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Documento BOE-A-2017-1517

Resolución de 2 de febrero de 2017, de la Presidencia del Centro Español de Metrología, por la que se delegan determinadas competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2017, páginas 10207 a 10208 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-1517
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/02/02/(8)

TEXTO ORIGINAL

El Centro Español de Metrología es un organismo autónomo, creado por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, a través de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

La modificación del Ministerio de adscripción del Centro, así como la necesidad de contemplar determinadas actuaciones no previstas anteriormente y que por mayor agilidad sería conveniente que, mediante delegación, se atribuyesen al Director del Organismo, hacen aconsejable proceder a una nueva delegación del ejercicio de las competencias del Presidente, en favor del Director del Centro, que permita una gestión más eficiente.

Por ello, conforme a lo previsto en el artículo 9 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:

Primero. Delegaciones del Presidente del Centro Español de Metrología en el Director.

Se delega en el Director del Centro Español de Metrología las siguientes competencias:

a) Las facultades de contratación en contratos hasta una cuantía de 301.000 euros IVA excluido.

b) La facultad de suscribir los negocios y relaciones jurídicas a que hace referencia el artículo 4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, salvo los recogidos en los párrafos a), e), i) y p) de dicho artículo, y sin perjuicio de lo determinado en la letra c) siguiente, hasta 301.000, IVA excluido.

c) La autorización, compromiso de gasto, reconocimiento de la obligación y ordenación de pagos, hasta una cuantía de 301.000 euros IVA excluido.

d) La autorización de comisiones de servicio nacionales e internacionales, tanto para personal funcionario como laboral, recogidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de marzo, de indemnizaciones por razón del servicio.

e) La dirección de todos los servicios y del personal del Organismo, así como la suscripción de los contratos de trabajo del personal laboral, sin perjuicio de las competencias expresamente atribuidas a otros órganos del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

f) La rendición ante el Tribunal de Cuentas, a través de la Intervención General de la Administración del Estado, de los estados de las cuentas anuales y sus anexos, prevista en el artículo 138 de la Ley General Presupuestaria, y en las reglas de la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden HAC/1300/2002, de 23 de mayo.

g) Las facultades previstas en el artículo 1.1 del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados a justificar, así como las previstas en el artículo 2.1 del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija.

h) La aprobación de las modificaciones presupuestarias que de acuerdo con la Ley 47/2003, General Presupuestaria correspondan a los máximos responsables de los organismos autónomos, hasta una cuantía de 301.000 euros.

Segundo. Avocabilidad de las competencias delegadas.

El/La Presidente/a del Centro Español de Metrología podrá avocar para sí, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 40/2015, e 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en todo momento, el conocimiento y resolución de cualesquiera de los asuntos comprendidos en la delegación de competencias a que se refiere esta Resolución.

Tercero. Obligación de publicidad de la referencia a esta Resolución en el ejercicio de las competencias delegadas en virtud de la misma.

Cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias delegadas en la presente Resolución deberán hacer expresa constancia de tal circunstancia, mediante la mención de esta Resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo previsto en el apartado 4 del artículo 9 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto. Resolución de 14 de febrero de 2003.

Queda sin efecto Resolución de 14 de febrero de 2003, del Centro Español de Metrología, sobre delegación de competencias.

Quinto. Aplicabilidad.

La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de febrero de 2017.–La Presidenta del Centro Español de Metrología, Begoña Cristeto Blasco.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/02/2017
  • Fecha de publicación: 14/02/2017
  • Efectos desde el 15 de febrero de 2017.
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 14 de febrero de 2003 (Ref. BOE-A-2003-4682).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Centro Español de Metrología
  • Delegación de atribuciones

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