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Documento BOE-A-2017-10738

Impugnación de disposiciones autonómicas (título V LOTC) núm. 6330-2015, en relación con la Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015. Incidente de ejecución en relación con diversos acuerdos del Parlamento de Cataluña de 6 de septiembre de 2017 relativos a la tramitación de la proposición de ley del referéndum de autodeterminación.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 21 de septiembre de 2017, páginas 92450 a 92450 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2017-10738

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 19 de septiembre actual, en la impugnación de disposiciones autonómicas (título V LOTC) núm. 6330-2015, promovida por el Gobierno de la Nación frente al Parlamento de Cataluña, en relación con Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015, en el incidente de ejecución en relación con diversos acuerdos del Parlamento de Cataluña de 6 de septiembre de 2017 relativos a la tramitación de la proposición de ley del referéndum de autodeterminación, en su parte dispositiva ha acordado:

«Estimar el incidente de ejecución formulado por el Abogado del Estado respecto de los referenciados acuerdos del Parlamento de Cataluña de 6 de septiembre de 2017 relativos a la tramitación de la proposición de ley del referéndum de autodeterminación y, en su virtud:

Primero.

Declarar la nulidad del acuerdo de la Mesa de admisión a trámite por el procedimiento de urgencia extraordinaria de la proposición de ley del referéndum de autodeterminación, así como del acuerdo de la Mesa que rechaza la reconsideración de esa decisión.

Segundo.

Declarar la nulidad de los acuerdos del Pleno por los que se incluye en el orden del día de 6 de septiembre de 2017 el debate y votación de la referida proposición de ley y se suprimen los trámites esenciales del procedimiento legislativo.

Tercero.

Deducir testimonio de particulares a fin de que el Ministerio Fiscal proceda, en su caso, a exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder a la Presidenta del Parlamento de Cataluña, doña Carme Forcadell i Lluis, al Vicepresidente primero de la Mesa del Parlamento, don Lluís Guinó i Subirós, a la Secretaria primera de la Mesa, doña Anna Simó i Castelló, al Secretario tercero de la Mesa, don Joan Josep Nuet i Pujals, y a la Secretaria cuarta de la Mesa, doña Ramona Barrufet i Santacana, por incumplir el mandato del párrafo primero del artículo 87.1 LOTC, en relación con los hechos objeto del presente incidente de ejecución.

Cuarto.

Declarar que el presente Auto es inmediatamente ejecutivo desde su publicación.

Publíquese este Auto en el “Boletín Oficial del Estado”, así como los correspondientes edictos de su parte dispositiva.»

Madrid, 19 de septiembre de 2017.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Edicto
  • Fecha de disposición: 19/09/2017
  • Fecha de publicación: 21/09/2017
  • Aplicable desde el 21 de septiembre de 2017.
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Impugnación de resolución autonómica núm. 6330/2015 (Ref. BOE-A-2015-12206).
  • DECLARA:
    • la estimación de incidente de ejecución respecto a la Sentencia 259/2015, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-308).
    • la nulidad de los acuerdos de la Mesa y el Pleno del Parlamento de Cataluña de 6 de septiembre de 2017.
  • PUBLICA parte dispositiva del Auto 123/2017, de 19 de septiembre (Ref. BOE-A-2017-10826).
Materias
  • Cataluña
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Parlamento Autonómico
  • Referéndum
  • Tribunal Constitucional

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