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Documento BOE-A-2017-2213

Resolución de 17 de febrero de 2017, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica Acuerdo de modificación y prórroga para el año 2017 de la encomienda de gestión al Institut Català d´Avaluacions Mèdiques para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2017, páginas 14964 a 14965 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-2213

TEXTO ORIGINAL

El 30 de diciembre de 2016 se suscribió el Acuerdo de modificación y prórroga para el año 2017 de la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado al Institut Català d´Avaluacions Mèdiques de la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria del Departament de Salut para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.

En aplicación del artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

Esta Dirección General resuelve publicar el citado Acuerdo de prórroga que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 17 de febrero de 2017.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Antonio Sánchez Díaz.

ANEXO
Acuerdo de modificación y prórroga para el año 2017 de la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado al Institut Català d´Avaluacions Mèdiques de la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria del Departament de Salut para la prestación de funciones de asesoramiento e informe

En Barcelona, 30 de diciembre de 2016.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Albert Serra Martín, Secretario General del Departamento de Salud, nombrado mediante Decreto 15/2016, de 14 de enero (DOGC núm. 7038, de 15 de enero de 2016), autorizado por Acuerdo de Gobierno de 27 de diciembre de 2016.

De otra, don Antonio Sánchez Díaz, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrado por Real Decreto 710/2016, de 23 de diciembre, actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Acuerdo y, a tal efecto,

EXPONEN

1.º Que el 3 de agosto de 2016 se firmó el Acuerdo de encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado al Institut Català d´Avaluacions Mèdiques de la Dirección General de Ordenación Profesional y de Regulación Sanitaria del Departament de Salut, para la prestación de funciones de asesoramiento e informe, con efectos hasta el 30 de diciembre de 2016.

2.º Que la cláusula quinta del mencionado Acuerdo estipula que tendrá efectos desde la fecha de la firma hasta el 30 de diciembre de 2016, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes, por periodos anuales, antes de la fecha en que finalice su vigencia, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, que se debe formalizar por escrito con una antelación mínima de tres meses al cierre del ejercicio presupuestario anual.

3.º Que próximos a finalizar los efectos del Acuerdo, ambas partes están interesadas en prorrogarlo hasta el 30 de diciembre de 2017, en los términos de las cláusulas que se recogen en la parte dispositiva de este acuerdo.

4.º Que es necesario adecuar el contenido del Acuerdo a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece un régimen específico de duración de los Convenios que no podrán tener una duración superior a cuatro años, con posibilidad de prórroga por un periodo máximo de hasta cuatro años adicionales, y a la normativa en materia de desindexación, Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española, que conforme a su artículo 4 los valores monetarios correspondientes a cualquier relación en que intervenga el sector público no pueden ser, como regla general, objeto de revisión periódica y predeterminada en función de precios, índices de precios o fórmulas que los contengan, con las excepciones previstas en el precepto citado.

CLÁUSULAS

Primera.

Se prorroga para el período comprendido entre el 31 de diciembre de 2016 y el 30 de diciembre del año 2017 la vigencia del Acuerdo de encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado al Institut Català d´Avaluacions Mèdiques de la Dirección General de Ordenación Profesional y de Regulación Sanitaria del Departament de Salut para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.

Segunda.

Según lo estipulado en las cláusulas cuarta y sexta la cantidad fija anual que MUFACE abonará a al Departamento de Salud por su colaboración durante la vigencia de esta prórroga asciende a 9.238,87 euros.

Tercera.

El importe del gasto que representa para MUFACE la colaboración recibida, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.106.312 E.259.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.

Modificar con efectos desde 31 de diciembre de 2016 la cláusula quinta del Convenio que queda redactada como sigue:

«Quinta. Vigencia.

La vigencia del presente Convenio finalizará el 30 de diciembre de 2017.»

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma el presente Acuerdo por duplicado ejemplar, en castellano y catalán, y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezado.–El Secretario General de Departamento de Salud, Albert Serra Martín.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Antonio Sánchez Díaz.

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