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Documento BOE-A-2017-9886

Resolución de 17 de julio de 2017, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Conocimiento, por la que se renueva la autorización, para su uso e instalación en la red de los contadores, marca Itron, modelo SL 7000, tipo SL760-2B, SL760-2C, SL760-2D y SL760-2E.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 19 de agosto de 2017, páginas 85006 a 85007 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2017-9886

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud de 14 de junio de 2017, presentada por la empresa Itron Spain, S.L.U domiciliada en Camí Ral 1, polígono industrial El Congost, 08170 de Montornès del Vallès (Barcelona) en solicitud de prórroga de la autorización, para su uso e instalación en la red, de los contadores, marca Itron, modelo SL7000, tipo SL760-2B...,SL760-2C...,SL760-2D..., y SL760-2E... aprobada por resolución de 3 de mayo de 2010, de la Secretaria de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de la Generalitat de Cataluña.

Visto el certificado del laboratorio holandés NMI (núm. Organismo notificado 0122), núm. TI0090 revisiones 3 y 4, el de validación del protocolo del registrador del área de inspección de medidas de Red Eléctrica de 5 de junio de 2011, y la declaración CE de conformidad del fabricante de fecha 10 de abril de 2017.

Considerando el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico y el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrologia.

De acuerdo con las atribuciones que me confiere el Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalitat de Cataluña («DOGC» 7037, del 14) y el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico («DOGC» 1505, de 14 de octubre), resuelvo:

Autorizar para su uso e instalación en la red, las cuatro versiones del contador, marca Itron, modelo SL7000, tipo SL760-2B..., SL760-2C..., SL760-2D... y SL760-2E..., con las características siguientes:

Contadores de energía eléctrica, modelo SL7000, estáticos, combinados, trifásico, 4 hilos, de conexión directa o mediante transformadores, para la medida de la energía, activa bidireccional clases B y C y clases 1 y 2 para la reactiva en los cuatro cuadrantes, con función registrador de medida. Equipado con interfaz óptico y dos puertos serie (RS 232 y/o RS 485) de funcionamiento simultáneo así como cuatro salidas auxiliares configurables.

Tipo

Activa

Reactiva

Intensidades

In ó Ib (Imax)

SL760-2B...

Clase C

Clase 1

-/5A (5 - 10) A

SL760-2C...

Clase B

Clase 2

-/5A (2,5 -10)A

SL760-2D...

Clase B

Clase 2

10 (80) A

SL760 – 2E...

Clase B

Clase 2

5 (120) A

Todos los tipos disponen de tensión de rango extendido desde 3 × 57,7/100V a 3 × 240/415 V, Frecuencia 50 Hz. El funcionamiento como contador de energía activa se empara en el previsto en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.

El contenido y el alcance de esta autorización están sujetos a las condiciones siguientes:

Primera.

Esta autorización tiene un plazo máximo de validez de cinco años, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. Esta autorización podrá ser prorrogada por períodos sucesivos previa petición presentada por el solicitante de la misma a esta Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial.

Segunda.

Previamente a su instalación, los contadores que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen, realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.

Tercera.

Los contadores que se refiere esta resolución, tendrán que cumplir adicionalmente, todas las condiciones contenidas en el anexo técnico que acompañaba la documentación presentada por la su autorización inicial.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 17 de julio de 2017.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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