A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por Fundación Atenea Grupo GID, S.L., contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud de subvención presentada por la misma al amparo de la Resolución de 29 de junio de 2016, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a personas inmigrantes nacionales de terceros países. (BOE de 4 de julio de 2016).
Por consiguiente, se emplaza a todos los posibles interesados en el procedimiento para que puedan comparecer, en el plazo de nueve días a contar desde la publicación de esta Resolución, ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 28 de abril de 2017.–El Director General de Migraciones, Ildefonso de la Campa Montenegro.
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