Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-4227

Resolución de 6 de abril de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del Levante de Mallorca - Cala Rajada.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 17 de abril de 2017, páginas 30283 a 30285 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-4227

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Orden ARM/3535/2008, de 24 de noviembre, por la que se regula la reserva marina de interés pesquero del Levante de Mallorca-Cala Rajada, y se definen su delimitación, zonas y usos permitidos, y en uso de las facultades conferidas por el citado artículo, que faculta a la Secretaría General de Pesca para elaborar y actualizar el censo de las embarcaciones de pesca marítima profesional con derecho a faenar en el ámbito de la reserva marina, esta Secretaría General, oído el sector interesado, y consultada la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, resuelve lo siguiente:

1. Publicar, como anexo a la presente Resolución, el censo actualizado de embarcaciones en activo autorizadas a faenar, hasta el 31 de diciembre de 2019, en aguas de la reserva marina a que se refiere la citada Orden ARM/3535/2008.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.4 de la citada Orden ARM/3535/2008, mantener la contingentación del censo según lo establecido en el punto 2 de la resolución de 20 de marzo de 2014, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del Levante de Mallorca-Cala Rajada, en un total de 50 embarcaciones, con una potencia total máxima de 2.883,21 CV y GT máximas de 164,11.

3. Que las embarcaciones incluidas en el censo de la reserva marina anteriormente publicado y que en estos momentos no se encuentran en activo en el Censo de la Flota Pesquera Operativa podrán ser autorizadas a ejercer la pesquería en el ámbito de la reserva, a petición del armador, una vez sean reactivadas.

4. Que las embarcaciones incluidas en el censo que no cumplan las obligaciones establecidas en el artículo 4.2.a) de la citada Orden ARM/3535/2008, de 24 de noviembre, durante un periodo de tres meses, podrán ser excluidas del mismo.

5. Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante un periodo de un año sin causa justificada, podrá suponer la baja de la embarcación en el censo de la reserva marina.

6. Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante el periodo contemplado en la presente Resolución será considerado como renuncia del titular al acceso del buque a la pesquería y al caladero para el que es autorizado, procediéndose a su baja definitiva en el censo especifico correspondiente por modalidades, caladeros o pesquerías (artículo 23.4.º de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado).

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 6 de abril de 2017.–El Secretario General de Pesca, Alberto López-Asenjo García.

ANEXO
Censo de las embarcaciones autorizadas a faenar en la reserva marina del Levante de Mallorca-Cala Rajada

Puerto base: Cala Rajada.

N.º

Nombre

Matricula y folio

C.F.P.O.

1

Baloan

3ª-PM-1-2-96

23740

2

Es Climents

3ª-PM-1-8-99

24656

3

Es Llamp

3ª-PM-1-2-99

24553

4

Es Virot

3ª-PM-1-5-99

24500

5

Ferrassa

3ª-PM-1-2-98

23895

6

Goga

3ª-PM-1-4-97

23907

7

Hispaniola Dos Mil

3ª-PM-1-4-00

24772

8

Na Llobriga

3ª-PM-1-4-08

27313

9

Na Corp

3ª-PM-1-2-92

22567

10

Nova Princesa

3ª-PM-1-8-03

25905

11

VIMA

3ª-PM-1-1938

8640

Puerto base: Porto Cristo.

N.º

Nombre

Matricula y folio

C.F.P.O.

1

Baloan Dos

3ª-PM-1-4-01

25345

2

Cala Bona Segunda

3ª-PM-1-1816

3597

3

Jaimito IV

3ª-PM-1-1976

13786

4

Nou Dos Joans

3ª-PM-2-6-05

26734

5

Raconet

3ª-PM-1-1968

13497

6

Sirviola

3ª-PM-2-436

21834

Puerto base: Alcudia.

N.º

Nombre

Matricula y folio

C.F.P.O.

1

Aguileño

3ª-PM-4-336

14599

2

Algi

3ª-PM-1-1974

13788

3

Biel Primero

3ª-PM-2-3-05

26646

4

Bribona Segundo

3ª-PM-1-3-95

23273

5

Cap Ferrutx

3ª-PM-2-439

22170

6

Chirta

3ª-PM-1-1711

6586

7

Eolo Tercero

3ª-PM-1-3-94

23300

8

Es Batlets

3ª-PM-2-106

26750

9

Es Puetes Nou

3ª-PM-2-2-02

25693

10

Gavella

3ª-PM-1-1-12

27468

11

Hermanos Serra

3ª-PM-1-1594

3457

12

Kijuana Tercero

3ª-PM-2-437

22302

13

Lacha

3ª-PM-2-2-98

24154

14

Marimar

3ª-PM-1-1991

14611

15

Maro

3ª-PM-1-1990

14510

16

Mar Y Vent

3ª-PM-1-1802

3578

17

Marivent Cuarto

3ª-PM-1-1988

14351

18

Nadal Primer

3ª-PM-2-1-99

24530

19

Noah

3ª-PM-2-2-06

27119

20

Nou Patrash

3ª-PM-2-4-05

26607

21

Nou Vista Alegre

3ª-PM-2-1-98

23936

22

Petit Fuat

3ª-PM-2-2-05

26375

23

Punta Beca

3ª-PM-1-1727

3549

24

S’Enterrossai

3ª-PM-1-1915

3587

25

Saniral

3ª-PM-2-1-91

22341

26

Tina

3ª-PM-1-1751

3539

27

Tizona

3ª-PM-2-1-93

22598

28

Toni Cuarto

3ª-PM-1-2042

22074

29

Virginia

3ª-PM-2-424

14438

Puerto base: Pollensa.

N.º

Nombre

Matricula y folio

C.F.P.O.

1

Cap de Pinar

3ª-PM-1-2038

22003

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/04/2017
  • Fecha de publicación: 17/04/2017
Materias
  • Baleares
  • Censos de buques
  • Pesca marítima
  • Políticas de medio ambiente
  • Reservas Marinas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid