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Documento BOE-A-2017-6231

Resolución de 29 de marzo de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifican cuatro captadores solares, fabricados por Delpaso Solar, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 2017, páginas 45297 a 45300 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2017-6231

TEXTO ORIGINAL

Los captadores solares fabricados por Delpaso Solar S.L fueron certificados con las contraseñas y la fecha de resolución que aparecen a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha Resolución

HSH 2600

NPS – 29914

03/11/2015

HSH 2200

NPS – 29714

03/11/2015

VSH 2600

NPS – 29814

03/11/2015

VSH 2200

NPS – 29614

03/11/2015

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por GEA 316, S.L. con domicilio social en Calle Conchitina, 36-29730 Rincón de la Victoria (Málaga) para la certificación de 4 captadores solares con una denominación comercial diferente pero con las mismas características técnicas.

Habiendo sido presentado escrito en el que la empresa fabricante de los captadores solares - autoriza a la empresa GEA 316, S.L., para usar su propia marca para los paneles en España y en el que dicho fabricante confirma que los captadores son técnicamente idénticos.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto certificar los citados productos con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

SSZ 2200 H

NPS – 25616

SSZ 2600 V

NPS – 25716

SSZ 2600 H

NPS – 25816

SSZ 2200 V

NPS – 25916

Dada la identidad con los modelos citados inicialmente, se le confiere la misma fecha de caducidad que la referida a los mismos, por tanto, el 20 de enero de 2017 será también su fecha de caducidad.

Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente certificación y no cumpliesen las citadas normas.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo de los modelos o tipos certificados son las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.

Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

1. Modelo con contraseña NPS – 25616

Identificación:

Fabricante: Delpaso Solar S.L.

Nombre comercial: SSZ 2200 H.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2014.

Dimensiones:

Longitud: 1069 mm.

Ancho: 2073 mm.

Alto: 98 mm.

Área de apertura: 2,00 m2.

Área de absorbedor: 2,00 m2.

Área total: 2,23 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 30,2 kg.

Presión de funcionamiento máximo: 10 bar.

Fluido de transferencia de calor: propilenglicol.

2. Modelo con contraseña NPS – 25716

Identificación:

Fabricante: Delpaso Solar S.L.

Nombre comercial: SSZ 2600 V.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2014.

Dimensiones:

Longitud: 2089 mm.

Ancho: 1234 mm.

Alto: 98 mm.

Área de apertura: 2,33 m2.

Área de absorbedor: 2,33 m2.

Área total: 2,58 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 34,2 kg.

Fluido de transferencia de calor: propilenglicol.

Presión de funcionamiento máximo: 10 bar.

3. Modelo con contraseña NPS – 25816

Identificación:

Fabricante: Delpaso Solar S.L.

Nombre comercial: SSZ 2600H.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2014.

Dimensiones:

Longitud: 1234 mm.

Ancho: 2089 mm.

Alto: 98 mm.

Área de apertura: 2,33 m2.

Área de absorbedor: 2,33 m2.

Área total: 2,58 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 34,7 kg.

Fluido de transferencia de calor: propilenglicol.

Presión de funcionamiento máximo: 10 bar.

4. Modelo con contraseña NPS – 25916

Identificación:

Fabricante: Delpaso Solar S.L.

Nombre comercial: SSZ 2200 V.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2014.

Dimensiones:

Longitud: 2073 mm.

Ancho: 1069 mm.

Alto: 98 mm.

Área de apertura: 2,00 m2.

Área de absorbedor: 2,00 m2.

Área total: 2,23 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 29,7 kg.

Fluido de transferencia de calor: propilenglicol.

Presión de funcionamiento máximo: 10 bar.

Resultados de ensayo para el modelo de mayor tamaño de la familia:

• Rendimiento térmico:

Desviación típica

ƞ0,hem

± 0,698

± 0,004

a1

± 3,401

± 0,336

W/m2K

a2

± 0,013

± 0,07

W/m2K2

Nota: referente al área total

• Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm-Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

684

1197

1710

30

603

1055

1507

50

511

895

1278

Resultados de ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia:

• Rendimiento térmico:

Desviación típica

ƞ0,hem

± 0,707

± 0,005

a1

± 3,430

± 0,349

W/m2K

a2

± 0,016

± 0,007

W/m2K2

Nota: referente al área total

• Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm-Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

596

1043

1490

30

524

916

1309

50

440

770

1100

Nota: Se han considerado los datos obtenidos en los ensayos realizados según la norma ISO 9806:2013.

Madrid, 29 de marzo de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, M.ª Teresa Baquedano Martín.

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