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Documento BOE-A-2018-12455

Resolución de 30 de agosto de 2018, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio marco con la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y el Ayuntamiento de Santander, para la implantación de un Centro Asociado al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la antigua sede del Banco de España en Santander.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 12 de septiembre de 2018, páginas 88478 a 88484 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-12455

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y Deporte, la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Ayuntamiento de Santander han suscrito, con fecha de 25 de julio de 2018, un Convenio Marco para la implantación de un Centro Asociado al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la antigua sede del Banco de España en Santander, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 30 de agosto de 2018.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO
Convenio marco entre el Ministerio de Cultura y Deporte, la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Ayuntamiento de Santander para la implantación de un centro asociado al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la antigua sede del Banco de España en Santander

En Santander, a 25 de julio de 2018.

REUNIDOS

Don José Guirao Cabrera, Ministro de Cultura y Deporte del Gobierno de España, nombrado por Real Decreto 418/2018, de 13 de junio, actuando en virtud de lo previsto en el artículo 30.1.h) 2.º c) de la Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, sobre delegación de competencias, atendiendo al especial interés del proyecto.

Don Javier García Fernández, Subsecretario de Cultura y Deporte nombrado por Real Decreto 674/2018, de 22 de junio, quien interviene como Presidente del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, conforme al artículo 1.5.d) del Real Decreto 817/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, y del artículo 4.2.d) del Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, de Regulación del Organismo Autónomo.

Don Manuel Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (el MNCARS), Organismo Público dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, actuando en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Doña Gema Igual Ortiz, Alcaldesa del Ayuntamiento de Santander, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Santander en el ejercicio de su cargo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 41.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

EXPONEN

I. Que, con fecha 18 de febrero de 2016, se firmó un Convenio de Colaboración entre el Archivo Lafuente, D. José María Lafuente y el MNCARS según el cual se acordaban los siguientes compromisos (i) constitución de un derecho de uso a título gratuito de los fondos del Archivo Lafuente, con (ii) un compromiso de no enajenación a terceros de los fondos durante el período de vigencia del Convenio, y (iii) una voluntad por parte del MNCARS, en el ámbito de sus competencias, de impulsar el establecimiento de una sede asociada del MNCARS en Santander, en el edificio de la antigua sede del Banco de España, al que durante la vigencia del Convenio se trasladarán en préstamo los fondos del Archivo Lafuente, previo cumplimiento de los oportunos trámites administrativos, patrimoniales y presupuestarios.

II. Que la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, es el Propietario del edificio de la antigua sede del Banco de España en Santander. Se trata de una finca urbana situada en Santander, entre la Avenida de Alfonso XIII y calle de la Naos, Salvador Hedilla y Somorrostro, hoy calle Alfonso XIII, señalado con el número cuatro. El solar mide una extensión superficial de mil ochocientos setenta y nueve metros cuadrados con dieciséis decímetros cuadrados; y deduciendo de ellos los seis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados, ocupados por los chaflanes de los cuatro vértices queda una superficie útil para la edificación de mil ochocientos setenta y dos metros cuadrados con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Sobre dicho solar y ocupando parte de su superficie se halla construido edificio destinado a Sucursal del Banco de España en Santander, que tiene la configuración de un cuadrilátero regular, construido con piedra de sillería y cemento, con cuatro fachadas. Consta de sótano, planta baja destinada a las oficinas del Banco de España, piso principal para vivienda de los señores Director y Cajero de aquella entidad y primero para vivienda de portero y ordenanza y terraza. Ocupa una superficie de ochocientos diez metros cuadrados, tiene su entrada por la Avenida de Alfonso XIII.

III. Que mediante Orden Ministerial de 29 de mayo de 2013, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, previo informe preceptivo de la Abogacía del Estado, acordó la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Cantabria del inmueble descrito antigua sede del «Banco de España», con destino a sede del Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria, Instituto de Investigación de Prehistoria de Cantabria y Centro de Investigación de categoría n.º 2 de Arte Rupestre de la Unesco.

El Consejo de Gobierno de Cantabria, mediante Decreto 42/2013, de 27 de junio (Boletín Oficial de Cantabria n.º 129, del día 8 de julio de 2013) aprobó la adquisición por vía de donación a favor de la Comunidad Autónoma de Cantabria del citado inmueble situado en la c/ Alfonso XIII n.º 4 de Santander, con destino a fines culturales y museísticos.

La cesión se formalizó en documento administrativo expedido en Santander el día 9 de julio de 2013, por lo que, actualmente, dicho edificio figura inscrito a nombre de la Comunidad Autónoma de Cantabria Registro de la Propiedad n.º 1 de Santander finca registral 11990, inscripción 2.ª, al tomo 2.744, Libro 170, Folio 134. Referencia catastral 4925701VP3142F0001ZP con una superficie de suelo de 1.895 m2 y construida de 3.469 m2.

El inmueble se destinaba exclusivamente al fin anteriormente descrito, y quedaba sujeto de modo permanente a dicha condición siendo, por tanto, intransmisible de conformidad con lo previsto en los artículos 145 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Igualmente, se establecía que si el bien no fuera dedicado de forma permanente al uso previsto o se incumplieran las condiciones establecidas en la citada Orden, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Administración General del Estado, integrándose en su Patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones sin derecho a indemnización.

IV. Que según han tenido conocimiento las partes, el Gobierno de Cantabria, a través de su Consejería de Educación, Cultura y Deporte, ha resuelto dotar de nueva ubicación al proyecto de construcción de la nueva sede del Museo de la Prehistoria y Arte Contemporáneo de Cantabria (MUPAC), que inicialmente pensó en desarrollarse en el citado inmueble.

V. Que el Plan General de Ordenación Urbana (en adelante, PGOU) de Santander prevé el uso del inmueble citado en el expositivo precedente como equipamiento en determinados términos de usos compatibles y grado de protección, figurando concretamente como Equipamiento Público con la tipificación 5.35 «Banco de España», asignándose al edificio un nivel de protección Integral por su valor arquitectónico, con el número 1.1 dentro del Catálogo de Elementos Protegidos.

VI. Que tanto el Ayuntamiento de Santander como el resto de partes firmantes consideran estratégica la promoción y el desarrollo del denominado «ANILLO CULTURAL» en el centro de Santander, como motor del cambio del modelo productivo de la ciudad y en su condición de capital de la Comunidad Autónoma de Cantabria. A tal efecto, la presencia de una institución de proyección internacional como el MNCARS, a través de la aportación de sus fondos museísticos y propuestas expositivas, así como, por medio de la prestación de su asesoramiento y experiencia para el desarrollo de la programación cultural de un nuevo espacio que albergue esas colecciones, constituye un elemento esencial para el impulso y consolidación de la referida iniciativa municipal.

VII. Que, por todo ello, es voluntad de todas las partes la implantación de un centro asociado al MNCARS en el antiguo inmueble del Banco de España en Santander, referido en los expositivos II a V, en la que también se disponga el Archivo Lafuente en los términos expresados en el citado Convenio de 18 de febrero de 2016. A tal efecto, tras la finalización o reversión de la cesión de dicho inmueble a favor del Gobierno de Cantabria, y una vez esté acondicionado el centro asociado del MNCARS – Archivo Lafuente en el antiguo edificio del Banco de España en Santander, las partes firmantes suscribirán el pertinente acuerdo con el Archivo Lafuente en el que se recojan los aspectos relativos a la instalación, funcionamiento y mantenimiento de la nueva sede asociada, incluida la adopción de las medidas de carácter económico y administrativo que garanticen el adecuado depósito, conservación y restauración de los fondos del citado Archivo.

VIII. Que la inversión estimada para poder llevar a cabo la implantación del centro asociado al MNCARS se cifra en la cantidad de diez millones de euros (10.000.000 €).

De conformidad con lo anterior, las Partes suscriben el presente Convenio Marco en los términos que se detallan en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio y condiciones para su desarrollo.

Todas las partes firmantes se comprometen, en el ámbito de sus competencias y posibilidades, a impulsar la implantación de un centro asociado al MNCARS –Archivo Lafuente en la antigua sede del Banco de España en Santander, destinado a la exposición, conservación y puesta a disposición del público y de los investigadores del Archivo Lafuente, así como a la implantación en dicho inmueble de un espacio destinado al arte contemporáneo, nutrido, de manera especial, con las propuestas expositivas y los propios fondos museísticos del MNCARS así como con los fondos del citado Archivo (en adelante denominado de manera general, el Proyecto).

Cualquier otro planteamiento artístico o conceptual del inmueble requerirá el previo consentimiento expreso del MNCARS, en aras a conservar la misión del centro asociado a la marca MNCARS y evitar así riesgos reputacionales que pudieran afectar también al resto de las partes.

El citado centro, cuya creación deberá contar con la aprobación del Gobierno regional, en los términos fijados en la Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria, tendrá la consideración de museo de titularidad y gestión municipal, siendo responsable el Ayuntamiento de Santander de su funcionamiento y financiación, sin perjuicio de que el MNCARS participe como centro asociado, en los términos y con el alcance previsto en el presente y los que puedan suscribirse en desarrollo del mismo.

El desarrollo del Proyecto estará condicionado a que, previamente y con carácter formal, finalice o revierta la cesión de la antigua sede del Banco de España al Gobierno de Cantabria, otorgada por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de 29 de mayo de 2013, con destino a sede del Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria, Instituto de Investigación de Prehistoria de Cantabria y Centro de Investigación de categoría n.º 2 de Arte Rupestre de la Unesco. Igualmente estará supeditado a la cesión gratuita de la antigua sede del Banco de España al ayuntamiento de Santander durante un plazo mínimo de 30 años para destinarlo a sede del centro asociado al MNCARS-Archivo Lafuente o a otros usos museísticos o de carácter cultural

Segunda. Compromisos del Ayuntamiento de Santander.

2.1 Facilitar y promover el desarrollo íntegro del contenido de este Convenio Marco, aceptando la cesión del inmueble y suscribiendo con las partes firmantes, o con terceros, los correspondientes convenios de desarrollo o colaboración que procedan.

2.2 Promover, impulsar y facilitar, en el ámbito de sus competencias, la modificación del PGOU de Santander que faculte el cambio de uso necesario para albergar el centro asociado MNCARS – Archivo Lafuente y la materialización de las obras que se hagan necesarias para el desarrollo completo del Proyecto.

2.3 Licitar y contratar la redacción del Proyecto Museográfico, a partir del Programa o Estudio de necesidades desarrollado por el MNCARS y la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura. Previamente, y sobre la base de dicho Programa o Estudio de Necesidades, el Ayuntamiento contratará la redacción de un Proyecto arquitectónico que aborde específicamente las tareas de restauración y remodelación de la antigua sede del Banco de España, con el fin de adaptarlo a las necesidades de uso cumpliendo con la normativa de edificación vigente.

2.4 Licitar y contratar los diferentes estudios, anteproyectos, proyectos técnicos y, en general, cualquier trabajo de índole técnico necesario para la consecución de los objetivos del presente Convenio; basados en el Proyecto Museológico elaborado por el Ayuntamiento de Santander con el asesoramiento y la supervisión del MNCARS y en el Proyecto Museográfico elaborado conforme a lo previsto en el apartado precedente.

2.5 Licitar y contratar las obras que se deriven de los proyectos técnicos.

2.6 Financiar tanto los trabajos técnicos como las obras con cargo al presupuesto municipal, de acuerdo con la estimación inicial que se fija en el apartado VIII de la parte expositiva de este Convenio. Dicha inversión resultará minorada en caso de que se produzcan aportaciones de patrocinadores privados o inversiones privadas en concepto de mecenazgo, o por la obtención de cualquier tipo de subvención o ayuda de entidades públicas.

2.7 Asimismo, una vez finalizadas todas las labores conducentes a la implantación de la sede asociada del MNCARS, el Ayuntamiento de Santander se compromete a gestionar dicho equipamiento, adoptando las medidas necesarias para garantizar la adecuada instalación, funcionamiento y mantenimiento del centro asociado al MNCARS y las exposiciones temporales que en él se organicen, incluidos los gastos de personal, corrientes, de vigilancia y cualquier otra medida de carácter económico-administrativo que garantice el adecuado depósito, conservación y restauración de los fondos.

Dichas medias se detallarán en un posterior Convenio de desarrollo, sin perjuicio de que en lo relativo a los fondos del Archivo Lafuente, será igualmente de aplicación la Cláusula Quinta del Convenio suscrito por el 18 de febrero de 2016 entre el Archivo Lafuente, D. José María Lafuente y el MNCARS.

Tercera. Compromisos del MNCARS.

3.1 Facilitar el Programa o Estudio de Necesidades mencionado en la Cláusula Segunda, apartado 3, elaborado con la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, para que la antigua sede del Banco de España albergue el centro asociado del MNCARS y que servirá de base para la redacción, contratación y licitación de los trabajos y proyectos técnicos correspondientes (Proyecto Arquitectónico, Proyecto Museográfico, etc).

3.2 Asesorar y supervisar, junto con el Archivo Lafuente, la redacción del Proyecto Museográfico, que será contratado por el Ayuntamiento de Santander conforme a lo previsto en la Cláusula Segunda, apartado 3.

3.3 Supervisar y comprobar que el espacio artístico del centro asociado MNCARS – Archivo Lafuente, una vez equipado por el Ayuntamiento de Santander conforme a lo previsto en la Cláusula precedente, cuenta con el acondicionamiento adecuado, desde el punto de vista de la seguridad y la conservación, para permitir el préstamo de obras del MNCARS.

3.4 Proponer el programa de exposiciones temporales del nuevo espacio expositivo y colaborar en las mismas, con sujeción a la disponibilidad presupuestaria del organismo, mediante futuros convenios de préstamo de obras de su colección –conforme al procedimiento requerido por la normativa reguladora del MNCARS–, y a través del asesoramiento en la selección de las propuestas expositivas para esas muestras temporales.

El programa artístico y todas las propuestas expositivas a exhibir en el centro asociado requerirán la previa aprobación de la Dirección del MNCARS.

3.5 Albergar el Archivo Lafuente en las condiciones convenidas en el Convenio de 18 de febrero de 2016, destinándolo de manera especial a su exposición y explotación con fines de investigación.

3.6 Aportar al Proyecto el planteamiento conceptual y técnico de todas las exposiciones que el espacio acoja, asesorando y prestando su conocimiento técnico y experiencia al desarrollo de la programación cultural del centro.

Cuarta. Compromisos del Ministerio de Cultura y Deporte.

4.1 Facilitar y promover el desarrollo íntegro del contenido de este Convenio Marco, suscribiendo con las partes firmantes, o con terceros, los correspondientes convenios de desarrollo o colaboración que procedan.

4.2 Impulsar y aprobar, en el ámbito de sus competencias, la extinción del título actual de cesión de uso del antiguo inmueble del Banco de España en Santander, a favor del Gobierno de Cantabria, en los términos que faculten la consecución de los objetivos de este Convenio.

4.3 Facilitar, a través del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, el Programa o Estudio de Necesidades mencionado en la Cláusula Segunda, apartado 3.

4.4 Prestar el apoyo técnico necesario para la contratación de la redacción de los proyectos básicos y de ejecución, tanto de las obras a realizar como de la museografía del nuevo espacio.

Quinta. Compromisos del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.

5.1 Elaborar, en colaboración con el MNCARS, el programa o Estudio de necesidades para que la antigua sede del Banco de España albergue en condiciones adecuadas de conservación los fondos del Archivo Lafuente, así como el desarrollo de un programa de exposiciones temporales programadas, diseñadas y supervisadas por el MNCARS. Dicho Estudio de necesidades servirá de base para la redacción, contratación y licitación de los trabajos y proyectos técnicos correspondientes (Proyecto Arquitectónico, Proyecto museográfico, etc.).

5.2 Prestar el apoyo técnico necesario para la contratación de la redacción de los proyectos básicos y de ejecución, tanto de las obras a realizar como de la museografía del nuevo espacio.

Sexta. Promoción.

La promoción del Proyecto objeto del presente convenio se realizará conjuntamente por todas las partes firmantes del mismo. Por ello, todos los actos promocionales (a título enunciativo pero no limitativo: ruedas y/o notas de prensa, material divulgativo, inserciones en medios, etc.) que se realicen serán acordados expresamente por escrito y de forma conjunta entre las partes intervinientes, concretándose las fechas, lugares y contenidos de cada elemento de difusión.

Séptima. Comisión Mixta de Seguimiento.

Las partes acuerdan la constitución de una Comisión Mixta de Seguimiento a la que corresponderá de manera especial, coordinar y supervisar el desarrollo de la programación expositiva del Centro, así como velar por el correcto desarrollo de lo acordado y la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que del presente Convenio pudieran derivarse. La Comisión estará constituida por:

(i) Un representante del Ministerio de Cultura y Deporte.

(ii) Un representante del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.

(iii) Un representante del MNCARS.

(iv) Un representante del Ayuntamiento de Santander.

Los representantes de cada entidad serán designados por los responsables que en cada caso ostenten competencia al efecto.

La Comisión se reunirá con carácter ordinario una vez cada trimestre, y con carácter extraordinario cuando lo solicite cualquiera de las partes.

La Comisión será presidida por el representante del Ministerio de Cultura y Deporte del Gobierno de España, y actuará como secretario el representante del Ayuntamiento de Santander.

El presidente de la Comisión convocará las reuniones ordinarias con una antelación mínima de quince días. En las extraordinarias que se soliciten con carácter de urgencia dicha antelación podrá reducirse a cinco días.

La Comisión se ajustará en su funcionamiento a las disposiciones de la Sección 3ª del Capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a las normas de funcionamiento que se acuerden en el seno de la propia Comisión.

Octava. Vigencia y causas de extinción.

8.1 El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

8.2 El presente Convenio estará en vigor durante un plazo de cuatro (4) años. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015

8.3 El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo mutuo entre las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los daños y perjuicios causados, cuya valoración tomará como base el criterio de los gastos asumidos hasta ese momento por la parte perjudicada. En todo caso, y sin perjuicio de lo señalado en la Cláusula Primera en relación con los efectos producidos sobre la cesión del inmueble, las partes no estarán obligadas a resarcimiento alguno entre ellas en el supuesto de que, finalizado el plazo del compromiso de no enajenación a terceros de los fondos del Archivo Lafuente, dichos fondos no pudieran ser adquiridos por el MNCARS.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Novena. Modificación del convenio.

El presente Convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con su objeto y contenido. Cualquier modificación del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Jurisdicción.

En el caso de que surja alguna controversia en la interpretación o aplicación de este Convenio, las partes acuerdan resolverlas mediante negociación amistosa en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en la Cláusula Séptima.

En defecto de acuerdo amistoso, las cuestiones litigiosas serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Duodécima. Aseguramiento.

12.1 El Ayuntamiento de Santander, como entidad gestora del espacio, se hará cargo de los seguros del edificio, la Responsabilidad Civil y los fondos que albergue el centro asociado al MNCARS-Archivo Lafuente, tanto aquellos que custodie y exhiba de forma permanente, como de las colecciones y exposiciones temporales programadas por el MNCARS.

12.2 En lo relativo a los fondos del Archivo Lafuente, será de aplicación la Cláusula Quinta del Convenio suscrito por las partes en Madrid, a 18 de febrero de 2016.

Decimotercera. Régimen jurídico.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En defecto de previsión en este Convenio, se atenderá asimismo a lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 16/1985, de 26 de junio, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil; Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos; Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria; y Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.

Y, en prueba de conformidad de todo lo que antecede, suscriben y firman el presente Convenio, por cuatriplicado, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.–El Ministro de Cultura y Deporte, José Guirao Cabrera.–El Presidente de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, Javier García Fernández.–La Alcaldesa de Santander, Gema Igual Ortiz.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

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