Content not available in English
De conformidad con lo establecido en el artículo 450 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en los artículos 119 al 125 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo cuya descripción se especifica en el anexo de la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que pertenezcan a la primera o segunda categoría, con una antigüedad de al menos veinte años en una de ellas o entre ambas y quince años de servicio en el orden jurisdiccional correspondiente, y que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otras que comporten la reserva del puesto de trabajo en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
No podrán participar los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes, junto con un currículum vitae en el que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto al que aspiren así como los méritos que aleguen, en el plazo de diez días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se dirigirán al Sr. Secretario General de la Administración de Justicia, y deberán tener entrada en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle La Bolsa, 8 (28071 Madrid), o en la forma prevista en la normativa de procedimiento administrativo vigente.
Dentro del plazo de presentación de solicitudes y con carácter obligatorio se deberá remitir copia de la solicitud con el sello de registro, y resto de documentación a la siguiente dirección de correo electrónico: letradosaj@mjusticia.es
Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con la solicitud no es necesario adjuntar copia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, pero en cualquier momento puede ser requerida por el Secretario de Gobierno o el Ministerio de Justicia.
El Ministerio de Justicia y el Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo podrán realizar una entrevista personal a los solicitantes.
Transcurrido el plazo correspondiente para la presentación de las solicitudes y examinadas y valoradas todas ellas, el Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo propondrá a los candidatos que considere más idóneos para desempeñar los puestos convocados, que serán nombrados por el Ministerio de Justicia.
La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Ministro de Justicia.
Los nombramientos deberán efectuarse en un plazo no superior a tres meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las plazas ofertadas podrán declararse desiertas.
Atendiendo a la especial trascendencia técnica y jurídica de los puestos de trabajo de los Letrados de Sala del Tribunal Supremo, se avoca en la presente convocatoria la competencia delegada en la Secretaria de Estado de Justicia de convocatoria y resolución de los procedimientos para la cobertura de puestos mediante el procedimiento de libre designación, establecida en el art. 3.2, apartado d), de la Orden JUS/696/2015, de 16 de abril, sobre delegación de competencias
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 23 de octubre de 2017.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.
Puesto de trabajo |
Localidad |
---|---|
Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo |
Madrid. |
Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo |
Madrid. |
Requisitos de participación:
– Cuerpo: Letrados de la Administración de Justicia.
– Categoría: primera o segunda categoría, con una antigüedad de al menos veinte años en una de ellas o entre ambas y quince años de servicio en el orden jurisdiccional correspondiente.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid