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Documento BOE-A-2017-15664

Resolución 334/38289/2017, de 19 de diciembre, de la Subdirección General de Gestión Económica, por la que se publica el Acuerdo de la modificación de encomienda de gestión a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, SA, para la realización de actividades de carácter material y técnico, de la competencia de la Dirección General de Asuntos Económicos, relacionadas con el análisis de costes y precios y con el desarrollo del Plan General para la organización de la contratación y sus procedimientos en el Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 28 de diciembre de 2017, páginas 129206 a 129211 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2017-15664

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Defensa y la sociedad mercantil estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. (ISDEFE), han formalizado, con fecha 05 de diciembre de 2017, la modificación del Acuerdo de Encomienda de Gestión, por el que se encarga a la citada sociedad mercantil estatal la realización de actividades de carácter material y técnico, de la competencia de la Dirección General de Asuntos Económicos, relacionadas con el análisis de costes y precios y con el desarrollo del Plan General para la organización de la Contratación y sus procedimientos en el Ministerio de Defensa, al ser ISDEFE una sociedad cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración, y tener la consideración, según sus estatutos, de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los entes, entidades y organismos dependientes de ella, estando obligada a realizar los trabajos que éstos le encomienden en las materias que constituyen su objeto social.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo de prórroga, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 21 de diciembre de 2017.–El Subdirector General de Gestión Económica, Antonio Berrocal Hernández.

ANEXO
Modificación del Acuerdo de 19 de julio de 2016 de encomienda de gestión del Ministerio de Defensa a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., (ISDEFE), para la realización de las actividades de carácter material y técnico, de la competencia de la Dirección General de Asuntos Económicos, relacionadas con el análisis de costes y precios y con el desarrollo del Plan General para la Organización de la contratación y sus procedimientos en el Ministerio de Defensa

Expediente núm.: 2016/SP03032001/00000068

En Madrid, a 5 de diciembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Berrocal Hernández, Subdirector General de Gestión Económica de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa, nombrado en virtud de la Orden 430/03791/16 de 17 de marzo («BOD» núm. 55, del 21), en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en virtud de las facultades que le confiere la Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa («BOE» núm. 46, del 22), en su artículo 4, punto 1 apartado a).

Y, de otra parte, don Francisco Quereda Rubio, con documento nacional de identidad número 51177296-L, válido hasta el 28 de agosto de 2018, actuando como Consejero Delegado de Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A.U. (ISDEFE), con domicilio social en Madrid, calle Beatriz de Bobadilla, número 3, distrito postal 28040, NIF número A78085719, en virtud del Acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad, elevado a público ante el Notario de Madrid, doña Paloma Mozo García, el día 28 de marzo de 2012, con el número 328 de su protocolo.

Ambas partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente Acuerdo de encomienda de gestión, y a tal efecto.

EXPONEN:

Primero.

La Subdirección General de Contratación, conforme a lo dispuesto al artículo 6, apartado 3, letra d), del Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, desempeña las competencias de la Dirección General de Asuntos Económicos señaladas en el apartado 2, letra h) «Planificar, dirigir y controlar la contratación en el Ministerio de Defensa» y letra i) «Efectuar el análisis de costes y precios de las empresas suministradoras o que participen en programas de defensa, así como de los costes del ciclo de vida de los sistemas de armas».

La Subdirección General de Contratación es el órgano de trabajo de la Dirección General de Asuntos Económicos para desarrollar el Plan General para la Organización de la Contratación y sus Procedimientos en el Ministerio de Defensa, aprobado por la Instrucción 5/2010, de 19 de febrero, del Secretario de Estado de Defensa.

El Grupo de Evaluación de Costes (GEC) es el área de la Subdirección General de Contratación que realiza los trabajos necesarios para efectuar el análisis de costes y precios de las empresas suministradoras o que participan en programas de defensa, mediante la aplicación de las técnicas de auditoría y análisis económico.

Adicionalmente, la Subdirección General de Contabilidad, conforme a lo dispuesto al artículo 6, apartado 3, letra a), del Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, desempeña las competencias de la Dirección General de Asuntos Económicos señaladas en el apartado 2, letra a) «Dirigir, coordinar y controlar la contabilidad del departamento, así como el control de los créditos y de la ejecución del gasto».

Segundo.

Que si bien los medios personales actuales permiten atender las necesidades permanentes que competencialmente se le han asignado a la Dirección General de Asuntos Económicos, se hace necesario dar respuesta a nuevas necesidades específicas de carácter técnico, de consultoría y de ingeniería especializada en los ámbitos de la defensa, que se concretan en un conjunto de estudios técnicos y actividades sobre precios, costes, estrategias de contratación y mejora de la eficiencia y la calidad de los sistemas de contratación, así como en el desarrollo de nuevos modelos de contabilidad analítica, con el alcance que se indica en la cláusula segunda del vigente Acuerdo de Encomienda de gestión de 19 de julio de 2016.

Tercero.

Conforme a sus estatutos, la sociedad mercantil estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A.U., se ha reconocido como medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado, la cual ostenta sobre dicha sociedad un control análogo al que ejerce sobre sus propios servicios, ya que la misma realiza la parte esencial de su actividad para la citada Administración pública. Por ello, el Ministerio de Defensa puede conferir a la citada sociedad encomiendas de gestión que sean de ejecución obligatoria para ella de acuerdo con instrucciones fijadas unilateralmente por el encomendante, cumpliéndose así los requisitos establecidos en el artículo 24.6 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP).

Cuarto.

Que las razones anteriormente expuestas justifican la colaboración entre la Dirección General de Asuntos Económicos y la sociedad mercantil estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A.U.

Quinto.

Que en fecha 19 de julio de 2016, quedó formalizado el Acuerdo de Encomienda de Gestión del Ministerio de Defensa a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. (ISDEFE), para la realización de las actividades de carácter material y técnico, de la competencia de la Dirección General de Asuntos Económicos, relacionadas con el análisis de costes y precios y con el desarrollo del Plan General para la Organización de la Contratación y sus procedimientos en el Ministerio de Defensa. Acordándose su prórroga el 02 de junio de 2017.

Sexto.

El Acuerdo de Encomienda de Gestión así formalizado contaba con el siguiente Presupuesto Económico hasta la finalización de su ejecución, prevista el 31 de julio de 2018:

Aplicación presupuestaria

Anualidad 2016

Anualidad 2017

Anualidad 2018

Importe total

(Euros)

14.03.121M2 227.06

1.634.080,81

3.598.038,22

1.967.092,77

7.199.211,80

Séptimo.

En fecha 21 de noviembre de 2017, mediante Oficio número S-17-007422, el Subdirector General de Contratación de Digeneco propone efectuar la modificación del Acuerdo de Encomienda de Gestión del Ministerio de Defensa a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. (ISDEFE), para atender el aumento del alcance de los trabajos por aparición de nuevas necesidades en los ámbitos de responsabilidad de Digeneco, hasta el 31 de julio de 2018, conforme queda recogido en la Memoria Justificativa de la Necesidad y en la Memoria Económica.

Octavo.

El Asesor Jurídico General de la Defensa, en fecha 4 de diciembre de 2017, emite informe favorable sobre la celebración de la presente Modificación del Acuerdo de Encomienda de Gestión.

Noveno.

En fecha 5 de diciembre de 2017, el Interventor Delegado en la DIGENECO, emite Informe favorable de fiscalización previa limitada del gasto, respecto de la modificación del Acuerdo de Encomienda de Gestión, celebrado el 2 de junio de 2017.

En virtud de lo expuesto, se otorga la presente modificación del Acuerdo de Encomienda de Gestión que se concreta en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El Ministerio de Defensa y la sociedad mercantil estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A.U. (en adelante ISDEFE), acuerdan, en relación con el artículo 24.6 TRLCSP, que la citada sociedad mercantil estatal lleve a cabo, por razones de eficacia y para suplir la escasez de los recursos disponibles, las actividades materiales y técnicas que se detallan en el presente acuerdo y que forman parte de los trabajos técnicos con que la Subdirección General de Contratación y la Subdirección General de Contabilidad desarrollan las funciones atribuidas en la letra i) del apartado 3 del artículo 6 y en la letra a) del apartado 3 del artículo 6, respectivamente, del Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.

Segunda.

De conformidad con la legislación aplicable, corresponde al Ministerio de Defensa dictar cuantos actos o resoluciones den soporte o en los que se integre la concreta actividad material encomendada, de conformidad con lo previsto en la cláusula tercera del referido Acuerdo de Encomienda de Gestión, formalizado el 19 de julio de 2016.

Tercera.

La gestión material de la presente modificación que se encomienda, fruto de la identificación de nuevas necesidades y circunstancias acaecidas, justifican la modificación de las actuaciones inicialmente contenidas y previstas en el Acuerdo de Encomienda de Gestión de 19 de julio de 2016.

Cuarta.

Se requiere incremento de importe económico para satisfacer las nuevas necesidades descritas por una cuantía de 365.263,78 € en la anualidad del 2018.

Quinta.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda de gestión correrán a cargo del presupuesto del Ministerio de Defensa, cargándose a las aplicaciones presupuestarias que se indican en el anexo económico.

Sexta.

El plazo de vigencia del presente acuerdo de Encomienda de Gestión finalizará el 31 de julio de 2018.

Séptima.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación aplicable, la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Defensa.

Octava.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 24 del TRLCSP, el acuerdo suscrito se regirá por sus propias normas, aplicándose los principios de aquella Ley para resolver las dudas que pudieran suscitarse.

El presente Acuerdo podrá modificarse por la Administración encomendante, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto, siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción.

Novena.

Suscriben el presente instrumento de formalización de modificación del Acuerdo de Encomienda de Gestión, el Subdirector General de Gestión Económica del Ministerio de Defensa, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 4.1 de la Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa, y el Consejero Delegado de la sociedad mercantil estatal de ISDEFE.

Décima.

Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista:

1. Corresponde exclusivamente a ISDEFE la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la Encomienda de Gestión, sin perjuicio de la verificación por parte de la Dirección General de Asuntos Económicos del cumplimiento de aquellos requisitos.

ISDEFE procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio cuando por tratarse de trabajos en curso que en caso de modificarse el equipo pudieran verse perjudicados, informando en todo momento a la Dirección General de Asuntos Económicos.

2. ISDEFE asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución de la Encomienda de Gestión, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.

3. ISDEFE velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución de la Encomienda de Gestión desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad objeto de la Encomienda de Gestión.

4. Conforme a los motivos expuestos en la letra e) de la cláusula Tercera, ISDEFE estará autorizada a prestar sus servicios en las dependencias del Ministerio de Defensa. En este caso, el personal de ISDEFE ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a ISDEFE velar por el cumplimiento de esta obligación.

5. ISDEFE deberá designar al menos dos coordinadores técnicos o responsables, uno para las labores de consultoría relacionadas con el apoyo a la gestión de los programas de adquisición y la consultoría de apoyo al GEC y otro para la consultoría para el Área de Contratación y el Programa de modernización de la Contratación y del apoyo a la Subdirección General de Contabilidad, integrados en su propia plantilla, que tendrán entre sus obligaciones las siguientes:

a) Actuar como interlocutores de ISDEFE frente a la Dirección General de Asuntos Económicos canalizando la comunicación entre el personal integrante de los equipos de trabajo adscritos a la Encomienda, de un lado, y la Dirección General de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de la Encomienda de Gestión.

b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución de la Encomienda de Gestión, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.

c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo, de acuerdo a los procedimientos establecidos por ISDEFE.

d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución de la Encomienda de Gestión, también de acuerdo a los procedimientos establecidos por ISDEFE, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente ISDEFE con la Dirección General de Asuntos Económicos, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.

e) Informar a la Subdirección General de Contratación acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la Encomienda de Gestión.

En prueba de conformidad, firman por duplicado ambas Partes en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el General de Intendencia, Subdirector General de Gestión Económica (por Delegación, Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero), Antonio Berrocal Hernández.–Por la Sociedad Mercantil Estatal, Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A.U., Francisco Quereda Rubio.

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