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Documento BOE-A-2017-15605

Resolución de 20 de noviembre de 2017, de la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Plataforma de Organizaciones de Pacientes, para la realización del Congreso de Pacientes: Retos de la Sanidad en tiempos de transformación.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 27 de diciembre de 2017, páginas 128817 a 128823 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2017-15605

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Plataforma de Organizaciones de Pacientes han suscrito, con fecha 4 de octubre de 2017, un Convenio de colaboración para la realización del I Congreso de Pacientes: Retos de la Sanidad en tiempos de transformación, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2017.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Plataforma de Organizaciones de Pacientes para la realización del congreso de pacientes «Retos de la Sanidad en tiempos de transformación»

En Madrid, a 4 de octubre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Mario Garcés Sanagustín, Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, nombrado por Real Decreto 539/2016, de 18 de noviembre (BOE n.º 280, de 19 de noviembre), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2.g) del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, don Tomás Castillo Arenal, con DNI n.º 13.899.397 Z presidente de La Plataforma de Organizaciones de Pacientes, con CIF G 87288627 y domicilio social en la Paseo de las Delicias, 31, 5.º Izq, 28045, Madrid, nombrado en Asamblea General de 29 de octubre de 2014 según consta en el Acta de dicha asamblea, en nombre y representación de la entidad y de acuerdo con las facultades que le otorga.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que la Plataforma de Organizaciones de Pacientes, en adelante la POP, es una entidad sin fines lucrativos de ámbito estatal, que tiene como misión la representación de los pacientes para favorecer su calidad de vida, el ejercicio de los derechos a la salud y la mejora de los servicios que reciben y está especialmente interesada en colaborar con otras organizaciones en aras de la protección y mejora de la salud pública de los pacientes.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y La Plataforma de Organizaciones de Pacientes, reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la integración social de las personas con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de estas personas.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto instrumentar la participación conjunta entre el Real Patronato sobre Discapacidad y La Plataforma de Organizaciones de Pacientes en la realización del I Congreso de Pacientes «Retos de la Sanidad en tiempos de transformación», que se realizará en Madrid el 5 y 6 de octubre de 2017.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y La Plataforma de Organizaciones de Pacientes, para ejecutar la actividad prevista, se desarrollará con las actuaciones expresadas en el anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

– La coordinación de las instituciones, departamentos y personas que, formando parte de la Administración Pública del Estado, sea necesario implicar para hacer posible la realización del Congreso.

– El apoyo y coordinación de otras entidades de ámbito estatal con las que se considere necesario contar.

– El aporte de los recursos técnicos y humanos necesarios para la realización del Congreso.

– La puesta a disposición de los documentos y recursos propios que puedan complementar o aportar información o conocimiento útil a la hora de la realización del Congreso.

– Una aportación económica de cuatro mil euros (4.000,00 €), con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2017, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número ES11 0081 7102 0400 0143 2744.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de La Plataforma de Organizaciones de Pacientes.

La Plataforma de Organizaciones de Pacientes se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

– La dirección de las actividades objeto del presente convenio.

– La colaboración en el examen, orientación, prescripción y validación de los contenidos del Congreso.

– Y cualquier otra actividad que, dentro de sus competencias, pueda contribuir al buen fin del convenio.

– Una aportación económica de tres mil euros (3.000,00 €), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

Cuarta. Ausencia de Relación Laboral.

La relación del personal de La Plataforma de Organizaciones de Pacientes con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación. Dicha documentación podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de La Plataforma de Organizaciones de Pacientes y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Obligaciones.

La Plataforma de Organizaciones de Pacientes se obliga a:

1. Elaborar una nota de prensa con detalle de los trabajos realizados antes, durante o después del desarrollo del I Congreso de Pacientes. Dicha nota se enviará al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarla en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

2. Elaborar una Memoria Anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, de la cual se presentarán dos ejemplares.

3. Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados.

Gastos: se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de la firma del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

4. En todo caso, la aportación de la Memoria Anual de actuaciones desarrolladas y la justificación de gastos efectuados, debe realizarse como fecha límite el 25 de octubre de 2017.

Octava. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de La Plataforma de Organizaciones de Pacientes, serán designados por el Presidente.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión Mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión Mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Décima. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal se informa al representante de La Plataforma de Organizaciones de Pacientes de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Undécima. Plazo de vigencia.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma. El plazo de vigencia del presente Convenio comprenderá desde la fecha de su firma hasta el 25 de octubre de 2017. No procede la prórroga del convenio.

Duodécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimocuarta. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio de Colaboración por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.–El Presidente de la Plataforma de Organizaciones de Pacientes, Tomás Castillo Arenal.

ANEXO
I Congreso de pacientes «Retos de la sanidad en tiempos de transformación»

La Plataforma de Organizaciones de Pacientes nació en octubre de 2014 para ejercer la representación efectiva de los pacientes en España y agrupa ya a 26 organizaciones de pacientes de ámbito estatal que agrupan en su conjunto a más de 1.500 asociaciones locales con más de 350.000 asociados.

La POP desarrolla su actividad para los más de 10 millones de pacientes con enfermedades crónicas o síntomas cronificados que hay en España.

Hay que Promover la participación de los pacientes, personas con enfermedades o con síntomas cronificados, y defender sus derechos en todos los ámbitos, políticas y actuaciones que afectan a sus vidas.

Hay que lograr que la voz y la implicación de los pacientes, personas con enfermedades o con síntomas cronificados, sean la fuerza para conseguir que nuestros sistemas de salud y sociales nos ofrezcan una atención integral y personalizada, en condiciones de acceso universal, equidad, transparencia y sostenibilidad.

El mundo se desarrolla a una velocidad vertiginosa y exige cambios en todos los sectores, el sector sanitario también. Cambios que den respuesta a otros cambios: el sistema no está organizado para atender a la cronicidad, la tecnología es aún un hito que debemos incorporar con mayor celeridad y los pacientes adquieren cada vez más el lugar que les toca en el sistema.

Es necesaria una transformación social que se adapte las necesidades de los pacientes del siglo XXI.

Esta transformación pasa por generar espacios de diálogo, de reflexión del propio sector, de intercambio de experiencias de desarrollo de conocimiento. Con este objetivo el Real Patronato sobre Discapacidad y la Plataforma de Organizaciones de Pacientes plantean la organización del I Congreso de Pacientes, especialmente dirigido a los dirigentes de asociaciones de pacientes y a todos los agentes del sector sanitario y social (profesionales sanitarios, gestores, empresas del sector, representantes de instituciones públicas, etc.).

Objetivos:

1. Generar espacios de diálogo y debate para la transformación del sector sanitario.

2. Facilitar el encuentro, las sinergias y la formación de las organizaciones de pacientes.

3. Proponer soluciones desde la perspectiva de los pacientes.

El I Congreso de Pacientes tendrá lugar en Madrid en el mes de octubre de 2017 con una duración de 1,5 días.

Lo temas a tratar del I Congreso serán:

– ¿Hacia dónde tiene que ir el sistema sanitario?

– Situación actual y retos futuros, estrategias preventivas, sistemas de información y comunicación., registros de información, toma de decisiones compartidas.

– Retos de la cronicidad. Convergencia con discapacidad y dependencia.

– Reflexión sobre los 5 puntos que propone la POP en relación a la protección de la cronicidad y la estrategia de cronicidad definida por el MSSSI.

– Eliminemos las barreras de acceso a tratamientos.

– Adherencia, Innovación terapéutica, biológicos y biosimilares, prescripción por marca, equidad territorial.

– Tecnología para la mejora de la calidad de vida.

– Cápsulas de presentación de iniciativas en relación a ehealth aplicada a la calidad de vida.

– Big data y salud.

Presupuesto:

Partidas presupuestarias

Total

Alquiler infraestructura y audiovisuales

1.000 €

Viajes y alojamiento ponentes

1.500 €

Comunicación (interna, externa, NP, RRSS, rueda de prensa) Personal externo al RPD y POP

3.000 €

Diseño e impresión material

1.500 €

Total gastos

7.000 €

– Aportación del Real Patronato sobre Discapacidad: 4.000,00 € (57,14 %) 70 %.

– Aportación de La Plataforma de Organizaciones de Pacientes: 3.000,00 € (42,86 %) 30 %.

Los gastos a efectuar con cargo a las aportaciones de las partes, a efectos de justificación tendrán carácter estimativo entre ellos. Al tratarse de cuantías estimadas se permitirá una variación de un + 20 % entre las partidas presupuestadas, siempre que en otras haya un déficit por la misma cantidad y cuando no se supere el importe total de las actividades a realizar.

En el caso de que el coste real de la actividad fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

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