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Documento BOE-A-2017-12893

Resolución de 26 de octubre de 2017, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con la Ley de Extremadura 1/2017, de 27 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 8 de noviembre de 2017, páginas 107622 a 107622 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-12893

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 26 de octubre de 2017.–El Secretario General de Coordinación Territorial, Juan Ignacio Romero Sánchez.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con la Ley de Extremadura 1/2017, de 27 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2017

1. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura, para el estudio y propuesta de solución de discrepancias competenciales manifestadas en relación con el apartado 5 del artículo 22 de la Ley de Extremadura 1/2017, de 27 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2017, las partes consideran solventadas las mismas en los siguientes términos:

Por la Junta de Extremadura se promoverá la modificación normativa correspondiente a fin de aplicar en relación con el apartado 5 del artículo 22 de la Ley lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 12 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que establece que al personal eventual le será de aplicación el régimen general de los funcionarios de carrera, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición.

2. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en entender resueltas las discrepancias manifestadas en relación con la disposición contemplada en este Acuerdo y concluida la controversia planteada.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Extremadura».

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