De conformidad con el artículo 16 del Reglamento UE 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación), se modifica la Decisión nº 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/79/CE de la Comisión, y dentro de las funciones que se le atribuyen, la Autoridad Europea de Seguros y Fondos de Pensiones de Jubilación (en adelante AESPJ), emitió el 2 de febrero de 2017, las Directrices sobre la facilitación de un diálogo efectivo entre las autoridades competentes que supervisan las empresas de seguros y los auditores legales y las sociedades de auditoría que efectúan la auditoría legal de tales empresas.
Estas Directrices se han emitido por la AESPJ de acuerdo con el artículo 12.2 del Reglamento (UE) 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público y por el que se deroga la Decisión 2005/909/CE de la Comisión, teniendo en cuenta las prácticas de supervisión actuales en lo que atañe a la comunicación entre las autoridades competentes que supervisan las entidades de seguros y reaseguros en la UE y el Espacio Económico Europeo y los auditores legales y las sociedades de auditoría de las entidades de seguros y reaseguros supervisadas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 111.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, esta Dirección General ha resuelto:
Hacer suyas las Directrices sobre la facilitación de un diálogo efectivo entre las autoridades competentes que supervisan las empresas de seguros y los auditores legales y las sociedades de auditoría que efectúan la auditoría legal de tales empresas, emitidas por la Autoridad Europea de Seguros y Fondos de Pensiones de Jubilación, de acuerdo con el artículo 16 del Reglamento UE 1094/2010, de 24 de noviembre, que serán aplicables a partir del 31 de mayo de 2017.
Dar publicidad a las citadas directrices, mediante su publicación en la web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Madrid, 21 de noviembre de 2017.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Alvarez Camiña.
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