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Documento BOE-A-2017-15586

Orden HFP/1286/2017, de 22 de diciembre, sobre delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 27 de diciembre de 2017, páginas 128723 a 128723 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-15586
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2017/12/22/hfp1286

TEXTO ORIGINAL

El artículo 91 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, prevé que las competencias en materia de gestión censal de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas, atribuidas a la Administración Tributaria del Estado, puedan ser delegadas en otras entidades.

Esta delegación de competencias está regulada en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto. En sus artículos 20 a 24 establece el procedimiento para la solicitud y concesión de la delegación, los requisitos que deben cumplir las entidades solicitantes y el alcance de la delegación, así como el procedimiento para la renuncia expresa y la revocación de la misma.

Según el artículo 24, la renuncia expresa de la entidad delegada a la gestión censal del impuesto ha de formularse antes del 1 de octubre del año anterior a aquel objeto de la misma, y debe publicarse por Orden del Ministro de Hacienda en el «Boletín Oficial del Estado» antes del inicio del año en el que haya de surtir efecto. También en este artículo se fijan las condiciones y el procedimiento para revocar dichas delegaciones y establece que deben ser igualmente aprobadas por Orden del Ministro de Hacienda.

Las habilitaciones al Ministro de Hacienda contenidas en las normas citadas deben entenderse realizadas actualmente al Ministro de Hacienda y Función Pública, conforme al Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Renuncia de un Ayuntamiento a la delegación de la gestión censal.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.1.a) del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, se hace pública la renuncia expresa del Ayuntamiento de Leganés (Madrid) a la delegación de la gestión censal que tiene concedida.

Artículo 2. Revocación de la delegación de la gestión censal a una Diputación.

Se revoca, con los efectos previstos en el artículo 24.2 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, la delegación concedida a la Diputación Provincial de Sevilla para el Ayuntamiento de Los Molares, por no cumplirse las condiciones establecidas en el artículo 22 del citado Real Decreto al haberle sido revocada la gestión tributaria y la inspección del impuesto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2018.

Contra la presente orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación.

Madrid, 22 de diciembre de 2017.–El Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/12/2017
  • Fecha de publicación: 27/12/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 91 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4214).
    • los arts. 20 a 24 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-1995-5917).
Materias
  • Ayuntamientos
  • Delegación de atribuciones
  • Diputaciones Provinciales
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Madrid
  • Ministerio de Hacienda y Función Pública
  • Sevilla

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