermedades, plagas forestales y daños en España. Intervenciones, medidas culturales, preventivas y terapéuticas. Tratamientos biológicos.

58. Los bosques y la contaminación atmosférica: lluvia ácida. El Convenio de Ginebra de contaminación atmosférica transfronteriza y las redes europeas de seguimiento de daños en los bosques. Aplicación en España.

59. Incendios forestales. Consecuencias económicas, sociales y ambientales. Incidencia en España. Causalidad y distribución geográfica. Prevención y detección de incendios. Métodos de extinción.

60. Incendios forestales. Competencias y funciones de las Administraciones Públicas. La regulación de los incendios en la Ley 43/2003.

61. Incendios forestales. El dispositivo de apoyo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Aeronaves, tipos y funciones. Brigadas de refuerzo, funciones. Equipos de prevención, funciones.

62. Incendios forestales. La Estadística General de Incendios Forestales. Valoración de pérdidas. Restauración del medio tras grandes incendios. Labores a realizar y secuencia temporal de las mismas, dependiendo de los daños.

63. Restauración hidrológico-forestal y conservación de suelos. Competencias y funciones de las Administraciones Públicas. Técnicas específicas de restauración. Estructuras transversales y longitudinales. Diseño y cálculo.

64. Rehabilitación de cuencas y ordenación agrohidrológica. Conservación y restauración fluvial. Caracterización de la hidromorfología fluvial, presiones e impactos de acuerdo con la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE) y relación con la Directiva de Inundaciones (2007/60/CE). Redes de control del estado de las aguas. Corrección de cuencas torrenciales. Fenomenología nival, prevención y corrección de aludes. Fijación de dunas.

65. La desertificación. Factores físicos y factores socioeconómicos. La desertificación en España y en los países mediterráneos. El Inventario Nacional de Erosión de Suelos. Acción de la Unión Europea en materia de suelos.

66. Conservación y uso de recursos genéticos forestales. Principales iniciativas en el seno de FOREST EUROPE y la FAO. Estrategia Española para la Conservación y Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales: herramientas, medidas y planes de actuación.

67. Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de materiales forestales de reproducción. Regiones de procedencia. Registro y Catálogo Nacional de Materiales de Base. Etiquetado y sistema de control.

68. Producción de material forestal de reproducción: Sistemas de recogida, extracción, secado, almacenaje y conservación de frutos y semillas. Producción de planta forestal y viveros: infraestructuras e instalaciones.

69. Cartografía, fotografía aérea, ortofotos y fotointerpretación. Información geográfica, SIG, teledetección y GPS. Su aplicación al mundo forestal.

70. Bancos de Datos de la Biodiversidad: funciones e información que suministra. Mapa forestal de España y otros datos y cartografía temática. Finalidad y características. Tecnología Lidar.

71. El Inventario Forestal Nacional. Descripción y principales parámetros. Otros componentes de la Estadística Forestal Española.

72. Objetivos de la Ordenación de montes arbolados. División dasocrática. Inventario. Estimación de existencias y crecimientos. Estructura de un proyecto de ordenación. Plan general, plan especial, planes anuales, revisiones.

73. Métodos de Ordenación en las masas forestales españolas según la forma principal de masa: masas regulares, semirregulares e irregulares. Ventajas e inconvenientes. Su aplicación en España a los diferentes ecosistemas forestales arbolados.

74. La certificación forestal: certificación de la gestión y de la cadena de custodia. Diferentes sistemas utilizados en el mundo. Aplicación en España.

75. Valoración forestal y ambiental. Fórmulas y criterios. Valoración económica integral de los sistemas forestales. La valoración contingente de los sistemas naturales. La valoración de la biodiversidad. Fiscalidad e instrumentos económicos aplicables a los montes en España. Externalidades de los montes. Pagos por servicios ambientales.

Grupo de temas generales

Turno libre

1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.

2. La Corona: atribuciones y competencias. Sucesión y regencia. El refrendo.

3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

4. El Gobierno y la Administración. El Gobierno: composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. La Ley del Gobierno. La Administración: Organización y Funcionamiento del Sector Público.

5. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. La Administración General del Estado y su organización periférica.

6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

7. El acto administrativo: concepto, clases, y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación.

8. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Fases del procedimiento administrativo. La revisión de actos en vía administrativa.

9. Acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas. Normativa sobre firma electrónica.

10. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. La legislación de estabilidad presupuestaria y los presupuestos del Estado. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. Modificaciones presupuestarias.

11. Los contratos del sector público. Ámbito subjetivo y objetivo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Órganos competentes en materia de contratación. Requisitos para contratar con la Administración: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar.

12. Las subvenciones: procedimiento de concesión. El reconocimiento de la obligación y el pago de las subvenciones. Reintegro y control.

13. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.

14. El Poder Judicial. El control jurisdiccional de la actividad administrativa.

15. El control de la actividad financiera en España. Concepto y clases. El control externo: el Tribunal de Cuentas. El Control interno: la Intervención General de la Administración del Estado. La función interventora y el control a posteriori. La contabilidad pública: la Cuenta General del Estado.

16. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Régimen jurídico de la Dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

17. El Gobierno abierto. Especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno.

18. La Unión Europea: antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos.

19. Las instituciones de la Unión Europea. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. Cooperación en los ámbitos de justicia e interior.

20. El Derecho comunitario. Fuentes. Derecho originario. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los estados miembros.

21. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales.

22. La FAO. Antecedentes y constitución. Trabajos y objetivos de la FAO. Las cumbres de la Alimentación. Los programas sectoriales: recursos genéticos, detección y lucha contra plagas. La FAO y las instituciones de Naciones Unidas con sede en Roma: El programa mundial de alimentos y el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrario.

23. Estructura y competencias del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. La organización periférica. La administración en el exterior. Los Organismos públicos: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias y sociedades del Ministerio. Fundaciones participadas por el Ministerio o por sus organismos y sociedades.

24. El Medio Ambiente como objeto de derecho: concepto de medio ambiente y su tratamiento en el ámbito constitucional español. Evolución del concepto y tratamiento del medio ambiente en la normativa comunitaria. La importancia del medio ambiente en la Unión Europea. Programas de Acción en materia de medio ambiente. Las estrategias temáticas.

25. Medio ambiente y desarrollo sostenible: Río+20 - Río de Janeiro 2012. La Estrategia Europea de Desarrollo Sostenible. Pilares y principios. Seguimiento. La Estrategia Española de Desarrollo Sostenible.

26. Derecho ambiental comunitario. Instrumentos jurídicos: Reglamentos, Directivas y Decisiones. Relaciones entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

27. Acceso a la información en materia de medio ambiente: Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La información ambiental en España. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

28. La educación ambiental en España: El CENEAM, sus objetivos y programas de trabajo. La sensibilización ambiental de ciudadanos y consumidores. La formación ambiental en España.

29. Instrumentos de participación en materia agrícola, ganadera, forestal y de medio ambiente. El Consejo Forestal Nacional y el Consejo de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Especial referencia a las organizaciones no gubernamentales, sector productor y sus entidades representativas.

30. La Agencia Europea de Medio Ambiente. Evolución, funciones y organización.

31. Política agraria y medio ambiental en España. La distribución de competencias en materia agraria y de medio ambiente entre la Administración General del Estado, la Administración Autonómica y la Administración Local.

32. El sector agrícola y ganadero español. Principales cultivos y cabañas. Su importancia económica, social y ambiental. Distribución geográfica.

33. Instrumentos comunitarios de financiación en materia agraria, forestal y de medio ambiente. Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (EIE). Marco Estratégico Común. Evolución y perspectivas. Especial referencia al caso español.

34. Política de desarrollo rural. Antecedentes. Política de desarrollo rural en el periodo 2014-2020. Marco común de seguimiento y evaluación. Las prioridades comunitarias de desarrollo rural. La financiación del desarrollo rural. El FEADER como fondo europeo de inversión (ESI). Coordinación con otros fondos comunitarios. El nuevo reglamento FEADER. Aplicación en España. El Programa Nacional de Desarrollo Rural.

35. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Principios. Instrumentos. Catalogación, conservación y restauración de hábitat y espacios. Conservación de la biodiversidad. Uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad. Ayudas e incentivos. Novedades que incorpora y análisis histórico de la normativa en la materia. Principales Convenios internacionales en materia de biodiversidad.

36. La regulación de los espacios naturales protegidos. La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales: la Red de Parques Nacionales, competencias y funciones de las Administraciones Públicas, órganos de gestión y participación. El Plan Director de la Red de Parques Nacionales. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y gestión y otros instrumentos de planificación. Los Parques Nacionales.

37. Los montes en la Unión Europea. Competencias de la Comisión en materia forestal, y su base jurídica. Políticas de la Unión Europea que inciden en las políticas forestales nacionales. El sector forestal en la política de desarrollo rural.

38. La pesca como actividad económica. Descripción del sector pesquero. Principales artes y aparejos de pesca marítima. Acuicultura marina. Principales especies comercializables en España. Principales Convenios internacionales en materia de protección del medio marino.

39. La ley de costas y su reglamento. Régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre. Proyectos y actuaciones en el medio costero.

40. La ley de protección del medio marino. Convenios internacionales. Biodiversidad marina y espacios protegidos.

41. La administración pública del agua en España. La Ley de Aguas y sus Reglamentos de desarrollo. La gestión del espacio fluvial, calidad de las aguas y del riesgo de inundación.

42. Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y su transposición al derecho español.

43. Directiva 2007/60 de evaluación y gestión de los riesgos de inundación. Zonificación del espacio fluvial. Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. Planes de Gestión de riesgo de inundación.

44. La evaluación ambiental. Principios, justificación y definiciones. Marco jurídico de la evaluación ambiental: Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente y Directiva 2014/52/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014 por la que se modifica la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

45. La evaluación ambiental estratégica de planes y programas públicos. La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Convenio sobre evaluación de impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Espoo (Finlandia) y Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica al Convenio sobre la evaluación del impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Kiev el 21 de mayo de 2003.

46. La contaminación atmosférica: tipos, orígenes y características. Sus fuentes. Sectores y actividades contaminantes. Convenios internacionales, normativa comunitaria y española en materia de medio ambiente atmosférico. Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

47. La prevención de la contaminación acústica. Normativa comunitaria y española sobre el ruido. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y su desarrollo reglamentario. Aspectos teóricos: fuentes y técnicas de medición. Los efectos de la contaminación acústica sobre la salud y el medio ambiente. Medidas correctoras.

48. Estrategias comunitarias en materia de residuos. Directiva Marco de residuos (2008/98/CEE). Directivas específicas sobre flujos de residuos y sobre tratamientos de residuos. Convenio de Basilea. Reglamento (CE) número 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos.

49. Normativa española en materia de residuos: la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Legislación específica sobre flujos de residuos, tratamientos y traslados de residuos. La planificación en materia de residuos.

50. La Directiva 2010/75/UE de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales. Antecedentes. Prevención y control integrados de la contaminación. Aspectos tecnológicos. Las Mejores Técnicas Disponibles y los valores límites de emisión. El texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre.

51. El Reglamento europeo relativo a un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS). Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La revisión de la aplicación del reglamento. La relación entre el sistema comunitario de gestión y auditorias medioambientales e ISO (Organización Internacional de Normalización).

52. Organismos genéticamente modificados. Normativa comunitaria. Normativa española: la Ley 9/2003, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.

53. El Reglamento CE 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH). Política española en materia de sostenibilidad química. Convenios y acuerdos sobre químicos del Programa de Medio Ambiente de Naciones Unidas.

54. Responsabilidad medioambiental. La responsabilidad objetiva y subjetiva. La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental y su desarrollo Reglamentario. Tipología de infracciones. La obligación de restaurar e indemnizar. Las sanciones. Aplicación del principio non bis in ídem. Las medidas cautelares.

55. El cambio climático. Evidencia científica del fenómeno: impactos, adaptación y mitigación. Respuesta internacional ante el cambio climático: la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y los acuerdos post Kioto. Los mecanismos de flexibilidad. El régimen jurídico del comercio de derechos de emisión. Estrategia comunitaria ante el cambio climático. Estrategia española ante el cambio climático.

Promoción interna

1. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Régimen jurídico de la Dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

2. El Gobierno abierto. Especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno.

3. La Unión Europea: antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. Las instituciones de la Unión Europea.

4. El Derecho comunitario. Fuentes. Derecho originario. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los estados miembros.

5. Derecho ambiental comunitario. Instrumentos jurídicos: Reglamentos, Directivas y Decisiones. Relaciones entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

6. Los montes en la Unión Europea. Competencias de la Comisión en materia forestal, y su base jurídica. Políticas de la Unión Europea que inciden en las políticas forestales nacionales. El sector forestal en la política de desarrollo rural.

7. Instrumentos comunitarios de financiación en materia agraria, forestal y de medio ambiente. Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (EIE). Marco Estratégico Común. Evolución y perspectivas. Especial referencia al caso español.

8. Política de desarrollo rural. Antecedentes. Política de desarrollo rural en el periodo 2014-2020. Marco común de seguimiento y evaluación. Las prioridades comunitarias de desarrollo rural. La financiación del desarrollo rural. El FEADER como fondo europeo de inversión (ESI). Coordinación con otros fondos comunitarios. El nuevo reglamento FEADER. Aplicación en España. El Programa Nacional de Desarrollo Rural.

9. Acceso a la información en materia de medio ambiente: Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La información ambiental en España. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

10. Instrumentos de participación en materia agrícola, ganadera, forestal y de medio ambiente. El Consejo Forestal Nacional y el Consejo de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Especial referencia a las organizaciones no gubernamentales, sector productor y sus entidades representativas.

11. La FAO. Antecedentes y constitución. Trabajos y objetivos de la FAO. Las cumbres de la Alimentación. Los programas sectoriales: recursos genéticos, detección y lucha contra plagas. La FAO y las instituciones de Naciones Unidas con sede en Roma: El programa mundial de alimentos y el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrario.

12. Política agraria y medio ambiental en España. La distribución de competencias en materia agraria y de medio ambiente entre la Administración General del Estado, la Administración Autonómica y la Administración Local.

13. La educación ambiental en España: El CENEAM, sus objetivos y programas de trabajo. La sensibilización ambiental de ciudadanos y consumidores. La formación ambiental en España.

14. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Principios. Instrumentos. Catalogación, conservación y restauración de hábitat y espacios. Conservación de la biodiversidad. Uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad. Ayudas e incentivos. Novedades que incorpora y análisis histórico de la normativa en la materia. Principales Convenios internacionales en materia de biodiversidad.

15 La regulación de los espacios naturales protegidos. La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales: la Red de Parques Nacionales, competencias y funciones de las Administraciones Públicas, órganos de gestión y participación. El Plan Director de la Red de Parques Nacionales. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y gestión y otros instrumentos de planificación. Los Parques Nacionales.

16. La administración pública del agua en España. La Ley de Aguas y sus Reglamentos de desarrollo. La gestión del espacio fluvial, calidad de las aguas y del riesgo de inundación.

17. Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y su transposición al derecho español.

18. Directiva 2007/60 de evaluación y gestión de los riesgos de inundación. Zonificación del espacio fluvial. Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. Planes de Gestión de riesgo de inundación.

19. La evaluación ambiental. Principios, justificación y definiciones. Marco jurídico de la evaluación ambiental: Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente y Directiva 2014/52/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014 por la que se modifica la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

20. La evaluación ambiental estratégica de planes y programas públicos. La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Convenio sobre evaluación de impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Espoo (Finlandia) y Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica al Convenio sobre la evaluación del impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Kiev el 21 de mayo de 2003.

21. El Reglamento europeo relativo a un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS). Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La revisión de la aplicación del reglamento. La relación entre el sistema comunitario de gestión y auditorias medioambientales e ISO (Organización Internacional de Normalización).

22. Organismos genéticamente modificados. Normativa comunitaria. Normativa española: la Ley 9/2003, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.

23. Responsabilidad medioambiental. La responsabilidad objetiva y subjetiva. La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental y su desarrollo Reglamentario. Tipología de infracciones. La obligación de restaurar e indemnizar. Las sanciones. Aplicación del principio non bis in ídem. Las medidas cautelares.

24. El cambio climático. Evidencia científica del fenómeno: impactos, adaptación y mitigación. Respuesta internacional ante el cambio climático: la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y los acuerdos post Kioto. Los mecanismos de flexibilidad. El régimen jurídico del comercio de derechos de emisión. Estrategia comunitaria ante el cambio climático. Estrategia española ante el cambio climático.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular.

Presidente: José María Solano López, Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Secretaria: Ana Isabel Vicente Rangel, Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Vocales: Alberto Moral González, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Guillermo Fernández Centeno, Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Paula Fernández Rodríguez, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Tribunal suplente.

Presidenta: M.ª Ángeles Soria Sánchez, Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.

Secretario: José Javier Broncano Gil, Cuerpo de Ingenieros de Montes de Estado.

Vocales: Marta Aragón Carrera, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Paz Fentes Piñeiro, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.

Lucía Iglesias Blanco, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas de idiomas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado», «Código», se consignará «0101».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L» para los aspirantes de acceso libre y la letra «P» para los que participen por promoción interna.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 22, los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo consignando la letra «G».

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Ingeniero de Montes» o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.

En el recuadro 25, apartado A, los aspirantes por el turno de promoción interna, consignarán el idioma obligatorio elegido por el aspirante.

En el recuadro 25, apartado B, se consignará el idioma voluntario elegido por el aspirante.

En el recuadro 25, apartado C, se consignará «F», si es personal funcionario y «L», si es personal laboral, para los aspirantes que participen por el sistema de promoción interna.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 30,19 euros para el sistema general de acceso libre, y de 15,25 euros para el sistema de promoción interna. El importe reducido para familias numerosas será de 15,25 euros para acceso libre y 7,70 euros para promoción interna.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071, Madrid.

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