Antecedentes de hecho
El 28 de junio de 2017, la entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L. (NIF B-20991220), domiciliada en la calle Anardi, número 5, 20730 de Azpeitia, Gipuzkoa, presenta solicitud de designación como organismo notificado de contadores de energía eléctrica estáticos de energía activa, clases A, B y C, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F, de acuerdo con el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología (BOE número 137, de 7 de junio de 2016).
Una vez examinada la documentación presentada, se comprueba que esta entidad cumple con las prescripciones legales y reglamentarias establecidas en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología (BOE número 309, de 23 de diciembre de 2014) y en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, donde se establecen los requisitos y las condiciones técnicas para la designación de organismos notificados.
A fecha de hoy, esta entidad se encuentra acreditada para la fase de comercialización y puesta en servicio de contadores de energía eléctrica estáticos de energía activa, clases A, B y C, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F, de acuerdo con el certificado de acreditación número OC-P/409 y su anexo técnico, Rev. 1 de 16 de junio de 2017, emitido por la Entidad Nacional de Acreditación.
Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes
Fundamentos jurídicos
La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 74/2017, de 11 de abril (BOPV de 21 de abril de 2017), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.
La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, y el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014.
Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación, resuelvo:
Designar a la entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en calle Anardi, número 5, 20730 de Azpeitia, Gipuzkoa, como organismo notificado de contadores de energía eléctrica estáticos de energía activa, clases A, B y C, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F.
El alcance de esta designación se basa en los instrumentos incluidos en la acreditación emitida por ENAC, con número OC-P/409 y su anexo técnico, con las limitaciones de alcance y rangos de medida establecidos en la misma. Por este motivo, cualquier modificación que se produzca en el anexo técnico de esta acreditación deberá ser comunicada a esta Dirección en un plazo máximo de diez días y previo a su aplicación como organismo notificado.
A efectos del registro de organismos notificados de la CAPV, se asigna el número 01-ON-0001 a Tecnalia R&I Certificación, S.L.
La entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., en su actuación como organismo notificado de contadores de energía eléctrica estáticos de energía activa, clases A, B y C, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F, estará sometida en todo momento con lo que disponen la Ley 32/2014, el Real Decreto 244/2016, órdenes indicadas en los fundamentos jurídicos de esta designación, así como también cualquier otra disposición que establezca el Ministerio correspondiente y esta Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial.
La competencia para efectuar la inspección, intervención y control de las actuaciones realizadas por el organismo notificado designado, corresponde a la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial. Además, se podrán realizar inspecciones para comprobar el mantenimiento de los requisitos que dieron origen a esta autorización.
La entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., deberá satisfacer de forma continuada los requisitos establecidos en la normativa aplicable para ser designado como organismo notificado de contadores de energía eléctrica estáticos de energía activa, clases A, B y C, en los módulos de evaluación de la conformidad B, D y F, y deberán notificar a esta Dirección cualquier cambio o modificación que pueda afectar a estos requisitos, sobrevenidos con posterioridad a la presente resolución.
La presente designación como organismo notificado de la entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., mantendrá su vigencia siempre y cuando la entidad cumpla con los requisitos que fueron de base para su designación establecidos en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, y de cumplimiento en lo establecido en cualquier Directriz del Consejo Superior de Metrología referida al artículo 16.2 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, y del artículo 8.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. En el caso de que la acreditación otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación sea suspendida o retirada, la presente designación quedará sin efecto de manera automática, hasta la resolución del correspondiente procedimiento de suspensión o retirada por parte de esta Dirección. Además, la presente designación podría ser también restringida, suspendida o retirada en los casos establecidos en el artículo 64 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
La entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., como organismo notificado, colaborará con las Administraciones Públicas con competencia ejecutiva en el control metrológico del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.4 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
En el posible caso de actuación como organismo notificado, salvo para el módulo F, se respetará de forma rigurosa la no existencia de conflicto de intereses por razón de cliente o de producto (actividades de fabricación, comercialización y reparación de instrumentos de medida sometidos a control metrológico), incluyendo la prestación de servicios, así como las incompatibilidades que se indiquen según normativa o directriz estatal y/o autonómica.
Anualmente y a poder ser, en el primer mes del año, La entidad Tecnalia R&I Certificación, S.L., como organismo notificado, presentará a esta Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial un informe de actuaciones llevadas a cabo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de la misma, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Vitoria-Gasteiz, 4 de agosto de 2017.–El Director de Energía, Minas y Administración Industrial, Aitor Patxi Oregi Baztarrika.
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