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Documento BOE-A-2017-11194

Resolución 420/38218/2017, de 19 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el desarrollo de prácticas externas del alumnado del Conservatorio Superior de Música de Murcia "Manuel Masotti Littel" en la Unidad de Música de la Academia General del Aire, en San Javier (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 2 de octubre de 2017, páginas 95616 a 95622 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-11194

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 13 de septiembre de 2017 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de prácticas externas del alumnado del Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Masotti Littel» en la Unidad de Música de la Academia General del Aire, en San Javier (Murcia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 19 de septiembre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de prácticas externas del alumnado del Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Masotti Littel» en la Unidad de Música de la Academia General del Aire, en San Javier (Murcia)

En Madrid, a 13 de septiembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Javier Salto Martínez-Avial, Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, nombrado por Real Decreto 352/2017, de 31 de marzo, actuando en virtud de delegación de firma de la Ministra de Defensa concedida expresamente para este acto.

Y, de otra parte, la señora doña Adela Martínez-Cachá Martínez, Consejera de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia nombrada por Decreto de la presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia número 18/2017, de 4 de mayo, y autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 11 de julio.

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 45.1 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que «las enseñanzas artísticas tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música, la danza, el arte dramático, las artes plásticas y el diseño».

Segundo.

Que en aplicación del Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla la posibilidad de realización de prácticas externas, que tienen por objetivos complementar la formación del estudiante y acercarlo a la realidad del ámbito profesional donde ejercerá su actividad una vez haya finalizado sus estudios. Así, en el artículo 11.3 del citado Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, se establece que «las Administraciones educativas o los centros promoverán la firma de convenios con empresas e instituciones para la realización de prácticas externas por parte de los alumnos que cursan estas enseñanzas».

Tercero.

Que los estudios superiores de Música impartidos en el Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Massotti Littel» se encuentran enmarcados dentro de las exigencias del Espacio Europeo de Educación Superior, siendo de aplicación la nueva ordenación académica de los estudios superiores implantada por la entonces Consejería de Educación, Universidades y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previendo la realización de prácticas externas en los dos últimos años de dichos estudios, por lo que sería importante contar con la posibilidad de realizar prácticas en la Unidad de Música de la Academia General del Aire.

Cuarto.

Que el Ejército del Aire cuenta entre sus unidades con una Unidad de Música con sede en la Academia General del Aire, en San Javier (Murcia), y considera de interés para dar a conocer dicha Unidad de Música, así como para la captación de futuros músicos y directores para su incorporación a los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, la realización de prácticas, por parte de los alumnos del Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Massotti Littel», en la Unidad de Música de la Academia General del Aire.

Quinto.

Que el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, dispone que la participación de las empresas y otras entidades en el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional se desarrollará, entre otros, en el ámbito de la formación de los alumnos en los centros de trabajo y la realización de otras prácticas profesionales y que dicha colaboración se instrumentará mediante los oportunos convenios y acuerdos.

Sexto.

Que el artículo dieciséis.1 del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia otorga a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollen.

De conformidad con el artículo 6 del Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia número 32/2017, de 16 de mayo, por el que se modifica el Decreto del Presidente número 3/2017, de 4 de mayo, de Reorganización de la Administración Regional, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, en materia de, entre otras, educación reglada no universitaria en todos sus niveles.

Séptimo.

Que la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, en su artículo 55.2 determina que «el Ministerio de Defensa promoverá la colaboración de la Administración General del Estado, de las instituciones autonómicas y locales y de las entidades culturales, sociales y empresariales con los centros docentes militares».

Octavo.

Que ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Las entidades firmantes acuerdan como objeto del presente convenio el desarrollo de las prácticas externas de alumnos del Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Massotti Littel», en adelante Conservatorio Superior de Música de Murcia, en la Unidad de Música de la Academia General del Aire (AGA), en San Javier (Murcia), en adelante Unidad de Música de la AGA.

Segunda. Obligaciones de las partes.

La Unidad de Música de la AGA se compromete al cumplimiento del programa formativo que previamente se haya acordado con el Conservatorio Superior de Música de Murcia, a realizar su seguimiento y a valorar el progreso de los alumnos, coordinando con el Conservatorio Superior de Música de Murcia la revisión de la programación si, una vez iniciado el período de prácticas y a la vista de los resultados, así fuese necesario. Dicho programa formativo no supondrá interferencia en las actividades propias de la Unidad, llevándose a cabo durante los ensayos diarios de la Unidad de Música de la AGA y no durante las actuaciones que la misma pudiera realizar, quedando supeditado, en todo caso, a las necesidades del servicio.

La Unidad de Música de la AGA nombrará un tutor, que será el responsable de la coordinación de las actividades formativas a realizar asesorando al alumno en su desarrollo, facilitará las relaciones con el profesor-tutor del Conservatorio Superior de Música de Murcia y colaborará, aportando las observaciones sobre el rendimiento del alumno, en los informes valorativos que contribuyan a la evaluación del mismo. A tal fin, la AGA facilitará al profesor-tutor, nombrado por el Conservatorio, el acceso temporal a la AGA y la realización de actuaciones de valoración y supervisión del proceso.

Durante el periodo de vigencia de este convenio, el Conservatorio Superior de Música de Murcia admitirá preferentemente a los miembros de la Unidad de Música de la AGA que deseen hacer uso de la formación continua prevista en el punto cuarto de la Resolución de 25 de julio de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se establece para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Música, se completan los planes de estudios iniciados en los años académicos 2010-2011 y 2011-2012 y se regula la prueba específica de acceso («BORM» número 189, de 16 de agosto). En el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento descrita en la cláusula quinta se determinarán los miembros de la Unidad de Música de la AGA que, por cada curso académico, vayan a cursar los citados estudios en función de la oferta de plazas. Los acuerdos que la Comisión Mixta adopte al respecto quedarán reflejados en el documento que figura como anexo II al presente convenio (Miembros de la Unidad de Música de la Academia General del Aire para cursar formación continua en el Conservatorio Superior de Música de Murcia).

Tercera. Desarrollo de las prácticas externas.

Este convenio se desarrollará de conformidad con la normativa educativa vigente, que ambas partes conocen y aceptan.

En todo momento, los alumnos irán provistos de su documento nacional de identidad (o documento oficial que acredite la identidad) y de un documento acreditativo de su condición de alumno del Conservatorio Superior de Música de Murcia. Los alumnos deberán cumplir permanentemente con las normas propias de la AGA de régimen interior y de identificación, por lo que siempre deberán ir correctamente identificados.

El Conservatorio Superior de Música de Murcia, de acuerdo con sus necesidades formativas, propondrá al Coronel Director de la AGA, para su aprobación, a los alumnos que en cada caso van a realizar las prácticas externas programadas, sin que ello implique relación laboral alguna.

Cada alumno dispondrá de un documento de seguimiento de asistencia y evolución de las actividades realizadas, que será supervisado por el tutor de la Unidad de Música de la AGA en colaboración con el profesor-tutor del Conservatorio Superior de Música de Murcia. En dicho documento figurarán las actividades más significativas realizadas durante el período de duración de las prácticas, con registro de la fecha y de los resultados semanales. Estos resultados semanales se reflejarán en una ficha de seguimiento y evaluación, que cumplimentará el tutor de la Unidad de Música de la AGA. Dicho documento que cumplimentará el tutor será aportado por el Conservatorio Superior de Música de Murcia.

La realización de las prácticas en la Unidad de Música de la AGA podrá suspenderse o modificarse, para un determinado alumno o grupo de alumnos, por decisión conjunta o unilateral de cualquiera de las partes firmantes, en los siguientes casos:

a) Faltas repetidas de asistencia o de puntualidad no justificadas.

b) Falta de aprovechamiento.

c) Actitud incorrecta.

Las prácticas desarrolladas al amparo de este convenio no constituirán relación laboral, funcionarial, estatutaria o contractual entre el alumno y el Ministerio de Defensa.

Las contingencias de accidente o enfermedad que puedan sufrir los alumnos con ocasión o como consecuencia del desarrollo de las prácticas externas, incluidos los desplazamientos entre el domicilio y la AGA, quedarán cubiertas por el Seguro Escolar de acuerdo con su normativa reguladora y por el seguro adicional contratado por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para complementar las prestaciones del Seguro Escolar y cubrir la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados a terceros por los alumnos en el desarrollo de las prácticas externas.

El Ejército del Aire informará sobre las normas de seguridad y de prevención de riesgos laborales en vigor y, en su caso, exigirá la utilización de los equipos de protección individual necesarios.

Con respecto a los datos de carácter personal a que las partes puedan acceder durante la ejecución del convenio, estas se comprometen a tratar dichos datos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el resto de normas aplicables a esta materia.

Cuarta. Financiación.

Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación económica alguna entre las partes firmantes. Asimismo, la suscripción del presente convenio no conlleva ningún gasto para la AGA ni para la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Por tanto, no habrá, en ningún caso, aumento del gasto público ni incremento presupuestario.

Los alumnos no percibirán por parte del Ministerio de Defensa cantidad alguna por la realización de las actividades formativas.

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

Para la aplicación del convenio y el seguimiento del cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento, que estará integrada por el Coronel Director de la AGA o persona que le sustituya, por el Director del Conservatorio Superior de Música de Murcia o persona que le sustituya, por el Capitán Director de la Unidad de Música de la AGA y por un profesor-tutor de los alumnos, que actuará como secretario.

En el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento descrita se determinarán los alumnos que, por cada curso académico, vayan a realizar las prácticas en la Unidad de Música de la AGA, las horas de la formación y las fechas de realización. Los acuerdos que la Comisión Mixta adopte al respecto quedarán reflejados en el documento que figura como anexo I al presente convenio (Alumnos del Conservatorio Superior de Música de Murcia para la realización de prácticas externas en la Unidad de Música de Academia General del Aire).

La Comisión Mixta podrá, en cualquier momento, proponer a ambas partes la modificación de las cláusulas de este convenio, así como la supresión o adición de cualquier otra cláusula que estime oportuna. Se reunirá al menos una vez por curso académico y, además, cuando resulte necesario a solicitud de alguna de las partes. Las decisiones se tomarán por unanimidad.

Sexta. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de la ejecución del convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo de las mismas en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Séptima. Vigencia.

El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años académicos (2017/2018-2018/2019-2019/2020-2020/2021), pudiéndose prorrogar por periodos anuales hasta un máximo de cuatro años por acuerdo expreso de las partes mediante la suscripción de las correspondientes adendas al convenio. El convenio surtirá efectos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La colaboración objeto de este convenio estará siempre supeditada a las necesidades de la Defensa Nacional y, en particular, a las del Ministerio de Defensa de cualquier índole, por lo que, surgida tal necesidad, el convenio quedará suspendido en tanto persista la misma o, en su caso, extinguido, sin que sea preciso aviso o denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o de terceros, ni de concesión de indemnización o compensación a su favor.

Octava. Causas de resolución.

El presente convenio quedará resuelto por las siguientes causas:

a) Mutuo acuerdo de las partes.

b) Finalización del plazo de vigencia del convenio o de las prórrogas en su caso.

c) Denuncia del convenio por alguna de las partes, que deberá efectuarse por escrito con una antelación mínima de dos meses exponiendo las causas que motivan tal decisión.

d) Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

e) Incumplimiento grave, acreditado por una de las partes, de las obligaciones establecidas en el presente convenio.

f) Inadecuación pedagógica de las prácticas externas o vulneración de la normativa vigente.

En su caso, la Comisión Mixta de Seguimiento adoptará las medidas necesarias para facilitar la liquidación de las obligaciones en curso de acuerdo con la normativa vigente.

Como prueba de conformidad con cuanto antecede y para que quede constancia, las partes firman el presente convenio, que se extiende en dos ejemplares originales y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa , el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, Javier Salto Martínez-Avial.–Por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Consejera de Educación, Juventud y Deportes, Adela Martínez-Cachá Martínez

ANEXO I
Alumnos del Conservatorio Superior de Música de Murcia para la realización de prácticas externas en la Unidad de Música de la Academia General del Aire

La Comisión Mixta de Seguimiento acuerda la incorporación de los alumnos del Conservatorio Superior de Música de Murcia, previstos a continuación, a la Unidad de Música de la Academia General del Aire para la realización de prácticas externas en los períodos expresados para cada uno de ellos.

Estudios Superiores de Música/especialidad: ................................................................

Curso académico: ………../…………

Referencia y dirección del lugar de trabajo: …….........................………………………….

Referencia y dirección del lugar de realización de las prácticas: Unidad de Música de la Academia General del Aire, calle Coronel López Peña, s/n, 30720, Santiago de la Ribera, Murcia.

Relación nominal de alumnos, con expresión de su DNI/NIE, número de horas y período que van a permanecer en la Unidad de Música de la Academia General del Aire:

……………………………………………………………………………………………...........

.........................................................................................................................................

.........................................................................................................................................

.........................................................................................................................................

En cumplimiento de la cláusula tercera del convenio, se designa profesor-tutor de los alumnos a ……………………………………………………. y tutor de la Unidad de Música de la Academia General del Aire a …………………………......…………...………………………

………………….., …… de …………………. de ……....

Por el Ministerio de Defensa

Por la Consejería de Educación, Juventud

y Deportes de la Comunidad Autónoma

de la Región de Murcia

El Coronel Director de la Academia General del Aire

El Director del Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Massotti Littel»

Miguel Ivorra Ruiz

Miguel Ángel Centenero Gallego

ANEXO II
Miembros de la Unidad de Música de la Academia General del Aire para cursar formación continua en el Conservatorio Superior de Música de Murcia

La Comisión Mixta de Seguimiento determina los miembros de la Unidad de Música de la AGA que van a cursar la formación continua prevista en el punto cuarto de la Resolución de 25 de julio de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se establece para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Música, se completan los planes de estudios iniciados en los años académicos 2010-2011 y 2011-2012 y se regula la prueba específica de acceso («BORM» número 189, de 16 de agosto de 2013).

Estudios Superiores de Música/especialidad: …….......................................……………

Curso académico: ………../…………

Lugar: Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Massotti Littel».

Relación nominal de miembros de la Unidad de Música de la Academia General del Aire:

……………………………………………………………………………............………………

……………………………………………………………………………............………………

……………………………………………………………………………............………………

……………………………………………………………………………............………………

………………….., …… de …………………. de ……....

Por el Ministerio de Defensa

Por la Consejería de Educación, Juventud

y Deportes de la Comunidad Autónoma

de la Región de Murcia

El Coronel Director de la Academia General del Aire

El Director del Conservatorio Superior de Música de Murcia «Manuel Massotti Littel»

Miguel Ivorra Ruiz

Miguel Ángel Centenero Gallego

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