Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-2280

Orden ECD/182/2017, de 20 de febrero, por la que se autoriza la implantación del nivel C1 de inglés en las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2017, páginas 15245 a 15246 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-2280

TEXTO ORIGINAL

Las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, tras estudiar la demanda de aprendizaje y perfeccionamiento de competencias en inglés, han realizado propuestas para ampliar la actual oferta educativa en las Escuelas Oficiales de Idiomas de ambas ciudades, referida a la organización e impartición de cursos en el nivel C1 de inglés.

El Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de la enseñanza de idiomas de régimen especial, reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su disposición adicional primera la posibilidad de que las Escuelas Oficiales de Idiomas puedan organizar e impartir cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas, tanto en los niveles básico, intermedio y avanzado como en los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa según estos niveles se definen en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Posteriormente, la Orden ECI/1456/2007, de 21 de mayo, por la que se establecen los currículos y las pruebas correspondientes a los niveles intermedio y avanzado de las enseñanzas de régimen especial de árabe, de francés y de inglés de las Escuelas Oficiales de Idiomas de Ceuta y de Melilla, reguló en su disposición adicional primera cómo las citadas escuelas oficiales de idiomas podrían, en función de los recursos disponibles, organizar e impartir cursos especializados para la adquisición y el perfeccionamiento de las competencias en idiomas aludidas.

Vistos los informes favorables de la Subdirección General de Ordenación Académica y de la Subdirección General de Inspección, dispongo:

Primero.

Autorizar la implantación del nivel C1 del idioma inglés en la modalidad presencial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Ceuta y Melilla.

Segundo.

Los cursos se organizarán según demanda y estarán orientados a la formación del profesorado u otros colectivos profesionales y, en general, a personas adultas con necesidades específicas del aprendizaje de este idioma.

Tercero.

La organización e impartición de estos cursos conllevará, por parte de las escuelas oficiales de idiomas que los oferten, el establecimiento de unos objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación, así como la elaboración de una programación que establezca la temporalización de las enseñanzas correspondientes, según la Orden EDU/3377/2009, de 7 de diciembre, que establece los currículos y la pruebas correspondientes a los cursos especializados para el perfeccionamiento de competencias en idiomas de niveles C1 y C2 del Consejo de Europa impartidos en las escuelas Oficiales de Idiomas de Ceuta y de Melilla.

Cuarto.

La certificación de estos cursos se llevará a cabo mediante unas pruebas específicas que habrán de cumplir los requisitos y presentar las características que determine al respecto el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Quinto.

Los certificados serán expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta de la escuela oficial de idiomas que haya organizado los cursos correspondientes.

Sexto.

Los Directores Provinciales de Ceuta y Melilla velarán por el cumplimiento de esta norma.

Séptimo.

Se autoriza a la Subsecretaría y a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del Departamento, para dictar las Instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que exija la implantación de las enseñanzas que se dispone en la presente orden.

Madrid, 20 de febrero de 2017.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, José Luis Blanco López.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid