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Documento BOE-A-2018-10497

Resolución de 12 de julio de 2018, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 25 de julio de 2018, páginas 74435 a 74442 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-10497

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo que dispone el artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; los Estatutos de la Universitat Pompeu Fabra; la oferta pública de ocupación de personal docente e investigador de la Universitat Pompeu Fabra para el año 2018 (publicada en el DOGC número 7648, de 22 de junio de 2018) y el acuerdo de la Comisión de Profesorado de 21 de junio del 2017 y del 9 de mayo del 2018.

En uso de las atribuciones que me son conferidas por el artículo 52 en relación con la competencia prevista en el artículo 5.d de los Estatutos de la Universitat Pompeu Fabra, aprobados por el Decreto 209/2003, de 9 de septiembre, y modificados por Acord GOV/203/2010, de 9 de noviembre (texto íntegro publicado en el DOGC número 5756, de 16 de noviembre del 2010) y por Acord GOV/129/2015, de 4 de agosto (DOGC número 6929, de 6 de agosto del 2015), resuelvo:

Primero.

Convocar concurso de acceso para la provisión de cuatro plazas del Cuerpo de Catedráticos de Universidad, de las cuales dos son por turno libre y dos son por promoción interna.

Segundo.

Aprobar las bases que regirán este concurso, que figuran en el anexo 1 de esta resolución.

Tercero.

Aprobar la relación de plazas vacantes, así como los miembros que formarán parte de las Comisiones de Selección, que se especifican en los anexos 2 y 3 de esta resolución.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Las personas interesadas también podrán interponer potestativamente un recurso de reposición ante el rector en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Barcelona, 12 de julio de 2018.–El Rector, Jaume Casals Pons.

ANEXO 1
Bases del concurso de acceso para cuerpos docentes universitarios

1. Normas generales

Este concurso se regirá en todos los aspectos por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre; por los Estatutos de la Universitat Pompeu Fabra y por la restante normativa estatutaria de los funcionarios que sea de aplicación.

2. Requisitos de participación

2.1 Requisitos generales:

a) Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los estados los cuales, en virtud de tratados internacionales subscritos por la Unión Europea, y ratificados por el estado español, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas.

d) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones docentes.

2.2 Requisitos específicos:

2.2.1 Plazas de turno libre, que se relacionan en el anexo 2 de estas bases, deberá cumplirse una de las dos condiciones siguientes:

Hallarse acreditado para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad, según prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, o

Pertenecer al Cuerpo de Catedráticos de Universidad con una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el puesto.

2.2.2 Plazas de promoción interna, que se relacionan en el anexo 3 de estas bases.

2.2.2.1 De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.º del artículo 62 de la LOU, en la redacción dada por la disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, podrán presentarse a los concursos de las plazas comprendidas en la presente convocatoria quienes sean funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los organismos públicos de investigación. Los funcionarios que participen en esos concursos deberán estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad, y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el puesto.

2.3 Las personas aspirantes deben tener un nivel de catalán que asegure la competencia del profesorado para participar con adecuación y corrección a las situaciones comunicativas que requieren las tareas académicas, de manera que queden garantizados los derechos lingüísticos de los estudiantes, tal como prevé el decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento lingüístico del profesorado de las Universidades del sistema universitario de Catalunya. Debe acreditarse previamente al nombramiento de funcionario de la UPF o en un plazo de dos años posteriores a la fecha de toma de posesión.

2.4 Los requisitos señalados en la base segunda deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se formalizarán mediante el modelo de impreso que consta en la web de la Universitat Pompeu Fabra: http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi

3.2 Las solicitudes deberán presentarse en el Registro de la Universitat Pompeu Fabra, en cualquiera de sus sedes y en el horario que se especifica en la web de la Universitat: https://www.upf.edu/web/registre-general desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta el día 12 de septiembre del 2018.

También se puede presentar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que son los siguientes:

a) En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, o a la del resto de entidades que integran la Administración local siempre que hayan suscrito el Convenio oportuno.

b) En las oficinas de Correos, en la forma establecida por reglamento.

c) En las representaciones diplomáticas o las oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones legales vigentes.

3.3 Junto con la solicitud y dentro del plazo establecido en la base 3.2 los aspirantes deben adjuntar los documentos que acrediten cumplir los requisitos que señala la base 2.2.

3.4 Los documentos justificantes que se presenten en fotocopia deben ser compulsados por lo que deberán presentarse en el registro de la Universidad o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4.a) y b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los documentos originales y una fotocopia que se compulsará para el expediente de la convocatoria y se devolverán los originales a la persona interesada.

3.5 Las personas aspirantes deberán abonar la tasa de 69,25 euros en concepto de derechos, de acuerdo con lo establecido en el decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña.

El pago deberá efectuarse en cualquier oficina del Banco de Sabadell, mediante ingreso en Caja, o por transferencia electrónica, en la cuenta corriente número ES18 0081 0603 0400 0137 0247 «Universitat Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: PDI». Cuando el pago se efectúe por transferencia electrónica, es necesario que, como nombre del remitente conste el del propio aspirante, el cual debe adjuntar a la solicitud el resguardo de la imposición.

En ningún caso el pago a la entidad bancaria sustituirá el trámite de presentación de la solicitud en la Universidad en el plazo y en la forma correspondiente, de acuerdo con lo que establece esta base.

4. Admisión de aspirantes

4.1 El quinto día hábil después de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos con indicación de los motivos de exclusión y se indicará la fecha de publicación de la lista definitiva. Esta lista se publicará en la web de la Universidad http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi

4.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días a partir del día siguiente a la exposición de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder presentar en los mismos lugares que se indican en la base 3.2, las posibles reclamaciones o para enmendar los defectos de la solicitud, o para adjuntar la documentación requerida en la convocatoria.

En el caso que los aspirantes excluidos no realicen enmienda, dentro de este plazo, de los defectos a ellos imputables, o no adjunten la documentación preceptiva que haya motivado la exclusión, se archivará su solicitud sin ningún otro trámite.

No se procederá a la devolución de las tasas cuando la exclusión se produzca por causas imputables al interesado.

4.3 Según lo que dispone el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con la exposición de las resoluciones indicadas en la web de la Universidad se considerará realizada la oportuna notificación a los interesados y se iniciará el cómputo de los plazos a efectos de posibles reclamaciones o recursos.

4.4 Los errores materiales y de hecho se pueden enmendar en cualquier momento.

4.5 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía administrativa.

5. Comisión de selección

5.1 De conformidad con lo que establece el artículo 106 de los Estatutos de la Universitat Pompeu Fabra, la Comisión de selección es la que se indica en el anexo 2 y 3 de las bases de la convocatoria.

5.2 La comisión nombrada para juzgar el concurso se clasificará económicamente en la categoría primera establecida en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo.

5.3 Las normas de funcionamiento interno de la Comisión se ajustarán a lo que dispone la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del Régimen Jurídico y Procedimiento de las Administracions Públicas de Cataluña, sin perjuicio de la normas básicas establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4 A los efectos de comunicaciones y otras incidencias, el Tribunal tiene sede en la plaza de la Mercè, 12, 08002 Barcelona.

6. Constitución de la Comisión

6.1 La Comisión de Selección se constituirá en el plazo máximo de doce semanas desde la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Con las publicaciones de las listas provisionales o definitivas de admitidos y excluidos, se hará público en la web de la Universitat Pompeu Fabra el anuncio de la fecha de constitución de la Comisión de selección y la del acto de presentación de los candidatos:

http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi

Entre la fecha de este anuncio y el acto de presentación deberán transcurrir como mínimo quince días.

7. Proceso de selección

De acuerdo con lo que establece el artículo 108 de los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra, la Comisión de Selección valorará los méritos de los candidatos y su adecuación a las necesidades docentes y de investigación de la Universidad.

En los concursos quedarán garantizados, en todo momento, la igualdad de oportunidades de los candidatos, el respeto a los principios de méritos y capacidad y el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Así mismo, se deberá garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, para lo que se adoptarán las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.

7.1 Acto de constitución. En el acto de constitución, la Comisión fijará y hará públicos los criterios de valoración del concurso, antes del acto de presentación.

La Comisión deberá fijar los aspectos a evaluar que, como mínimo, deben ser:

– Historial académico e investigador.

– Proyecto docente.

– Proyecto de investigación.

– Capacidad para exposición y debate.

La Comisión también hará públicos:

– Los criterios de valoración de cada aspecto, así como la puntuación máxima de cada uno de ellos, en el caso que sea numérica.

– El criterio para superar el concurso.

7.2 Acto de presentación. En el acto de presentación, los candidatos entregarán a la Comisión:

– Cinco ejemplares de su currículum académico, docente, investigador y profesional.

– Cinco ejemplares del proyecto docente e investigador.

– Un ejemplar de sus publicaciones.

– Un ejemplar de los documentos acreditativos de los hechos que constan en el currículum.

Esta documentación puede presentarse en formato digital.

7.3 Prueba. La prueba consistirá en una exposición oral de los méritos del historial académico y de investigación, del proyecto docente e investigador y, en una explicación de un trabajo de investigación propio y original. Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de dos horas, seguidas de un debate con la Comisión por un tiempo máximo de una hora.

7.4 Valoración de la prueba. La Comisión valorará, de forma individual o colectiva cada uno de los aspectos fijados como criterios de valoración del concurso. En el caso de que la valoración sea numérica y se haya optado por efectuarla individualmente cada miembro de la Comisión, la valoración final de cada aspecto será la media aritmética de las valoraciones individuales.

La Comisión podrá mantener una entrevista con algún o algunos de los candidatos con el objetivo de resolver posibles dudas en la evaluación de algún aspecto.

8. Propuesta de provisión

8.1 La Comisión de Selección propondrá al rector, motivadamente, y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento, sin que pueda exceder el número de plazas convocadas. También puede proponer dejar vacante alguna de las plazas por el hecho de que no haya suficientes candidatos que hayan superado los requisitos mínimos. En ambos casos, la propuesta deberá especificar los resultados de la evaluación de todos los candidatos desglosada para cada uno de los aspectos evaluados.

8.2 La propuesta de provisión de la plaza convocada se hará pública en la web http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi

8.3 De acuerdo con el artículo 109 de los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra, contra la propuesta de la Comisión los candidatos pueden presentar reclamación ante el rector en el plazo de diez días a contar desde la publicación de la propuesta de la Comisión.

9. Resolución del concurso

9.1 La persona que sea propuesta para la provisión de la plaza deberá presentar en el Registro de la Universidad, en el plazo de veinte días a contar desde la fecha en que se hace pública la propuesta de provisión, los documentos siguientes:

a) Declaración de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que prevé la legislación vigente o ejercer, en el plazo de toma de posesión, la opción que prevé el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

b) Justificación del cumplimiento del requisito establecido en la base 2.3:

b.1 Los medios de acreditación de conocimientos de catalán establecidos en el artículo 5 del decreto 128/2010, de 14 de septiembre, son los siguientes:

b.1.1 El certificado de referencia de nivel de suficiencia de catalán (nivel C) de la Generalitat de Catalunya que establece la normativa vigente sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán.

b.1.2 Cualquiera de los títulos, diplomas y certificados que se consideren equivalentes al certificado de suficiencia de catalán de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con la normativa vigente.

b.1.3 Los certificados de suficiencia en lengua catalana, expedidos por la Universitat Pompeu Fabra, que se consideren equivalentes o de nivel superior al certificado de suficiencia de catalán de la Generalitat de Catalunya.

b.1.4 El certificado de conocimiento lingüístico docente que emitirá la Universidad y que se podrá obtener:

i. Asistiendo a una formación específica organizada por la Universidad y superándola; o

ii. Mediante una evaluación a cargo de la Universidad.

b.2 Las personas aspirantes que han realizado la acreditación en la enseñanza obligatoria, con la presentación de alguno de los títulos de la enseñanza reglada no universitaria que se consideren equivalentes al nivel de suficiencia de catalán, de acuerdo con la normativa vigente.

b.3 Las personas aspirantes que hayan participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección y acceso de profesorado para acceder a una Universidad en la que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior, mediante la presentación de la certificación que así lo acredite.

b.4 Compromiso de justificar el cumplimiento de este requisito establecido en la base 2.3 en el plazo de los dos años posteriores a la toma de posesión con cualquiera de las acreditaciones previstas en el punto b1.

9.2 El rector de la Universidad nombrará funcionario al aspirante propuesto que haya acreditado cumplir los requisitos de la base 2, para lo cual dispondrá de un plazo máximo de veinte días para tomar posesión de la plaza a partir del día siguiente de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

ANEXO 2
Plazas de turno libre

Ref: F1/18-1.

Plazas: 1.

Categoría: Catedrático o Catedrática de Universidad.

Departamento: Humanidades.

Área de Conocimiento: «Historia Moderna».

Perfil: Historia Moderna.

Titular

Nombre

Categoría

Universidad

Presidente.

Joaquim Albareda Salvado.

Catedrático de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Secretario.

Carlos Martínez Shaw.

Profesor emérito.

Universidad Nacional Educación Distancia

Vocal 1.

Immaculada Arias de Saavedra Alias.

Catedrático de Universidad.

Universidad de Granada.

Vocal 2.

Carmen Sanz Ayán.

Catedrática de Universidad.

Universidad Complutense de Madrid.

Vocal 3.

Miguel Ángel Bunes Ibarra.

Catedrático de Universidad.

CSIC.

Suplente

Nombre

Categoría

Universidad

Presidente.

Jose Maria Delgado Ribas.

Catedrático de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Secretario.

Luis Ribot Garcia.

Catedrático de Universidad.

Universitat de Valladolid.

Vocal 1.

Maria Àngels Pérez Samper.

Catedrático de Universidad.

Universitat de Barcelona.

Vocal 2.

Marion Reder Gadow.

Catedrático de Universidad.

Universidad de Granada.

Vocal 3.

Xavier Gil Puyol.

Investigador ICREA.

Universitat de Barcelona.

Ref: F1/18-2.

Plazas: 1.

Categoría: Catedrático o Catedrática de Universidad.

Departamento: Traducción y Ciencias del Lenguaje.

Perfil: Idioma Inglés y Adquisición del Lenguaje.

Titular

Nombre

Categoría

Universidad

Presidenta.

Jenny Elise Brumme.

Catedrática de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Secretario.

Enric Gallen Miret.

Catedrático de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Vocal 1.

Maria Victòria Cirlot Valenzuela.

Catedrática de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Vocal 2.

Rosa María Manchón Ruiz.

Catedrática de Universidad.

Universidad de Murcia.

Vocal 3.

Albert Costa Martínez.

Investigador ICREA.

Universitat Pompeu Fabra.

Suplente

Nombre

Categoría

Universidad

Presidente.

Alexandre Alsina Keith.

Catedrático de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Secretaria.

Pilar Prieto Vives.

Investigador ICREA.

Universitat Pompeu Fabra.

Vocal 1.

David Lasagabaster Herrarte.

Catedrático de Universidad.

Universidad del País Vasco.

Vocal 2.

Eva Alcón Soler.

Catedrática de Universidad.

Universitat Jaume I de Castelló.

Vocal 3.

Wolfram Hinzen.

Investigador ICREA.

Universitat Pompeu Fabra.

ANEXO 3
Plazas de promoción interna

Ref: F1/18-3.

Plazas: 1.

Categoría: Catedrático o Catedrática de Universidad.

Departamento Derecho.

Perfil: Derecho Administrativo.

Titular

Nombre

Categoría

Universidad

Presidente.

Enric Argullol Murgadas.

Profesor emérito.

Universitat Pompeu Fabra.

Secretario.

Tomàs Font Llovet.

Catedrático de Universidad.

Universitat de Barcelona.

Vocal 1.

Luis Martín Rebollo.

Catedrático de Universidad.

Universidad de Cantàbria.

Vocal 2.

Francisco López Menudo.

Profesor emérito.

Universidad de Sevilla.

Vocal 3.

Diana-Urania Galetta.

Profesora.

Universitat de Milà.

Suplente

Nombre

Categoría

Universidad

Presidente.

Joaquín Tornos Mas.

Catedrático de Universidad.

Universitat de Barcelona.

Secretario.

Joaquim Ferret Jacas.

Profesor emérito.

Universitat Autònoma de Barcelona.

Vocal 1.

Alejandro Huergo Lora.

Catedrático de Universidad.

Universidad de Oviedo.

Vocal 2.

Concepción Barrero Rodríguez.

Catedrático de Universidad.

Universidad de Sevilla.

Vocal 3.

Elisenda Malaret García.

Catedrático de Universidad.

Universitat de Barcelona.

Ref: F1/18-4.

Plazas: 1.

Categoría: Catedrático o Catedrática de Universidad.

Departamento Derecho.

Perfil: Derecho Penal.

Titular

Nombre

Categoría

Universidad

Presidente.

Enrique Gimbernat Ordeig.

Profesor emérito.

Universidad Complutense de Madrid.

Secretario.

Jesús Maria Silva Sánchez.

Catedrático de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Vocal 1.

Carlos Martínez-Buján Pérez.

Catedrático de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Vocal 2.

Ángel José Sanz Morán.

Catedrático de Universidad.

Universidad de la Coruña.

Vocal 3.

Mercedes Pérez Manzano.

Catedrática de Universidad.

Universidad Autónoma de Madrid.

Suplente

Nombre

Categoría

Universidad

Presidente.

Santiago Mir Puig.

Catedrático de Universidad.

Universitat de Barcelona.

Secretario.

Ramon Ragués Vallés.

Catedrático de Universidad.

Universitat Pompeu Fabra.

Vocal 1.

Luis Gracia Martín.

Catedrático de Universidad.

Universidad de Zaragoza.

Vocal 2.

Enrique Peñaranda Ramón.

Catedrático de Universidad.

Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal 3.

M. Luisa C. Corcoy Bidasolo.

Catedrática de Universidad.

Universitat de Barcelona.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/07/2018
  • Fecha de publicación: 25/07/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 196 de 14 de agosto de 2018 (Ref. BOE-A-2018-11558).

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