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Documento BOE-A-2017-9317

Resolución de 1 de agosto de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscriben en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación a las solicitudes adjudicatarias de la subasta para la asignación del régimen retributivo específico convocada al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 4 de agosto de 2017, páginas 76919 a 76922 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2017-9317

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, establece en su artículo 12 que el otorgamiento del régimen retributivo específico se realizará mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.

En desarrollo del citado real decreto, el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, por el que se establece una convocatoria para el otorgamiento del régimen retributivo específico a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el sistema eléctrico peninsular, aprobó la convocatoria para la asignación del régimen retributivo específico de hasta un máximo de 3.000 MW de potencia instalada.

Posteriormente se aprobó la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, por la que se regula el procedimiento de asignación del régimen retributivo específico en la convocatoria para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, convocada al amparo del Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y se aprueban sus parámetros retributivos.

La convocatoria de dicha subasta y el establecimiento del procedimiento y las reglas de la misma, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, se realizó por la Resolución de 10 de abril de 2017 de la Secretaria de Estado de Energía, por la que se convoca subasta para la asignación del régimen retributivo específico a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, al amparo de lo dispuesto en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, y la Resolución de 10 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen el procedimiento y las reglas de la subasta para la asignación del régimen retributivo específico a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, convocada al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril.

El 17 de mayo de 2017 se celebró la subasta convocada al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, para determinar la relación de ofertas adjudicatarias de la subasta para la asignación del régimen retributivo específico, así como el porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de la instalación tipo de referencia para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el sistema eléctrico peninsular.

Conforme se establece en el artículo 14 de la referida Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, la entidad administradora de la subasta emitió informe de fecha 17 de mayo de 2017, remitido a la Secretaría de Estado de Energía en fecha 18 de mayo de 2017, indicando el sobrecoste unitario marginal resultado de la casación, el sobrecoste unitario marginal de cada instalación tipo de referencia, los adjudicatarios, las potencias adjudicadas y el porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de cada instalación tipo de referencia.

Por su parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, entidad supervisora de la subasta, emitió informe en fecha 17 de mayo de 2017, el cual fue remitido a la Secretaría de Estado de Energía, confirmando que el proceso ha sido objetivo, transparente, y no discriminatorio, y que la subasta se desarrolló de forma competitiva, no habiéndose apreciado el uso de prácticas que puedan suponer restricciones a la competencia u otras faltas en el desarrollo de la misma, validando, en definitiva, los resultados de la subasta y el procedimiento seguido para su consecución.

A la vista de lo anterior, con fecha 19 de mayo de 2017 se aprobó la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 26 de mayo de 2017, por la que se resuelve la subasta para la asignación del régimen retributivo específico, se aprueba el porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de las instalaciones tipo de referencia para cada tecnología y se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las potencias adjudicatarias.

Con fecha 31 de mayo de 2017, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Corrección de errores de la Resolución de 19 de mayo de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se resuelve el procedimiento de subasta para la asignación del régimen retributivo específico al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, al haberse advertido un error material en la publicación de la Resolución de 19 de mayo de 2017 que afectaba a la potencia correspondiente a una de las solicitudes adjudicatarias.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, los adjudicatarios disponían de un plazo de cuarenta y cinco días hábiles desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución por la que se resolvió la subasta para presentar la solicitud de inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación, acompañada de la garantía económica de acuerdo con lo establecido en la citada orden.

Los interesados que figuran en el anexo I de la presente resolución presentaron en tiempo y forma las solicitudes junto a la documentación requerida, según lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, esta Dirección General, en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, resuelve:

Primero.

Inscribir en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación regulado en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, las solicitudes que figuran en el anexo I de la presente resolución.

Segundo.

Requerir a la entidad administradora de la subasta para que, conforme a lo dispuesto en el artículo 15.6 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, proceda a la devolución de las garantías depositadas para la participación en la subasta a las solicitudes que figuran en el anexo I de la presente resolución, por la potencia inscrita en estado de preasignación que figura en dicho anexo.

Tercero.

Requerir a la entidad administradora de la subasta para que, conforme a lo dispuesto en el artículo 15.6 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, proceda a la ejecución de las garantías depositadas para la participación en la subasta a las ofertas adjudicatarias que figuran en el anexo II de la presente resolución.

Según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, las solicitudes inscritas en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación dispondrán, hasta el 31 de diciembre de 2019, para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 46 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, y la inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación. Asimismo, deberán atender a lo previsto en los artículos 17 y 18 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, en relación con la identificación de las instalaciones y acreditación de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones identificadas.

Conforme a lo previsto en el apartado 4 del artículo 15 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, dicho recurso deberá presentarse exclusivamente por vía electrónica, con certificado electrónico, a través de la aplicación accesible desde sede.minetur.gob.es, en la sede electrónica del Ministerio, dentro del apartado «procedimientos y servicios electrónicos», opción «mostrar todos los procedimientos», opción «presentación de otros recursos administrativos», o directamente a través del siguiente enlace: https://sede.minetur.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos/paginas/administrativos.aspx.

Madrid, 1 de agosto de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

ANEXO I
Solicitudes inscritas en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación adjudicatarias de la subasta convocada al amparo del Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril

Nombre adjudicatario

Instalación tipo de referencia (1)

Potencia adjudicada por subasta (kW) (2)

Potencia inscrita en estado de preasignación (kW)

Código de identificación de la solicitud

SOCIEDAD ARAGONESA TRANSEUROPEA DE ENERGÍAS RENOVA

ITR-0103

1.200.000

1.200.000

PER-000017-2017-E

GAS NATURAL FENOSA RENOVABLES

ITR-0103

666.999

666.999

PER-000010-2017-E

ENEL GREEN POWER ESPAÑA, S.L.

ITR-0103

540.098

540.098

PER-000011-2017-E

ENERGÍAS EÓLICAS Y ECOLÓGICAS 54, S.L.

ITR-0103

237.500

237.500

PER-000020-2017-E

SISTEMAS ENERGÉTICOS SIERRA DE VALDEFUENTES, S.L.U.

ITR-0103

206.450

206.450

PER-000012-2017-E

NORVENTO, S.L.U.

ITR-0103

128.600

128.600

PER-000016-2017-E

CEPSA GAS Y ELECTRICIDAD, S.A.

ITR-0103

1

1

PER-000005-2017-E

TECNOLOGIA INGENIERIA Y CALIDAD, S.L.

ITR-0104

1.000

1.000

PER-000007-2017-E

GAS NATURAL FENOSA RENOVABLES

ITR-0104

9

9

PER-000009-2017-E

ILDEFONSO-PEDRO TAUSTE ORTIZ

ITR-0104

7

7

PER-000001-2017-E

BIOGASTUR GENERACIÓN NAVIA, S.L.

ITR-0105

4.500

4.500

PER-000008-2017-E

CONSORCIO DE AGUAS BILBAO-BIZKAIA

ITR-0105

4.241

4.241

PER-000003-2017-E

AVANZALIA ENERGÍA COMERCIALIZADORA, S.A.

ITR-0105

2.900

2.900

PER-000013-2017-E

VERTEDEROS DE RESIDUOS, S.A.

ITR-0105

2.500

2.500

PER-000002-2017-E

ENERGIA SUR DE EUROPA, S.L.

ITR-0105

2.126

2.126

PER-000006-2017-E

HIBRIDACIÓN TERMOSOLAR NAVARRA

ITR-0105

2.000

2.000

PER-000015-2017-E

AYUNTAMIENTO DE ALFARRÀS

ITR-0105

472

472

PER-000004-2017-E

AGROENERGIA DE CAMPILLOS, S.L.

ITR-0105

300

300

PER-000018-2017-E

OMS SACEDE, S.A.U

ITR-0105

260

260

PER-000019-2017-E

(1) Las instalaciones tipo aplicables en función del año de autorización de explotación definitiva y sus parámetros retributivos se recogen en el anexo II de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 19 de mayo de 2017, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 26 de mayo de 2017, por la que se resuelve el procedimiento de subasta para la asignación del régimen retributivo específico al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril.

(2) Según recoge el anexo I de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 19 de mayo de 2017, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 26 de mayo de 2017, por la que se resuelve el procedimiento de subasta para la asignación del régimen retributivo específico al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril.

ANEXO II
Ofertas adjudicatarias de la subasta para la asignación del régimen retributivo específico convocada al amparo del Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, no inscritas en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación

Nombre adjudicatario

Instalación tipo de referencia

Potencia adjudicada por subasta (kW) (1)

ALFANAR CO.

ITR-0103

3

COBRA CONCESIONES, S.L.

ITR-0103

3

ENERGÍAS RENOVABLES DEL BIERZO, S.L.

ITR-0103

3

HOCENSA EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A.

ITR-0103

3

EDP RENOVABLES ESPAÑA, S.L.U.

ITR-0103

2

GESTAMP EOLICA, S.L.

ITR-0103

1

GREENALIA POWER, S.L.

ITR-0103

1

X-ELIO ENERGY, S.L.

ITR-0104

9

COBRA CONCESIONES, S.L.

ITR-0104

7

LOTAPERA, S.L.

ITR-0104

4

IB VOGT GMBH

ITR-0104

1

(1) Según recoge el anexo I de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 19 de mayo de 2017, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 26 de mayo de 2017, por la que se resuelve el procedimiento de subasta para la asignación del régimen retributivo específico al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril.

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