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Documento BOE-A-2017-10729

Resolución de 5 de septiembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Bancaria La Caixa, para la implementación de "Ciberaulas Solidarias" en centros penitenciarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2017, páginas 92424 a 92429 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2017-10729

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 23 de agosto de 2017 el Convenio de Colaboración entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Bancaria La Caixa, para la implementación de «Ciberaulas Solidarias» en centros penitenciarios, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 5 de septiembre de 2017.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Convenio de colaboración para la implementación de «Ciberaulas Solidarias» en centros penitenciarios entre la Fundación Bancaria La Caixa y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias

Madrid, el día 23 de agosto de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Jaume Giró i Ribas, actuando en nombre y representación de la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «la Caixa» (en adelante, Fundación Bancaria «la Caixa» u Obra Social «la Caixa»), en su calidad de Director General, entidad domiciliada en Barcelona, Avenida Diagonal, 621-629, y con N.I.F. G-58899998.

De otra, el Sr. D Angel Yuste Castillejo, en su calidad de Secretario General de Instituciones Penitenciarias por Real Decreto de nombramiento 1964/2011, de 30 de diciembre («BOE» de 31 de diciembre), y con competencia para firmar convenios según Orden INT 50/2010 de 12 de enero y Orden INT 1470/2008, de 27 de mayo, sobre régimen transitorio de delegación de competencias en el Ministerio del Interior, en relación con las anteriores Órdenes INT 2853/2006, de 13 de septiembre e INT 985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

Las Partes se reconocen mutua y recíprocamente, en la condición en la que actúan, capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que el Ministerio del Interior y la Fundación Bancaria «la Caixa» suscribieron diferentes Convenios de Colaboración, con fecha de 8 de enero de 2008, 11 de julio de 2012, 2 de julio de 2013, 21 de abril de 2014 y 14 de octubre de 2015 con la finalidad de proceder al desarrollo del Programa de CiberCaixa (denominadas indistintamente también como EspacioCaixa) Solidaria en distintos centros penitenciarios del territorio nacional y al desarrollo de actividades formativas en informática dirigidas a jóvenes y a mayores que cumplen condena en centros penitenciarios. El programa cuenta, a su vez, tanto con profesionales, como con la colaboración voluntaria de personas mayores que, como dinamizadores, hagan posible el cumplimiento de fines descritos.

II. Que los mencionados Convenios de Colaboración han permitido la implementación del programa a partir de la instalación de Cibercaixa en los centros Penitenciarios de Teixeiro (Galicia), Villabona (Asturias), Badajoz (Extremadura), de Picassent (Valencia), de Zuera (Zaragoza), Las Palmas, Sevilla y Mallorca, y atender a los centros de Inserción Social de Victoria Kent en Madrid, de Guillermo Miranda en Murcia, Dulce Chacón de Cáceres, Mercedes Pinto de Santa Cruz de Tenerife, Carmen Avendaño de Vigo, Albacete, Concepción Arenal de Ciudad Real, Jesús Hadad Blanco de León, Evaristo Martín Nieto de Málaga y Alfredo Jorge Suar Muro de Jerez de la Frontera, en centro de mayores propios, en Convenio o en entidades Reincorpora.

III. Que las partes valoran muy positiva esta colaboración y manifiestan su intención de seguir colaborando conjuntamente con la finalidad de hacer posible su implementación en las distintas prisiones, especialmente en aquellas que tienen proyectado un programa de «Preparación para la libertad» con el objetivo fundamental de preparar a los reclusos, que tienen próxima su excarcelación, para su vida en libertad, y de promocionar el acercamiento de las personas reclusas a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

De conformidad con las anteriores manifestaciones y conforme la representación que ostentan, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración sujeta a los siguientes

PACTOS

Primero. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases a partir de las cuales la Secretaría General de instituciones Penitenciarias y la Fundación Bancaria «la Caixa» procederán al desarrollo del programa de lucha contra el analfabetismo digital de la población reclusa, y a promover la participación de los internos residentes en los Centros de Inserción Social en las aulas que el programa disponga en el territorio nacional para el desarrollo de actividades formativas en informática dirigidas a los reclusos.

Las CiberCaixa cubrirán un cuádruple objetivo, según se describe:

A) Prestar una actividad formativa dirigida a internos, en preparación para la libertad, mediante la realización de cursos y talleres de informática que impartirán personas mayores voluntarias, preparadas específicamente para ello. Las finalidades son: proporcionar a estos internos habilidades informáticas y conocimientos para facilitar su inserción social y laboral, siendo especialmente importante el que sean personas mayores quienes dinamicen los cursos y talleres por varios motivos:

I. Para abrir así un nuevo frente de acción y de presencia en el amplio escenario de los espacios sociales donde ya están presentes.

II. Para favorecer el diálogo intergeneracional con un sector poblacional muy estigmatizado, como son los internos e internas, pero muy necesitados de modelos diferentes de buen trato humano, de diálogo, confianza mutua. La experiencia, la asertividad, y la madurez personal de las personas mayores, son una garantía educativa para los reclusos.

III. Para contar con ellos como auténticos cuidadores, ya que su trabajo va más allá de la simple instrucción técnica sobre el manejo de los ordenadores. Está previsto que se integren, en la medida de sus posibilidades, en el equipo multidisciplinar que va a llevar en cada centro el proyecto de «Preparación para la libertad».

B) Prestar una actividad dirigida a personas con conocimientos informáticos básicos, de más de 55 años de edad en reclusión, impartida por profesionales, siguiendo el mismo modelo que Fundación Bancaria «la Caixa» está siguiendo ya desde hace años en el programa de acercamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en las CiberCaixa de centros de mayores propios o en convenio con las Consejerías de Bienestar Social de las distintas Comunidades Autónomas.

El proyecto para formar en las tecnologías de la información y de la comunicación a personas mayores reclusas es una necesidad detectada por Instituciones penitenciarias y tiene por objeto evitar el aislamiento, la pasividad, el retraimiento y el sentimiento de inutilidad y depresión de los mayores reclusos, potenciar la actividad y la comunicación, así como ayudarles a crear nuevos intereses que les facilite la reinserción social.

C) Fomentar la formación en informática de los internos residentes en los Centros de inserción Social, promoviendo la asistencia a las CiberCaixa o centros Reincorpora, implantados en la localidad dónde éstos radiquen. De este modo, estos internos, que tiene próxima su excarcelación, pueden adquirir herramientas que les faciliten su inserción social i laboral.

D) Facilitar la formación en las tecnologías de la información y la comunicación de los participantes en el programa Re-Incorpora de la Fundación Bancaria «la Caixa».

Segundo. Ámbito de actuación.

A los centros penitenciarios que ya han venido participando en el programa CiberCaixa (En régimen cerrado: Teixeiro, Villabona, Badajoz, Valencia, Zaragoza, Las Palmas, Sevilla y Palma de Mallorca, y en régimen abierto: los Centros de Inserción Social de Victoria Kent en Madrid, Guillermo Miranda en Murcia, Dulce Chacón de Cáceres, Mercedes Pinto de Santa Cruz de Tenerife, Carmen Avendaño de Vigo, Evaristo Martín Nieto de Málaga, Marcos Ana Albacete, Alfredo Jorge Suar Muro de Jerez de la Frontera, Concepción Arenal de Ciudad Real y Jesús Hadad Blanco de León), se incorporará en los próximos dos años el Centro de Inserción Social José Hierro de Santander.

Tercero. Compromisos de la Obra Social «la Caixa».

Fundación Bancaria «la Caixa» se compromete a asumir el coste del mantenimiento de la Ciberaulas instaladas, así como la reposición del material informático que se haya deteriorado. En todo caso, a la conclusión del programa CiberCaixa, Fundación Bancaria «la Caixa» tendrá derecho a retirar de las instalaciones penitenciarias todos los equipos informáticos y los demás bienes muebles que puedan extraerse sin menoscabo de los inmuebles en los que se encuentren.

Fundación Bancaria «la Caixa» se compromete a diseñar y coordinar los programas formativos a desarrollar en colaboración con las entidades o instituciones de voluntarios de cada Comunidad Autónoma, a fin de poder desarrollar la actividad de formación proyectada en forma de curso o talleres.

Fundación Bancaria «la Caixa» se compromete a programar y desarrollar cursos de informática dirigidos a personas mayores de 55 años de edad, en reclusión en los establecimientos penitenciarios objeto de este convenio, de entre los propios del programa Informática y Comunicación.

Fundación Bancaria «la Caixa» pone a disposición del programa, los centros de mayores y las aulas de CiberCaixa para el uso por parte de los internos residentes de los Centros de inserción Social detallados anteriormente (ver Anexo I).

Cuarto. Compromisos que asume la secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se compromete a ceder el espacio que ocupan las CiberCaixa y a mantener su uso prioritario para el programa mientras dure la vigencia del presente Convenio de Colaboración.

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias pondrá a disposición del Programa las instalaciones y los recursos humanos y materiales necesarios para la puesta en marcha de éste y para su correcto funcionamiento y desarrollo.

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, como titular de los centros penitenciarios adscritos al presente Convenio, se hará cargo del mantenimiento de las líneas telefónicas destinadas al funcionamiento de las CiberCaixa que se instalen o estén instaladas.

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se compromete a promover la asistencia de los internos de los centros penitenciarios donde se lleve a cabo el programa, sea en los Centros Penitenciarios en régimen cerrado como en los Centros de Inserción Social, así como a velar por conocer la asiduidad de la asistencia de los internos residentes en los centros de Inserción Social a los cursos.

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se compromete a informar a los responsables de los Centros Penitenciarios y de los Centros de Inserción Social de la necesidad que tiene el programa, para su buen funcionamiento, del interés e implicación de los correspondientes responsables educativos en el inicio seguimiento y evaluación final de cada curso.

Quinto. Confidencialidad.

Toda la información o documentación que cada una de las partes obtenga de la otra con motivo del presente Convenio tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada, salvo en los términos o condiciones que las Partes acuerden. Se excluye de categoría de información confidencial toda aquella información que deba ser revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente.

Sexto. Recursos Humanos.

En ningún caso se establecerá relación alguna de carácter funcionarial, estatutaria, contractual o laboral de cualquier tipo entre el personal que aporte la Fundación Bancaria «la Caixa» y las entidades o Instituciones de personas mayores, en el ámbito del presente convenio de colaboración. Así el personal voluntario en Centros Penitenciarios, y los profesionales contratados por Fundación Bancaria «la Caixa» para prestar la actividad formativa dirigida a las personas mayores internas en prisiones, se regirá por las condiciones contractuales establecidas al efecto, sin vinculación alguna con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Séptimo. Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento del desarrollo de este convenio, se podrá constituir una comisión paritaria mixta, integrada por representantes de cada una de las partes firmantes, que establecerá de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento. A esta comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:

Acordar la concreción de las actividades a llevar a término en cumplimiento de este Convenio.

Velar por el correcto desarrollo del proyecto y las necesidades que puedan surgir en la implementación del mismo.

Evaluar el cumplimiento de los objetivos.

Realizar el control y seguimiento y velar por la correcta aplicación de los recursos económicos dedicados a la realización de los cursos dinamizados por profesionales.

Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.

Evaluar el resultado del proyecto y de la colaboración.

Y en general, todas aquéllas que se desprenden del presente Convenio y o que las partes estimen convenientes.

La comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las Partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo.

Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se adecuará a lo dispuesto para los órganos colegiados en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octavo. Tratamiento de datos de carácter personal.

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (LOPD) y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la mencionada Ley orgánica, los legales representantes de las partes, reconocen quedar informados y consentir, que los datos personales reflejados en el presente convenio, así como los que se generen con motivo de la relación, serán incorporados a un fichero de cada parte respectivamente, con la finalidad de gestionar la referida relación contractual descrita en el presente convenio. Cualquiera de las partes podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito a las direcciones arriba indicadas. Asimismo, las partes hacen constar de forma expresa que se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales de que dispongan como consecuencia de la firma de este convenio, salvo aquel que sea estrictamente necesario para las finalidades del mismo. En este sentido se comprometen, especialmente, a no ceder a terceros los datos mencionados o los archivos que los contienen, así como a guardar estricta confidencialidad sobre los mismos.

Queda expresamente convenido que todos los datos o información que La Entidad comunique a la Obra Social «la Caixa» en relación con el proyecto o programa objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidas de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrán informada a la Obra Social «la Caixa» de la evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual.

Sin perjuicio de lo anterior, La Entidad declara que cumplirá, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, entre ellas, la de cumplir con los requisitos de información dispuestos en el artículo 5 de la LOPD, y de recabar el consentimiento de los titulares de los datos que vayan a ser objeto de tratamiento, cuando la citada Ley así lo prevea. Asimismo, se compromete a aplicar las medidas de seguridad que dicha ley establezca, manteniendo indemne a la Fundación Bancaria «la Caixa» de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.

Noveno. Imagen Institucional.

En las CiberCaixas aparecerán los elementos gráficos de difusión de la Fundación Bancaria «la Caixa» (Obra Social «la Caixa»), según su propio diseño.

La Fundación Bancaria «la Caixa» quedará autorizada para colocar y mantener a su cargo, en los establecimientos penitenciarios objeto de la colaboración, un rótulo de su propio diseño en el que se exprese la mencionada colaboración, y que será previamente aprobado por la Comisión de seguimiento.

Asimismo en los elementos de difusión de las actuaciones incluidas en éste Convenio y promovidas conjuntamente por la Fundación Bancaria «la Caixa» y el Ministerio del Interior aparecerá la imagen gráfica de ambas instituciones.

Décimo. Régimen Jurídico.

1. Este convenio queda excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto legislativo 30/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba la Ley de Contratos del Sector Público.

2. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que sean objeto de conciliación en el seno de la comisión de seguimiento a que se refiere la estipulación novena, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Undécimo. Vigencia del convenio.

La vigencia del convenio se establece desde la fecha de su firma y hasta inicialmente el 31 de diciembre de 2018 si bien podrá prorrogarse por iguales períodos mediante acuerdo expreso de las partes. A fin de valorar sus posibles prórrogas, será la Comisión de Seguimiento quién valorará periódicamente la marcha del proyecto y su eficacia.

Duodécimo. Ley aplicable y sumisión.

El presente Convenio se interpretará de conformidad con la legislación española. En particular, este convenio tiene naturaleza de convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general al amparo del artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin finalidades lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las Partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales competentes de la ciudad de Barcelona, renunciando las partes de forma expresa a su propio fuero si fuese distinto.

Y para dejar constancia de lo convenido, las partes firman el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.–Por la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «la Caixa», Jaume Giró i Ribas.

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