Actualmente se están tramitando varios procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario mediante concurso en el ámbito de este Departamento. Durante el mes de agosto puede verse comprometida la normal continuidad en la resolución de estos procesos. Esta circunstancia tiene especial importancia en relación con el cumplimiento del plazo de resolución establecido en las convocatorias.
Por ello, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que tiene atribuidas, resuelve:
Declarar inhábil el mes de agosto de 2017 a efectos del cómputo del plazo de resolución de los concursos que se relacionan a continuación:
Resolución de 30 de enero de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social (BOE de 6 de febrero).
Resolución de 7 de abril de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal (BOE de 18 de abril).
Resolución de 12 de abril de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (BOE de 25 de abril).
Resolución de 20 de abril de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Departamento (BOE de 27 de abril).
Resolución de 19 de mayo de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo de Subinspector Laboral, Escala de Empleo y Seguridad Social (BOE de 30 de mayo).
Resolución de 19 de junio de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Fondo de Garantía Salarial (BOE de 26 de junio).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 14 de julio de 2017.–El Subsecretario de Empleo y Seguridad Social. Pedro Llorente Cachorro.
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