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Documento BOE-A-2018-1076

Resolución de 17 de enero de 2018, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la modificación del Convenio interadministrativo con el Ayuntamiento de A Cañiza, para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras de ampliación del Paseo Fluvial de O Regueiro en A Cañiza (Pontevedra).

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 26 de enero de 2018, páginas 10661 a 10663 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2018-1076

TEXTO ORIGINAL

La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de A Cañiza han suscrito, con fecha 29 de diciembre de 2017, una Modificación del convenio interadministrativo para la financiación, ejecución y entrega para mantenimiento y conservación de las obras de ampliación del paseo fluvial de O Regueiro en A Cañiza (Pontevedra), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Ourense, 17 de enero de 2018.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Francisco Marín Muñoz.

ANEXO
Modificación del convenio interadministrativo entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, y el Ayuntamiento de A Cañiza, para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de la obras de ampliación del Paseo Fluvial de O Regueiro en A Cañiza (Pontevedra).

En Ourense, a 29 de diciembre de 2017.

REUNIDOS

Por una parte, Francisco Marín Muñoz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, nombrado por Resolución del Secretario de Estado de Medio Ambiente, de 20 de julio de 2012, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra, Miguel Adolfo Domínguez Alfonso, Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de A Cañiza, nombrado en pleno extraordinario el 13 de junio de 2015, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 27 de marzo de 2017 se otorgó Convenio interadministrativo entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y el Ayuntamiento de A Cañiza para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de la obras de ampliación del paseo fluvial de O Regueiro en A Cañiza (Pontevedra).

II. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda, las posibles modificaciones del convenio, acordadas de forma unánime por los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

III. Que en la cláusula quinta se establecía que la actuación objeto del Convenio se presupuestaba únicamente para la anualidad 2017. No obstante la distribución de anualidades podría modificarse si resultara necesario incrementar el número de aquellas, para acomodar la financiación a la ejecución de las actuaciones, previo reajuste de las mismas.

IV. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar estas para la buena marcha y ejecución del Convenio.

V. Que en informes preceptivos emitidos en proyectos de convenios tramitados con posterioridad al presente, se ha puesto de manifiesto a este Organismo de cuenca la recomendación de que conste una fecha concreta de final de vigencia del convenio.

VI. Que, por lo anteriormente expuesto, es necesario modificar tanto la cláusula quinta del Convenio en cuestión, en lo referido al número de anualidades y la distribución de las aportaciones dinerarias que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A. ha de realizar para acomodar éstas a las nuevas necesidades y al ritmo de ejecución de las actuaciones, como el apartado segundo de la cláusula segunda en cuanto a la vigencia del convenio.

VII. Que la modificación de anualidades se efectúa respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, financiadas íntegramente por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo y no supone incremento del importe total establecido.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de la Cláusula segunda: duración, modificación y resolución del convenio.

Se modifica el apartado primero de la cláusula segunda que queda redactado del siguiente modo:

«1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órgano e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el “Boletín Oficial del Estado”.

Su vigencia concluirá el 31 de diciembre de 2019, salvo que en esa fecha no hayan finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se haya procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, en cuyo caso los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.»

Segunda. Modificación de la cláusula Quinta: Anualidades y aportaciones.

Se modifica la cláusula quinta que queda redactada del siguiente modo:

«La actuación objeto del presente Convenio se presupuesta en las anualidades 2017 y 2018. No obstante, la distribución de anualidades podrá modificarse si resultara necesario incrementar el número de aquellas, para acomodar la financiación a la ejecución de las actuaciones, previo reajuste de las mismas.

A la vista de lo anterior, las aportaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil quedan establecidas en los siguientes importes:

Año

CHMS

2017

3.769,15 €

2018

81.230,85 €

Total

85.000,00 €»

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha arriba indicados.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., Francisco Marín Muñoz.–El Alcalde del Ayuntamiento de A Cañiza, Miguel Alonso Domínguez Alfonso.

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