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Documento BOE-A-2017-15704

Resolución de 15 de diciembre de 2017, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de inhabilitación con separación del cargo y de multa, por la comisión de dos infracciones impuestas a don Aquiles Hernández Bona.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 28 de diciembre de 2017, páginas 129511 a 129512 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2017-15704

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de septiembre de 2017 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución por la que finalizó el expediente de referencia IE/EP-1/2016, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 23 de septiembre de 2016 a, entre otros, don Aquiles Hernández Bona, Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado de Pay-One 911 EP, S.A. durante el periodo de las infracciones objeto de dicho expediente.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Contra la referida Resolución, don Aquiles Hernández Bona no ha interpuesto recurso de alzada, por lo que, respecto del mismo, dicha Resolución ha devenido firme.

Procede, por tanto, al amparo de lo establecido en el citado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a don Aquiles Hernández Bona:

«Una sanción de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de pago o del sector financiero, con separación del cargo de administración que ocupa el infractor en la entidad de pago por plazo de 8 años, prevista en el artículo 100.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 92.o) de dicha Ley 10/2014 consistente en presentar deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad.

Una sanción de multa por importe de cien mil euros (100.000 €) prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 92.o) de dicha Ley 10/2014 consistente en presentar deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad.

Una sanción de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de pago o del sector financiero, con separación del cargo de administración que ocupa el infractor en la entidad de pago por plazo de 8 años, prevista en el artículo 100.1.d) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 92.g) de dicha Ley 10/2014 consistente en llevar la contabilidad con irregularidades esenciales que impidan conocer la situación patrimonial o financiera de la entidad.

Una sanción de multa por importe de cien mil euros (100.000 €) prevista en el artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 92.g) de dicha Ley 10/2014 consistente en llevar la contabilidad con irregularidades esenciales que impidan conocer la situación patrimonial o financiera de la entidad».

Madrid, 15 de diciembre de 2017.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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