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De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.1 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, el Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad. La designación o separación, una vez haya sido comunicada al Ministro de Fomento, será publicada en el correspondiente Diario Oficial y en el «Boletín Oficial del Estado».
La Generalidad de Cataluña, a propuesta del Consejero de Territorio y Sostenibilidad, ha dispuesto el cese de don Sixte Cambra i Sánchez como Presidente de la Autoridad Portuaria de Barcelona, mediante Decreto 140/2018, de 3 de julio.
Dicho cese ha sido comunicado debidamente al Ministro de Fomento.
En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido por el citado artículo de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispongo:
Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al Decreto 140/2018, de 3 de julio, de la Generalidad de Cataluña, por el que se cesa a don Sixte Cambra i Sánchez como Presidente de la Autoridad Portuaria de Barcelona.
Madrid, 16 de julio de 2018.–El Ministro de Fomento, José Luis Ábalos Meco.
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