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Documento BOE-A-2017-14199

Resolución de 15 de noviembre de 2017, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Associazione Ispanisti Italiani- AISPI.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 4 de diciembre de 2017, páginas 117477 a 117480 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2017-14199

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Instituto Cervantes y la Associazione Ispanisti Italiani –AISPI–.

Madrid, 15 de noviembre de 2017.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA ASSOCIAZIONE ISPANISTI ITALIANI –AISPI–

De una parte, don Juan Carlos Reche Cala, Director del centro del Instituto Cervantes en Roma, por autorización de firma del Director del Instituto Cervantes suscrita con fecha de 18 de octubre de 2017, actúa en nombre y representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio marco en Via di Villa Albani, 16, 00198, Roma, Italia.

Y, de otra parte, doña Fausta Antonucci, Presidenta de la L’Associazione Ispanisti Italiani (AISPI), cargo para el que fue elegida en la asamblea la asociación celebrada en Turín el 16 de junio de 2017, actúa en nombre y en representación de la misma, con domicilio postal, y a los efectos del presente convenio, en Via di Villa Albani 16, 00198 Roma, Italia.

Ambas partes manifiestan y declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración en nombre de las instituciones que representan, y en su mérito

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro del Reino de España, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, creado al amparo de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, cuyos fines primordiales son la promoción universal de la lengua española y la difusión de la cultura en español en el exterior, así como el fomento de cuantas actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como lengua extranjera.

II. Que L’Associazione Ispanisti Italiani, en adelante, AISPI, es una entidad italiana de derecho privado, sin ánimo de lucro, que fue fundada en 1973 con el propósito de promover intercambios y ocasiones regulares de encuentro entre los investigadores que se dedican en Italia a los ámbitos ibérico e iberoamericano, fomentando la actividad de investigación científica y la docencia. La AISPI se propone la difusión de un conocimiento crítico de las culturas ibérica e iberoamericana, con particular atención por las disciplinas lingüística y literaria. Organiza dos congresos por trienio, colaborando con los Ateneos italianos y entidades como la Oficina Cultural de la Embajada de España y el Instituto Cervantes.

III. Que el Instituto Cervantes, a través de su centro en Roma, y la AISPI vienen colaborando con plena satisfacción de ambas entidades, por ejemplo, permitiendo el Instituto Cervantes que la AISPI declare y utilice como su domicilio postal el de la sede del centro del Instituto Cervantes en Roma en Via di Villa Albani, 16, y desean reforzar y ampliar los términos de su colaboración.

IV. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente acuerdo ha sido informado favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.

V. Que este acuerdo ha sido autorizado para su suscripción por el Ministerio de Hacienda y Función Pública con fecha 10 de octubre de 2017.

VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en sesión de fecha de 16 de junio de 1995, aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con Universidades y otras instituciones académicas y, en su sesión de 30 de septiembre de 2010, aprobó los criterios para la firma de convenios de colaboración con instituciones, tanto culturales como de carácter social, para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de sus fines.

En virtud de lo anterior ambas partes manifiestan su voluntad de firmar el presente convenio de colaboración, que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente convenio tiene por objeto establecer las líneas de colaboración entre el Instituto Cervantes a través de su centro en Roma (en adelante, el IC) y AISPI para el desarrollo de acciones y actuaciones relacionadas con la divulgación del hispanismo y los conocimientos que engloban las distintas especialidades que incluye este campo.

Segunda.

La AISPI, en función de sus medios y recursos, asumirá, entre otros, los siguientes compromisos:

Solicitará a sus socios que envíen una copia de sus publicaciones al IC, de modo que se pueda constituir un fondo del hispanismo italiano que compile también publicaciones difíciles de conseguir (extractos y publicaciones académicas de circulación limitada, etc.)

Proporcionará al IC todos los datos bibliográficos sobre el hispanismo italiano, según los vaya recopilando, de manera que permita al IC convertirse en el punto de referencia continuado (nacional e internacional) para la consulta de textos e información bibliográfica relacionada con el hispanismo italiano.

Por su parte el IC en función de sus medios y recursos, asumirá, entre otros, los siguientes compromisos:

Mantendrá en su Biblioteca una «Sección AISPI» en la que se reunirán las publicaciones enviadas por los miembros de la asociación durante la vigencia del presente convenio.

Realizará las siguientes acciones: Catalogar las publicaciones, facilitar el acceso a su consulta y a favorecer la máxima difusión de estas publicaciones entre todos los estudiosos.

Previa solicitud con la suficiente antelación, pondrá a disposición de la Dirección de la AISPI, una sala para realizar sus reuniones en el marco de los congresos trienales de la asociación. Dada la condición de patrimonio adscrito al Instituto Cervantes del edificio sede del centro en Roma, dicha puesta a disposición se realizará dentro de los límites marcados por el artículo 90.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, que regula los supuestos de «autorizaciones de uso por plazo inferior a treinta días o para la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos».

Proporcionará cumplida información a la Directiva de AISPI sobre convenios, cursos, seminarios, etc., que tengan lugar en España u otros países de los que haya tenido conocimiento, de modo que esa Directiva pueda proceder a dar difusión mediante los boletines informativos periódicos que envía a sus socios.

El IC continuará permitiendo que la AISPI declare y utilice como su domicilio postal (a los solos efectos de recepción de correspondencia) el de su sede en Roma, en Via di Villa Albani, 16.

Tercera.

La firma del presente convenio no implica la aportación de recursos económicos, no obstante, para el caso en que la realización de alguna de las actividades previstas en el mismo, fuera necesaria la aportación de recursos económicos, esta estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias de cada una de las partes para cada ejercicio económico de que se trate.

La suscripción del presente convenio no implica la transferencia de recursos del Instituto Cervantes a AISPI, ni un compromiso de realización de gastos por parte del Instituto Cervantes, que asumirá los compromisos que reconoce en el presente convenio a través de sus propios medios materiales y humanos.

Cuarta.

El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de la firma del último de los signatarios y su vigencia se extenderá por un período de 4 años, pudiendo prorrogarse en cualquier momento antes de su finalización, previo acuerdo de los firmantes, por un nuevo periodo de 4 años.

Las partes firmantes podrán resolver este convenio por denuncia de cualquiera de las mismas mediante preaviso comunicado de forma fehaciente a la otra parte con, al menos, tres meses de antelación a la fecha de resolución propuesta.

Asimismo, cuando concurran circunstancias de utilidad pública, el Instituto Cervantes podrá impedir que la AISPI declare y utilice como su domicilio postal (a los efectos de recepción de correspondencia) sin que ello comporte ningún derecho a indemnización a favor de esta.

El vencimiento del convenio no afectará a las actividades en curso.

Quinta.

Las partes firmantes podrán contar con la colaboración de cuantos departamentos, organismos, instituciones y empresas, de carácter público o privado, estén relacionados con el objeto del presente convenio y cuya contribución se considere de interés para el mismo.

Sexta.

El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente convenio se realizará mediante el intercambio de la información entre las partes y la elaboración de informes de evaluación y de valoración de los resultados. Cada parte designará al responsable del seguimiento del presente convenio.

Séptima.

El Instituto Cervantes, conforme a lo dispuesto artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, realizará la preceptiva comunicación de la firma del presente Convenio de colaboración al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Asimismo, el Instituto Cervantes realizará la tramitación de la publicación del presente convenio en el «Boletín Oficial del Estado», para su eficacia.

Octava.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de manera amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, las partes firman el presente convenio en cuatro ejemplares, dos en lengua española y dos en lengua italiana teniendo ambos textos igual valor, en los lugares y fechas indicados.–Por el Instituto Cervantes, Juan Carlos Reche Cala, Director del Centro del Instituto Cervantes en Roma.–Por la AISPI, Fausta Antonucci, Presidenta.–En Roma, a 14 de noviembre de 2017.

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