En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) ha propuesto la actualización de las siguientes Cartas de Servicios:
• Centro de Referencia Estatal para la Atención a Personas con Grave Discapacidad y Dependencia (CRE de Discapacidad y Dependencia).
• Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias (CRE ALZHEIMER).
• Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias (CREER).
• Centro Polivalente de Servicios para Personas Mayores de Melilla.
• Centros Sociales de Mayores con Unidad de Estancias Diurnas.
• Centros de Recuperación de personas con Discapacidad Física (CRMF).
• Direcciones Territoriales del Imserso.
• Centros de Atención a Personas con Discapacidad Física (CAMF).
• Centros Base del Imserso.
• Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral (CEADAC).
• Biblioteca de los Servicios Centrales del Imserso.
• Centro de Referencia Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT).
El artículo 11.1 de la citada disposición establece que las Cartas de Servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente.
Visto el informe favorable emitido al respecto por la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios de fecha 19 de abril de 2017, en virtud de las competencias que le asigna la normativa vigente en relación con el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría resuelve:
Aprobar la actualización de las anteriores Cartas de Servicios que tendrán vigencia a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Los textos de las Cartas de Servicios deberán estar disponibles en las dependencias con atención al público de los citados Centros, en los Servicios de Información y Atención al Ciudadano a que se refiere el artículo 11.3 del mencionado Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, en la sede electrónica del Departamento y en la del Imserso, de conformidad con lo dispuesto en el apartado b) del artículo 6.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. También estarán disponibles en la página web del Ministerio y a través del «Punto de Acceso General de la Administración»: http://administracion.gob.es/.
Madrid, 11 de julio de 2017.–La Subsecretaria de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, María Jesús Fraile Fabra.
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