Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-5654

Resolución de 20 de mayo de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación The Norman Foster Foundation.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 22 de mayo de 2017, páginas 41607 a 41608 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-5654

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación The Norman Foster Foundation, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Norman Robert Lord Foster y Lady María Elena Pía Fernández López de Ochoa, en Madrid, el 8 de septiembre de 2015, según consta en la escritura pública número 1529, otorgada ante la notaria del Ilustre Colegio de Madrid, doña Aurora Ruiz Alonso que fue subsanada con la escritura pública número 1768, otorgada en Madrid, el 5 de mayo de 2016, ante la misma notaria que otorgó la escritura inicial.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación se encuentra establecido en Calle Monte Esquinza número 48, de Madrid (Código Postal 28010) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Doscientos setenta y un mil setecientos euros (271.700,00 euros). La dotación consiste en la aportación de diez maquetas valoradas en la cantidad descrita según informe aportado por la Fundación, emitido por el arquitecto don Gabriel Hernández Rodríguez, de fecha 2 de septiembre de 2015.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La Fundación tiene como fines:

El estudio, investigación, conservación, divulgación y promoción, en el sentido más amplio, de las obras, memoria, mensajes, ideales, objetivos e iniciativas del fundador Lord Norman Foster of Thames Bank en los ámbitos arquitectónico, artístico, civil, cultural y filantrópico.

La investigación, enseñanza, promoción, edición, divulgación y difusión de la arquitectura, infraestructuras, de las ciudades, del diseño, del arte y de la cultura.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Norman Robert Lord Foster.

Vicepresidente: Don Luis Antonio Fernández Galiano Ruiz.

Vocales: Lady María Elena Pía Fernández López de Ochoa y don Richard Michael Burdett.

Secretario no patrono: Don David González Márquez.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de Competencia Estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 17 de mayo de 2016.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación The Norman Foster Foundation y su Patronato.

Madrid, 20 de mayo de 2016.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid