Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Trade, S.A., con domicilio en C/Sor Ángela de la Cruz, nº 30, 1.º-28020 Madrid, para la renovación de vigencia de la certificación de un sistema solar, fabricado por Xilinakis & Co. en su instalación industrial ubicada en Grecia, que se certificó con la siguiente contraseña:
Modelo |
Contraseña |
Fecha resolución |
---|---|---|
Manaut CN320. |
SST-16014 |
06/05/2014 |
Conforme a los ensayos emitidos:
Laboratorio |
Clave |
---|---|
Demokritos. |
6031DE2, 2169DE2, 6031DE1, 2169DE1, 2171DE2, 2172DE2, 2171DE1, 2172D1 |
Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto renovar la certificación del citado producto, con la contraseña de certificación:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
Manaut CN320. |
SST-19616 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la resolución, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.
El titular de esta resolución presentará dentro del período fijado para someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.
Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
1. Modelo con contraseña SST-19616
Identificación:
Fabricantes: Xilinakis & Co.
Nombre comercial: Manaut CN320.
Tipo Sistema: Termosifón.
Características del colector (modelo unitario)
Dimensiones:
Longitud: 2028 mm.
Ancho: 1030 mm.
Altura: 80 mm.
Área de apertura: 1,88 m2.
Área de absorbedor: 1,80 m2.
Área total: 2,09 m2.
Características del sistema:
Volumen del depósito: 297,5 l.
N.º captadores del sistema: 2.
Indicadores de rendimiento de sistemas
Indicadores de rendimiento del sistema sobre la base anual de un volumen de demanda de 140 l/día:
Localidad (latitud) |
Q d MJ |
Ql MJ |
Qpar MJ |
---|---|---|---|
Stockholm (59,6º N) |
7821 |
4573 |
0 |
Würzburg (49,5º N) |
7506 |
4478 |
0 |
Davos (46,8º N) |
8483 |
6465 |
0 |
Athens (38,0º N) |
5834 |
5361 |
0 |
Indicadores de rendimiento del sistema sobre la base anual de un volumen de demanda de 300 l/día:
Localidad (latitud) |
Q d MJ |
Ql MJ |
Qpar MJ |
---|---|---|---|
Stockholm (59,6º N) |
16746 |
6654 |
0 |
Würzburg (49,5º N) |
16052 |
6780 |
0 |
Davos (46,8º N) |
18125 |
9051 |
0 |
Athens (38,0º N) |
12488 |
9240 |
0 |
Indicadores de rendimiento del sistema sobre la base anual de un volumen de demanda de 400 l/día:
Localidad (latitud) |
Q d MJ |
Ql MJ |
Qpar MJ |
---|---|---|---|
Stockholm (59,6º N) |
22275 |
7253 |
0 |
Würzburg (49,5º N) |
21413 |
7379 |
0 |
Davos (46,8º N) |
24220 |
9682 |
0 |
Athens (38,0º N) |
16651 |
10375 |
0 |
Madrid, 8 de febrero de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.
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