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Documento BOE-A-2017-3691

Resolución de 14 de marzo de 2017, de la Universidad de Extremadura, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Antonio López Piñeiro.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 4 de abril de 2017, páginas 25709 a 25709 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-3691

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad de Extremadura, de fecha 15 de diciembre de 2016 («BOE» de 30 de diciembre de 2016) y acreditados por el interesado propuesto los requisitos a que alude el artículo 4 de la normativa vigente, referidos en la Resolución de la convocatoria:

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre («BOE» de 24 de diciembre) modificada por Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril («BOE» de 13 de abril) y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a don Antonio López Piñeiro, con DNI número 9165316-T, Catedrático de Universidad de esta Universidad, del área de conocimiento de Edafología y Químíca Agrícola (código de la plaza DF3279), del Departamento de Biología Vegetal, Ecología y Ciencias de la Tierra.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «BOE».

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recurso contencioso administrativo, a interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto, entre otros, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Previamente y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presente resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Badajoz, 14 de marzo de 2017.–El Rector, Segundo Píriz Durán.

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