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Documento BOE-A-2017-8454

Resolución de 30 de junio de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Roche Farma, SA, para la financiación del Encuentro "Nuevos avances y desafíos en esclerosis múltiple 2ª edición".

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 2017, páginas 62892 a 62902 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-8454

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Roche Farma, S.A., han suscrito con fecha 16 de junio de 2016, un Convenio de colaboración para la financiación del Encuentro «Nuevos avances y desafíos en esclerosis múltiple 2.ª edición», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 30 de junio de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Universidad internacional Menéndez Pelayo y Roche Farma, S.A., para la financiación del Encuentro «Nuevos avances y desafíos en esclerosis múltiple 2.ª edición»

En Madrid, a 16 de junio 2017.

REUNIDOS

De una parte, don César Nombela Cano, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo –en adelante denominada «UIMP»– (entidad con NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su calidad de Rector Magnífico, facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 1705/2012, de 21 de diciembre (BOE del 22) y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (BOE del 12).

De otra parte, don Javier de Urquía Martí y doña María Gemma Palacios Hernández, actuando en nombre y representación de Roche Farma, S.A. (Soc. Unipersonal) –en adelante denominada «Roche»– (entidad con NIF A-08023145 y con domicilio en calle Ribera del Loira, 50, 28042 de Madrid), en calidad de apoderados.

EXPONEN

I. Que la UIMP es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio e información científica y cultural de interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades de alta investigación y especialización. A tal fin organiza y desarrolla, por si misma o en colaboración con otras instituciones españolas o extranjeras, cursos y reuniones de trabajo de carácter internacional e interregional dirigidas al estudio de problemas o áreas específicas de investigación.

Dentro de sus fines institucionales está interesada en llevar a cabo el Encuentro «Nuevos avances y desafíos en la esclerosis múltiple 2.ª edición» que se celebrará en Santander los días 21, 22 y 23 de Junio en las condiciones establecidas en este acuerdo (ver detalles del presupuesto/carta de solicitud con detalle de partidas en el anexo I). Y para ello está en disposición de suscribir convenios de colaboración con terceros para la mejor financiación del evento.

Se adjunta como anexo II copia de la agenda del evento educativo.

II. Que Roche es un laboratorio farmacéutico interesado en apoyar los avances biomédicos y en particular el evento identificado en el Expositivo I.

Y por ello, reconociéndose capacidad suficiente para formalizar el presente acuerdo de colaboración, las partes

ACUERDAN

Primero.

Roche se compromete a realizar una aportación a UIMP para el buen desarrollo del evento identificado en el Expositivo I, tal y como viene descrito en la carta de solicitud adjunta y en este acuerdo. UIMP destinará esos fondos a financiar el citado evento, cuyo contenido será decidido de forma independiente por la sociedad organizadora, libre de cualquier influencia por parte de Roche, que no recibirá ni aceptará ningún beneficio tangible a cambio de esta colaboración. No tendrá consideración de beneficio el informe que la UIMP pueda proporcionar a Roche con el fin de evidenciar la realización de la reunión, informar y mostrar la relevancia científica, la acogida, el impacto y los resultados del evento, cuando Roche lo solicite.

La aportación de Roche, que tendrá carácter minoritario respecto de la cantidad total estimada necesaria para llevar a cabo el evento, se concreta en la cantidad de cuatro mil euros (4.000 €), que irán destinados a los conceptos mencionados anteriormente.

La citada cantidad, a la que se le aplicarán los impuestos que correspondan de acuerdo con la legislación vigente, será facturada de la siguiente forma:

100 % a la firma del convenio.

Sin perjuicio de lo anterior, UIMP se compromete a devolver a Roche la cantidad aportada si finalmente no se llegara a celebrar el evento, o bien a ajustarla, si se realizase con un alcance inferior al inicialmente previsto.

Roche abonará las facturas en los sesenta días siguientes a su fecha de emisión.

Segundo.

Tanto Roche como la UIMP cumplirán en todo momento con la legislación aplicable, sin que conozcan conflicto de interés alguno que pudiera evitar la aceptación y entrega de esta colaboración. Asimismo, serán transparentes en todo momento en relación con la misma.

Tercero.

La UIMP declara que la colaboración prestada por Roche en el marco del presente convenio no será destinada a la financiación de cuotas de inscripción ni al pago de los gastos de desplazamiento o alojamiento de los profesionales sanitarios asistentes a estas sesiones científico-profesionales, siendo destinada por la UIMP a la financiación de los restantes gastos generales del evento.

La UIMP declara, asimismo, que el importe de esta colaboración, sumada a cualesquiera otras que pueda recibir de Roche a lo largo de este año, no superarán en ningún caso el 30 % de sus ingresos o presupuesto para dicho período.

Cuarto.

En ningún caso se entrega ni se recibe esta cantidad para un uso o beneficio personal o para influir en la prescripción, dispensación, venta o recomendación de ningún medicamento ni otro producto de Roche.

Quinto.

Ambas partes mantendrán la confidencialidad sobre las informaciones y documentos a los que accedan como consecuencia de la colaboración aquí reflejada, salvo que se trate de información de dominio público o cuente con la autorización expresa de la otra parte. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá por un período de cinco (5) años desde su divulgación. Este compromiso de confidencialidad no será aplicable respecto de aquellas informaciones que las partes ya conocieran y no estuvieran obligados a mantenerlas confidenciales, ni respecto de aquellas informaciones que pasen a ser de conocimiento público por causas no imputables a aquéllas.

No obstante lo anterior, esta aportación será publicada en la web de Roche conforme a lo establecido en el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica. Asimismo, tendrá el carácter de irrevocable en la medida en que efectivamente se realice con el alcance previsto y ha sido valorada y aprobada por la USD de Farmaindustria.

Asimismo, este convenio será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2) y, debido a la naturaleza pública de la UIMP, las partes reconocen que el cumplimiento de la legislación o normativa que le es aplicable en materia de Transparencia y Control presupuestario puede requerir la divulgación de los acuerdos celebrados e ingresos recibidos. Las partes acuerdan que la UIMP podrá reportar y revelar la información relativa a este acuerdo con este fin.

Sexto.

UIMP se compromete a hacer constar y a difundir de forma razonable y adecuada la colaboración de Roche, mediante la mención de Roche, o la exhibición de su logotipo, en el programa de mano del evento y en el catálogo general de Cursos Avanzados de Santander u otros soportes escritos que genere el evento. Roche proporcionará, en su caso, los materiales necesarios al efecto.

Séptimo.

El presente acuerdo en ningún caso significará o justificará la existencia de una relación laboral o de dependencia entre las partes.

Octavo.

Ninguna de las partes estará facultada para ceder este acuerdo o parte de él a un tercero sin la autorización previa por escrito de la contraparte.

Noveno.

Este acuerdo comprende todos los pactos entre las partes relativos al evento y sustituye cualquier acuerdo anterior con el mismo objeto, tanto verbal como escrito.

Décimo.

Excepto en relación con posibles cambios en el lugar de celebración o fecha del evento, ninguna otra modificación, cambio o alteración en los términos o condiciones de este acuerdo será posible, salvo que ésta se documente por escrito y sea firmada por las partes.

Undécimo.

UIMP proporcionará a Roche, en el plazo de treinta días desde la celebración del evento, documentación suficiente que permita verificar que se ha llevado a cabo en las condiciones acordadas en el presente convenio, o bien se admitirá el mail justificativo anteriormente referido sobre la celebración del evento.

Duodécimo.

Las partes no consideran necesario crear una comisión de coordinación específica que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las acciones y el óptimo desarrollo de las mismas.

Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través de su Gerencia, y serán el personal técnico de la misma, y como responsable último su Titular, los encargados de velar por la consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.

Decimotercero.

Este convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El convenio finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos adquiridos, en todo caso el 31 de diciembre de 2017.

El presente convenio se extinguirá por su cumplimiento, o por incurrir en causa de resolución.

Serán causa de resolución del presente convenio:

1. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

2. El incumplimiento grave de las obligaciones asumidas por alguna de las partes.

3. La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes.

4. El mutuo acuerdo entre las partes.

5. Por decisión judicial declaratoria de nulidad del Convenio.

6. Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, la parte que detectara dicho incumplimiento grave lo notificará a la parte que incumpla mediante carta certificada con acuse de recibo. En el transcurso de los quince días siguientes a la recepción de esta carta, la situación deberá ser regularizada o en su caso la parte que ha incumplido deberá alegar las causas y razones que impiden el correcto cumplimiento. A la vista de las mismas, la parte que haya denunciado el incumplimiento comunicará su decisión de resolver o no el convenio, teniendo efecto dicha resolución a los diez días de dicha comunicación.

Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte toda dificultad, de cualquier naturaleza que ésta sea, que encuentre en el desarrollo de la ejecución, y, en general, de toda información susceptible de afectar a su buena ejecución, con el fin de permitir a la otra parte tomar las medidas que considere más apropiadas.

Decimocuarto.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2).

El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con el artículo 4.1.d) del mismo; siéndole de aplicación no obstante los principios de dicho texto legal, en defecto de normas específicas recogidas en el propio convenio y en la citada Ley 40/2015, para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse.

Asimismo, el presente Convenio tiene la consideración de convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE del 24), siéndole de aplicación lo dispuesto en dicha Ley para estos convenios.

Decimoquinto.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad lo firman las partes por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y la fecha arriba indicados.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, César Nombela Cano.–Por Roche Farma, S.A., Javier de Urquía Martí y María Gemma Palacios Hernández.

ANEXO I
PRESUPUESTO/CARTA DE SOLICITUD

1

2

PRESUPUESTO 2017

Encuentro: Nuevos avances y desafíos en esclerosis múltiple. 2.ª edición.

Director: Diego Clemente.

Fechas: 21, 22 y 23 de junio.

Concepto

Unidades

Descripción

Coste Unitario

Total

I. Honorarios.

Dirección. 4-5 días.

700,00

0,00

1

Dirección. 1-3 días.

600,00

600,00

Secretaría. 4-5 días.

500,00

0,00

1

Secretaría. 1-3 días.

400,00

400,00

9

Ponencia.

380,00

3.420,00

8

Mesa redonda.

150,00

1.200,00

Comunicación.

150,00

0,00

Total (I).

5.620,00

II. Viajes.

Avión.

Canadá. Tarifa turista.

4.351,00

0,00

– Iberoamérica. Tarifa turística.

4.646,00

0,00

2

– Europa. Tarifa turista.

1.215,00

2.430,00

9

España.

Madrid.

717,00

6.453,00

Barcelona.

735,00

0,00

Alicante.

852,00

0,00

La Coruña.

870,00

0,00

2

Sevilla.

945,00

1.890,00

202

Carretera (€/km).

0,19

38,38

Total (II).

10.811,38

III. Alojamiento y Manutención.

Director/a. TA.

790,00

0,00

1

4 días. TB.

550,00

550,00

Secretario/a. TA.

709,00

1

4 días. TB.

550,00

550,00

Ponentes.

1 día TA.

177,00

0,00

1 día TB.

138,00

2 días TA.

354,00

0,00

2 días TB.

275,00

3.025,00

4 días TB.

550,00

550,00

Total (III).

4.675,00

IV. Traducción Simultánea.

2

Sesiones.

610,00

1.226,00

Total (IV).

1.226,00

V. Publicidad.

1

2.000,00

2.000,00

Total (V).

2.000,00

VI. Becas.

Alojam. 30 €/día.

Manut. diaria 21 €.

1 día.

51,00

0,00

2 días.

102,00

0,00

10

3 días.

153,00

1.530,00

4 días.

204,00

0,00

5 días.

255,00

0,00

6 días.

306,00

0

Total.

1.530,00

VII. Imprenta.

1

400,00

400,00

VIII. Otros gastos.

1

Diplomas y material.

1.100,00

1.100,00

3

Infraestructuras. 1 día.

1.800,00

5.400,00

Total (VI y VII).

6.900,00

Total presupuesto.

32.762,38

ANEXO II
Programa del evento

Nuevos avances y desafíos en esclerosis múltiple-II.ª edición

Dirección: Diego Clemente López. Investigador Principal del Grupo de Neuroinmuno-Reparación del Hospital Nacional de Parapléjicos. Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, Toledo. Red Española de Esclerosis Múltiple - REEM.

Secretaría: Begoña Aguilar Zambalamberri. Presidenta de la Asociación de Esclerosis Múltiple de Toledo (ADEM-TO).

Miércoles 21:

09:30 h. Inauguración.

Primera jornada. Neurología.

10:00 h. Aspectos fundamentales sobre el manejo y el curso clínico de la esclerosis múltiple recurrente remitente.

Celia Oreja Guevara. Jefa de Sección de Neurología. Hospital Clínico San Carlos. Profesora Asociada de la Universidad Complutense de Madrid. Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM.

11:00 h. Pasado, presente y futuro de la esclerosis múltiple secundaria progresiva.

Guillermo Izquierdo Ayuso. Director de la Unidad de Esclerosis Múltiple (CSUR) del Hospital Universitario Virgen Macarena, Sevilla. Red Española de Esclerosis Múltiple - REEM.

12:30 h. La Psique en la esclerosis múltiple.

Rafaela Santos. Neuropsiquiatra. Presidenta del Instituto Español de Resiliencia y de la Fundación Humanae, Madrid.

15:30 h. Mesa redonda. Manejo sanitario integral y efectivo de la esclerosis múltiple: interacción, cooperación, alianzas.

Rafael Arroyo González. Jefe de Servicio de Neurología. Hospital Universitario Quirónsalud, Madrid. Profesor asociado de la Universidad Europea de Madrid.

Lorenzo García Haba. Médico de Familia. Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, Toledo.

Noelia Becerril Ríos. Enfermera en la Unidad de Esclerosis Múltiple del Hospital Virgen Macarena, Sevilla.

Concepción Castaño del Pino. Asociación de Esclerosis Múltiple de Toledo (ADEM-TO).

Moderación. Begoña Aguilar Zambalamberri.

Jueves 22.

Segunda jornada. Investigación en Neuroinmunología.

09:30 h. Papel de los neurotransmisores en la fisiopatología de la esclerosis múltiple: impacto en remielinización.

Carlos Matute Almau. Achucarro Basque Center for Neuroscience Universidad del País Vasco, Leioa, Bizkaia.

10:30 h. Nueva estrategia de Inmunointervención en esclerosis múltiple: tratamiento anti-NMDA para preservar la barrera hematoencefálica.

Fabian Docagne. Serine Proteases, Inflammation, Glial Cells (SPrinG) Team, Inserm 1237, Caen, Francia.

12:00 h. La células mieloides supresoras: nuevos elementos para neuroinmuno-reparación en esclerosis múltiple.

Diego Clemente López.

13:00 h. La respuesta inmune adaptativa como diana global para una enfermedad poliédrica.

Luisa María Villar Guimerans. Jefa de Servicio de Inmunología del Hospital Ramón y Cajal de Madrid. Coordinadora de la Red Española de Esclerosis Múltiple-REEM

15:30 h. Mesa redonda Retos inmediatos de la investigación en esclerosis múltiple.

Antonio García Merino. Jefe de Sección de Neurología. Hospital Universitario Puerta de Hierro, Majadahonda. Profesor Titular de Medicina (Neurología). Universidad Autónoma de Madrid. Red Española de Esclerosis Múltiple - REEM.

Carles Vilariño-Güell. Department of Medical Genetics. Faculty of Medicine. University of British Columbia, Vancouver, Canadá.

Luisa María Villar Guimerans.

Carlos Matute Almau.

Salvador García Fernández. Head of Medical Affairs, Sanofi Genzyme Iberia.

Moderación. Diego Clemente López.

Viernes 23.

Tercera jornada. Esclerosis múltiple: ¿50 % Gen / 50 % Ambiente?

09:30 h. La genética de la esclerosis múltiple: enfermedad hereditaria o hecho fortuito.

Carles Vilariño-Güell.

10:30 h. Factores ambientales relacionados con la esclerosis múltiple.

Lars Alfredsson. Institute of Environmental Medicine, Karolinska Institutet, Estocolmo, Suecia.

12:00 h. Vitamina D: tratar o no tratar, esa es la cuestión.

Antonio García Merino.

13:00 h. Debate.

13:30 h. Clausura.

La esclerosis múltiple es una enfermedad desmielinizante, inflamatoria y neurodegenerativa que afecta al sistema nervioso central. Comienza, principalmente, en adultos jóvenes y en mujeres y, a día de hoy, no tiene cura. Una vez diagnosticada, se ha conseguido frenar o ralentizar el curso clínico de la enfermedad y, por tanto, la discapacidad en algunos tipos de pacientes.

La naturaleza «múltiple» y «caprichosa» de esta enfermedad hace que el manejo de las personas que la presentan necesite de un enfoque holístico, ya que afecta a diferentes aspectos médicos y psicosociales.

En el presente Encuentro abordaremos esta poliédrica patología desde tres puntos de vista diferentes pero relacionados:

I. El manejo médico-psicológico actual y futuro de la patología.

II. Los últimos avances en investigación en neuroinmunología relacionada con la esclerosis múltiple.

III. La relación existente entre las bases genéticas de susceptibilidad o heredabilidad de la enfermedad y su interacción con los factores ambientales que la provoquen o impulsen.

Con ello, se pretende mostrar un enfoque multidisciplinar y amplio, complementario e imprescindible entre los diferentes profesionales que participan en la búsqueda de la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas por la esclerosis múltiple. Haciendo hincapié en sus necesidades y valorando la importancia de la investigación como pieza clave para avanzar en el control y diagnóstico temprano de la patología.

Este Encuentro va dirigido a un perfil amplio de alumnado:

Profesionales de la salud: médicos o personal de enfermería.

Investigadores, ya sea relacionados con investigación clínica o básica.

Profesionales de la rehabilitación integral de la persona con esclerosis múltiple: fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, logopedas, psicólogos/as, trabajadores/as sociales.

Personas afectadas que deseen conocer más sobre el manejo e investigación, básica y clínica, en su enfermedad.

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