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Documento BOE-A-2018-12344

Resolución de 28 de junio de 2018, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Asociación Amica, para el impulso y desarrollo del proyecto Campus Diversia.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 10 de septiembre de 2018, páginas 87927 a 87932 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2018-12344

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación AMICA han suscrito, con fecha 19 de junio de 2018, un Convenio para el impulso y desarrollo del proyecto Campus Diversia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de junio de 2018.–La Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, María Pilar Díaz López.

ANEXO
Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Asociación AMICA (para el impulso y desarrollo del proyecto Campus Diversia)

En Madrid, a 19 de junio de 2018.

REUNIDOS

De una parte, doña María Pilar Díaz López, Secretaria de Estado de Servicios Sociales nombrada por Real Decreto 405/2018, de 8 de junio («BOE» n.º 140, del 9 ), en calidad de Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamento Ministeriales y la disposición transitoria única de Subsistencia de estructuras vigentes, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2. del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, doña Mercedes del Hoyo Vielva, con documento nacional de identidad número 13770689Z, Presidenta de la Asociación Amica (en adelante Amica) con CIF G 39041710 y domicilio social en la Sierrapando, 508 (Torrelavega, Cantabria), nombrada en Asamblea de la Asociación el 25 de abril de 2016, con facultad para suscribir el convenio en virtud de la escritura de poder otorgada en fecha 6 de junio de 2013 ante notario don Julio Ramos González, con el número 1378 de su protocolo y domiciliada en Sierrapando, 508, 39300 Torrelavega (Cantabria).

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que Amica es una iniciativa social cuya misión es descubrir las capacidades que hay en cada persona, apoyándole en las limitaciones, la autonomía, el ejercicio de derechos y la participación con responsabilidades en la comunidad, para que logre ser la protagonista de su vida y del cambio social necesario.

Que Amica tiene como fines primordiales entre otros:

a) Promover el desarrollo integral, la autonomía e independencia, la igualdad de oportunidades y derechos, para evitar cualquier situación de discriminación o exclusión social. Aportando los apoyos, que respondan a las necesidades y demandas individuales.

b) Contribuir a la prevención de las discapacidades, a la valoración de las capacidades de cada persona y a la orientación y apoyo a las limitaciones, desde los primeros meses de vida.

c) Prestar apoyos a través de servicios de atención social, valoración y seguimiento multidisciplinar, atención a la infancia, atención de día, alojamiento, formación, empleo, ocio, deporte y acceso a la cultura, rehabilitación, apoyo personal y en el hogar. Así como programas de promoción de vida independiente, de participación social y cualquier otro que redunde en una mejor calidad de vida.

d) Potenciar el que las personas cuenten con entornos accesibles, a través de la intervención en diversas áreas como la protección del medio ambiente, el fomento del ocio, del deporte y la cultura, la eliminación de barreras sociales, físicas, de información, de comunicación y en cualquier otra que sea necesario, promoviendo el ejercicio de derechos.

e) Sensibilizar a la familia y a la sociedad en general, para avanzar en el respeto de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad.

f) Resaltar las capacidades que cada persona tiene más allá de las limitaciones, promoviendo las aportaciones que puede hacer a la sociedad.

g) Desarrollar acciones específicas que favorezcan el desarrollo personal y la participación social de la infancia, juventud, edad adulta, y mayores, mujeres con discapacidad y en general situaciones de desventaja que limitan el aprovechamiento de los recursos ordinarios.

h) Apoyar iniciativas que favorezcan la visibilidad de la discapacidad en los países empobrecidos, a través de la participación en programas de cooperación al desarrollo, establecimiento de convenios con entidades y organismos internacionales y en los propios países de actuación, apoyo técnico y cuantas actuaciones favorezcan la consecución de la igualdad de derechos de las personas con discapacidad en estos países.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y Amica reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la integración social de las personas con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de esta personas.

Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y Amica para trabajar conjuntamente en la puesta marcha y desarrollo del Campus Diversia, impulsando las actividades de gestión del conocimiento, la innovación, el intercambio de buenas prácticas y la investigación en capacidades de las personas, que se desarrollarán a lo largo del año 2018.

Que el Proyecto del Campus Diversia, pretende ser una referencia en Inclusión Social, Empleo y Educación Medioambiental, a desarrollar en la Finca Mijares, situada en Yátova (Valencia).

El proyecto Campus Diversia aspira a convertirse en un recurso sociolaboral y socioambiental de referencia tanto para las entidades sociales, potenciando en las instituciones y las familias la participación e inclusión social, el desarrollo comunitario, la autonomía de las personas más vulnerables y excluidas, y el pleno ejercicio de sus derechos.

Áreas de trabajo:

∙ Formación laboral y empleo medioambiental.

∙ Actividades juveniles y sociales.

∙ Referencia para actividades de entidades sociales.

∙ Naturaleza, granja escuela y área de interpretación.

∙ Turismo rural y ocio familiar.

∙ Investigación.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

∙ Su colaboración en actividades de formación, asistencia técnica, investigación mediante iniciativas que permitan progresar en el desarrollo del Proyecto Campus Diversia, así como en la difusión del conocimiento. Entre estas actividades podrán preverse, entre otras, la realización de cursos, estudios, desplazamientos de expertos, visitas técnicas, celebración de seminarios, simposiums y coloquios internacionales, la realización de ediciones conjuntas, etc.

∙ Su apoyo al proyecto «Hacer visible la discapacidad en el mundo» que se enmarcará en el proyectoA Campus Diversia y colaboración en su impulso. En especial en lo referente a la formación de profesionales y la metodología para la implementación de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF).

∙ Apoyo para la presentación del Proyecto Campus Diversia a Programas Autonómicos, Nacionales y Europeos para la obtención de fondos económicos que permitan el desarrollo de las distintas acciones contempladas en él.

∙ Coordinación técnica entre los equipos profesionales de ambas instituciones para dar a conocer el proyecto del Campus Diversia y valorar acciones conjuntas innovadoras y de investigación que faciliten la inclusión social de personas con discapacidad y/o en situación de exclusión social.

∙ Contar para el desarrollo de proyectos y actividades del Real Patronato con las instalaciones de que dispone Amica en la finca Mijares.

Tercera. Compromisos de Amica.

Amica se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

∙ Poner a disposición su experiencia y conocimiento en el desarrollo de programas de gestión e intercambio de conocimientos, tanto en la filosofía y metodología de apoyos a las personas en su entorno como en organización y gestión de esos apoyos.

∙ Poner a disposición sus instalaciones y medios materiales para realizar actividades de intercambio, investigación y gestión del conocimiento, especialmente la Finca Mijares, sede del proyecto Campus Diversia.

∙ La participación de sus cuadros directivos y técnicos.

∙ Cualquier otra aportación en especie que se valore conjuntamente de interés para el impulso del proyecto.

Cuarta. Aportación económica.

La suscripción del presente Convenio no implica la aportación de recursos económicos por ninguna de las partes.

Quinta. Ausencia de Relación Laboral.

La relación del personal de Amica con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo, los dos representantes de Amica serán nombrados por la comisión ejecutiva de su Junta Directiva.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección Tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión Mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión Mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Novena. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal se informa a la representante de Amica de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales y convenios y de agenda de contactos. Se informa asimismo que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Décima. Plazo de vigencia y efectos.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta el 31 de diciembre de 2018. No procede la prórroga del convenio.

Undécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, serán que podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

No obstante, si causara prejuicios se podrá acordar una posible indemnización y a consecuencia se interrumpirán las actividades del convenio.

Duodécima. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio. Amica dispone de seguro de responsabilidad civil.

Decimotercera. Resolución de controversias y jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI, Título Preliminar de la citada Ley

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Secretaria General del Real Patronato sobre Discapacidad, doña María Pilar Díaz López.–Por la Presidenta de la Asociación AMICA, doña Mercedes del Hoyo Vielva.

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