De conformidad con lo establecido en el número 2 del apartado decimoséptimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, se hace pública, como anexo I, la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición por orden de puntuación obtenida.
Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden, para presentar en el Registro General del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, o bien en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigidos a la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título académico exigido en la base 3.1 de la Orden de convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, todos los estudios para su obtención.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación que corresponda.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como anexo II.
C) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad de la solicitud inicial.
Por Resolución de la autoridad convocante se procederá al nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En la Resolución se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento, así como la fecha de inicio del curso selectivo.
Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, salvo que opten por las del Cuerpo del que proceden. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino.
Concluido el proceso selectivo para quienes lo hubiesen superado y durante el desarrollo del curso selectivo, la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social ofertará los puestos de trabajo cuya cobertura se considere conveniente en atención a las necesidades de los servicios.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada del Subsecretario de Empleo y Seguridad Social.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo según lo dispuesto en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 4 de julio de 2017.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.
N.º de oposición |
DNI |
Apellidos y nombre |
Puntuación total |
---|---|---|---|
1 |
72051196Q |
Ruiz Rodríguez, Tamara |
30,20 |
2 |
46866100N |
Vicente García, Laura |
28,57 |
3 |
70352664B |
Santiago Valentín, María José |
27,57 |
4 |
50177036Y |
Notario González, María Isabel |
27,55 |
5 |
09331995K |
Arranz de la Fuente, Raúl |
27,48 |
6 |
47336858Y |
López Lemes, Violeta |
26,68 |
7 |
07249568Z |
Parra Merino, M.ª Tamara |
25,73 |
8 |
77820583Z |
Serra de Torres, María de los Ángeles |
25,08 |
9 |
05433898X |
Gari Pérez, Aitana Clara |
24,97 |
Don/doña .........................................................................................................................
Con domicilio en ..............................................................................................................
y documento nacional de identidad número .........................................................................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que no ha sido separado del servicio en ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ................................................... a ........................ de ...................... de 2017
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