Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Juntos Sumamos resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Jaime Carvajal Hoyos, el 2 de junio de 2016, según consta en la escritura pública número 1773, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Segismundo Álvarez Royo-Villanova, que fue subsanada con la diligencia, otorgada el 27 de septiembre de 2016 ante el mismo notario que otorgó la escritura de constitución inicial.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Barcelona, Calle de Iradier 19-21, Código Postal 08017 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.
Dotación inicial: Treinta y dos mil cuatrocientos euros (32.400 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Los fines fundacionales son: promover la cohesión y concordia entre los ciudadanos españoles, divulgando los beneficios que tiene para todos mantener y potenciar el espacio de convivencia democrática, política, económica y social que es España y el conjunto de la Unión Europea.
Presidente: Don Jaime Carvajal Hoyos.
Secretario: Don Carlos Trinchant Blasco.
Vocal: Doña María Gracia Rubio de Casas.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Los patronos acuerdan conferir poderes a don Jaime Carvajal Hoyo, don José María de Areilza Carvajal, don Carlos Trinchant Blasco, doña Marta Plana i Dropez, don Carlos Losada Marrodán, don Ignacio López Balcells Romero, en forma solidaria y mancomunada, en los términos que constan en la escritura pública número 1773, previamente citada.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 17 de octubre de 2016.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Juntos Sumamos y su Patronato.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 22 de diciembre de 2016.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid